Comodoro Rivadavia

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Condenan a imputado a un año y medio de prisión condicional

Juicio oral y público por robo

Por el ilícito contra la propiedad acontecido el pasado 27 de julio de 2017 se celebró días pasados un debate oral y público para el coimputado en la causa Bruno Flores. El fiscal solicitó luego de concluido el debate se lo declare penalmente responsable por el delito de “robo agravado por ser cometido en poblado y en banda”, en calidad de “coautor” para Flores, requiriendo por ello una pena de cuatro años de prisión. Por su parte el defensor postuló “su absolución en base al beneficio de la duda”; y subsidiariamente se lo condene por robo simple.

El hecho ventilado en el debate acontece el día 27 de julio de 2017, cuando siendo las 23.50 hs., Ayelén Villanueva, Bruno Flores, junto a una tercer persona de sexo masculino no identificada, se hicieron presentes en el domicilio sito en calle Belcastro al 3000, a bordo de rodado marca Chevrolet Astra y previo forzar la ventana trasera de la vivienda, ingresan los dos masculinos al interior de la misma y sustrajeron: un bolso color gris, un jean azul, dos remeras, un buzo azul marca Adidas, un par de zapatillas Adidas. En circunstancias en que ambos salen de la vivienda, personal policial que había sido puesto en conocimiento de la presencia de personas sospechosas en el lugar, logra aprehender a Flores en momentos en que éste salta la reja hacia el exterior, logrando el tercer sujeto huir por los patios lindantes. Asimismo, a bordo del vehículo, que estaba encendido, se encontraba del lado del conductor Ayelén Villanueva, quien intentó darse a la fuga, siendo aprehendida por personal policial y trasladando ambos sujetos a la dependencia policial. Cabe mencionar que no se recuperaron los elementos sustraídos.

En su alegato final el fiscal consideró acreditada tanto la materialidad como la autoría del ilícito en cabeza de Flores en base a la prueba testimonial y documental del caso expuesta en el juicio. Finalmente postuló se le imponga la condena de 4 años de prisión efectivos a Flores, teniendo en cuanta las circunstancias atenuantes y agravantes del caso. Como agravante consideró las circunstancias de tiempo, lugar y la nocturnidad en que fue cometido el ilícito; como también la extensión del daño causado ya que los elementos sustraídos no se pudieron recuperar.

En contraparte el defensor “discrepó con la Fiscalía y postuló la existencia de indicios ambivalentes y anfibológicos que solo permitían acreditar el último tramo del hecho por la intervención que les cupo a los policías Collman y Sánchez, quienes detuvieron a su ahijado procesal afuera del domicilio sin ningún rastro del delito que se le imputaba”. Criticó el agravante de banda, citando doctrina y aseguró que “lo que no quedó acreditado fue la previa organización y reparto de tareas, especialmente en cuanto a la coimputada para tener por configurada la banda”. Requiriendo en primer término “la absolución de su defendido por el beneficio de la duda” y subsidiariamente se lo condene por “robo simple” y se le aplique una pena en suspenso.

Finalmente la jueza penal resolvió condenar a Bruno Flores a la pena de un año y seis meses de prisión en suspenso como coautor del delito de “robo simple”, imponiéndole además el cumplimiento de reglas de conducta por el término de dos años, mantener domicilio, presentaciones periódicas ante la autoridad de control y no cometer nuevos delitos. La jueza expresó que “encuentro atinado para el incremento de su quantum punitivo, pese a considerar como atenuantes la ausencia de antecedentes penales computables y la edad en que se vio involucrado en el presente hecho, a sus 19 años, como un factor reductor y con miras al principio de humanidad y resocialización, que deben incidir directamente sobre la modalidad de cumplimiento”.

Presidió el tribunal unipersonal de juicio Daniela Arcuri, jueza penal; por el Ministerio Público Fiscal se hicieron presentes Julio Puentes, fiscal general y Facundo Oribones, funcionario de fiscalía; en tanto que la defensa de Flores fue ejercida por Ariel Quiroga, abogado de la Defensa Pública.

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