Esquel

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Condena por lesiones leves, amenazas y desobediencia

Los hechos ocurrieron en contexto de violencia de género. Así lo planteó el fiscal Carlos Richeri en el juicio y lo corroboró el juez Martín O’ Connor en su veredicto. Un hombre fue condenado a la pena de dos años y tres meses de prisión de ejecución condicional. La sentencia completa se conocerá el martes 22.

El veredicto declaró al imputado, autor penalmente responsable de lesiones leves agravadas por el vínculo y cometidas mediando violencia de género, amenazas y desobediencia. Durante el plazo de la ejecución condicional de la pena deberá fijar residencia, someterse al control del patronato de liberados, continuar con un espacio terapéutico, realizar un curso de concientización sobre violencia contra la mujer y se mantiene vigente la prohibición de acercamiento y contacto con la víctima y su lugar de residencia, a menos que esta definición fuera modificada por el fuero de familia. Además corren por su cuenta las costas del proceso. La investigación fue llevada a juicio por el fiscal Carlos Richeri.

El juez al explicar su decisión, señaló que la decisión se basa en la corroboración de los hechos, en establecer si las conductas incurren en figuras penales y si el imputado es responsable por ellas. Coincidió con la Fiscalía en que se trata de un caso de violencia de género y que por lo tanto debe ser aplicada la legislación tendiente a sancionarla y erradicarla. Marcó distancia con las postulaciones de la defensora, señalando que las conductas del imputado no tienen justificación jurídica. La defensora particular habló de hostigamientos que lo llevaron a cometer estos hechos, “son referencias tendientes a explicar un fenómeno, pero no son una justificación”, dijo O’Connor. “Da cuenta de una relación causal de la psiquis con una determinada situación, permite que entendamos como reaccionó el acusado, pero la explicación causal es completamente diferente a la justificación”, precisó el juez. “Desde el punto de vista de la psicología se puede explicar, desde el punto de vista del derecho penal no se puede justificar” y añadió que “no cualquier justificación es atendible y no por cualquier justificación se puede dejar sin castigo la comisión de un delito”.

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