Esquel

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Condenan a seis años de prisión por estrago doloso

La decisión judicial resultó de un proceso de juicio abreviado, llevado a cabo este jueves en audiencia. El fiscal Carlos Richeri, luego de dialogar con la familia de la víctima, aceptó la propuesta de juicio abreviado del defensor Marcos Ponce. Dagoberto González Garrido reconoció su responsabilidad como autor del delito de estrago doloso y desobediencia. Se le impuso la pena de seis años de prisión de efectivo cumplimiento.

En el contexto del aislamiento social preventivo y la feria extraordinaria establecida por el Superior Tribunal de Justicia con suspensión de plazos procesales, muchos procesos penales siguen su curso. En las investigaciones con personas privadas de la libertad no hay suspensión de plazos. Este es el caso del hecho que protagonizara González Garrido. El 2 de julio a las 3:15 hs. aproximadamente, el imputado, un hombre de 76 años, habría forzado la ventana de una vivienda y arrojó al interior una botella con líquido combustible. Rápidamente provocó llamas que comenzaron a expandirse por el dormitorio.  En el interior de la vivienda había una mujer que pidió ayuda a la policía y sindicó al imputado.

Estaba prevista la realización de la audiencia preliminar. A propuesta de la defensa, el fiscal analizó con la víctima y su familia las implicancias de llevar el caso a juicio y la intención del imputado de aceptar su responsabilidad por la calificación alternativa propuesta por la Fiscalía con la imposición de una pena efectiva. Con el consentimiento de las víctimas se modificó el objeto de la audiencia, finalizándola con sentencia condenatoria dictada por el juez Jorge Criado al homologar el acuerdo de partes.

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