Comodoro Rivadavia

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Condenan a Gustavo Servera a prisión perpetua

Despublicado

Veredicto de pena en juicio por el femicidio de Soledad Arrieta

En horas del mediodía del presente viernes el tribunal colegiado dispuso por unanimidad condenar a prisión perpetua a Gustavo Servera luego de concluida la audiencia de cesura de pena y el debate en el cual fue declarado penalmente responsable del delito de “homicidio doblemente agravado por el vínculo y por ser cometido por un hombre contra una mujer, mediando violencia de género”. Asimismo dispusieron mantener la prisión preventiva que pesa sobre Servera hasta que la sentencia quede firme.

El tribunal de debate fue presidido por Martín Cosmaro e integrado por los jueces Mariel Suárez y Jorge Novarino- éste último por videoconferencia desde la localidad de Sarmiento; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por Carolina Cruz y Elizabeth Yapura, abogadas de confianza del mismo. Asimismo se encontraban en la sala presentes familiares de la víctima asistidos por profesionales del SAVD, como también público en general.

Los jueces recordaron que en la pasada audiencia de cesura la fiscal solicitó  se le aplique a Servera la pena de prisión perpetua, en tanto que la defensa planteó la inconstitucionalidad de la prisión perpetua y requirió su absolución por el beneficio de la duda.

La Corte Suprema de Justicia Nacional ya ha establecido en fallos que la declaración de inconstitucionalidad de una norma es un acto de suma gravedad Institucional. “Los jueces no podemos suplir al legislador, las leyes gozan de una presunción de legitimidad”, argumentaron los jueces. Asimismo la Ley de Ejecución penal establece plazos para la salida anticipada, cumpliendo requisitos como el temporal y ello no convierte en degradante, cruel o inhumana la pena a prisión perpetua. Así las penas fijas no colisionan con los mandatos Constitucionales.

Finalmente con base a estos argumentos por unanimidad el tribunal falló condenar a Gustavo Servera a la pena de prisión perpetua por haber sido declarado autor penalmente responsable del delito de “homicidio doblemente agravado por el vínculo y por ser cometido por un hombre contra una mujer, mediando violencia de género”. En igual sentido dispusieron mantener la prisión preventiva que pesa sobre Servera hasta que la sentencia pase en calidad de cosa juzgada.

El femicidio de Soledad Arrieta:

El ilícito contra la vida ventilado en el debate aconteció el pasado 5 de febrero de 2018, en el horario comprendido aproximadamente entre las 01.30 y las 02.02 hs., cuando María Soledad Arrieta se encontraba en el inmueble ubicado en la parte posterior del predio sito en calle Juan Manuel de Rosas al 3600, del Barrio Abel Amaya de Comodoro Rivadavia. En tales circunstancias, se hizo presente su esposo, Gustavo Alejandro Servera, quien reside en el inmueble ubicado en la parte delantera del predio, ingresó a la vivienda donde se encontraba Arrieta, y mediante golpes y utilizando un lazo metálico que colocó alrededor del cuello de Arrieta, ejerció presión y la redujo. Acto seguido, la condujo al dormitorio del inmueble, donde la roció con un líquido inflamable y la prendió fuego, tras lo cual se retiró del lugar, provocando así la muerte de Arrieta por quemadura extensa y de vías aéreas.

El ataque reseñado se produjo como conclusión de una relación signada por violencia de género, en la que Arrieta se encontraba en una situación de subordinación y sometimiento hacia Servera, basada en una relación desigual de poder.

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