Procuración General

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La justicia penal y la protección de víctimas y testigos

El Ministerio Público Fiscal del Chubut, recordó a la población la importancia que tienen para el sistema penal los testigos de los hechos investigados, la protección legal con la que cuentan además del apoyo y asistencia que se da a las víctimas de los delitos.

El servicio de justicia que se brinda en todos los aspectos es gratuito y la participación ciudadana tanto en lo que hace a las víctimas como a los testigos de hechos delictivos, resultan fundamentales para poder proporcionar una lucha constante a todas aquellas cuestiones que están fuera de la ley. Y que en muchos casos representan una agresión a las personas.

Todo ciudadano que ha sido víctima o testigo de un delito de acción pública podrá realiza su denuncia en el Ministerio Público Fiscal.

Es valioso que la víctima realice la denuncia correspondiente, aún si no se cuenta con testigos ya que puede haber otros medios probatorios, que permitan identificar el autor y las circunstancias del delito. El fiscal responsable que lleva a cabo la investigación puede aportar otros testigos que la persona no conocía. Aún si no pudiera resolverse el caso, la denuncia ayuda a identificar la cantidad de delitos que se suceden y su posible prevención.

En  cuanto a quienes resultaron víctima se les hace saber que deberán recibir un trato digno y respetuoso cada vez que sean atendidas y que también podrán requerir que se respete su intimidad y se le ocasionen las mínimas molestias, indispensables para el avance de la investigación. Asimismo podrán solicitar que se les brinden medidas de protección que garanticen su seguridad, la de sus familiares y testigos. Y también solicitar el asesoramiento y apoyo profesional para su recuperación psíquica, física y social.

Las víctimas deberán ser informadas acerca del estado y avance de su caso, cada vez que así lo soliciten y  efectuar los aportes que consideren necesarios para la investigación del caso. Podrán realizar todos los actos que el Código Procesal Penal les habilita en el proceso penal, entre otros, solicitar el apartamiento de jueces o fiscales cuando se verifiquen los supuestos que así la habilitan. Además se les hace saber que tienen que ser informadas adecuadamente por el Fiscal acerca de los derechos que les corresponden dada su situación.

En cuanto a los testigos (se considera así a la personas que ha visto, ha escuchado o ha sentido) y de tal manera ha conocido y le consta algún hecho o circunstancia relevante para el esclarecimiento de un hecho delictivo podrá ser convocado por el Fiscal mediante una citación para concurrir a la fiscalía y relatar cuanto conoce acerca del hecho. Si es citado a prestar declaración en un juicio, deberá comparecer el día y en el lugar para el que se lo convoque y responder las preguntas que se le formulen.

El Servicio de Asistencia a las Víctimas de un Delito (SAVD) ha desarrollado un programa de contención metodológica para testigos mediante el cual se brinda asesoramiento en relación con estas circunstancias.

Cuando ingresa una denuncia, en la Oficina Fiscal se procede a realizar la valoración inicial, para lo cual puede resultar necesario practicar algunas diligencias o actuaciones preliminares.

Si existe un delito junto con indicios y evidencias, se abre la investigación preparatoria. De allí surgirá si se puede hacer una apertura de la investigación, si se busca una de las soluciones alternativas que prevé el código o si se advierte que el hecho denunciado no constituye delito, se desestima la denuncia.  Y si no surgen elementos que permitan avanzar, se archiva.

La audiencia de apertura de la investigación marca el inicio la etapa preparatoria que tendrá por objeto determinar si hay base para el juicio, mediante la recolección de los elementos que permitan fundar la acusación y la defensa del imputado.

Producido por el Área de Comunicación de la Procuracion General – sede Rawson.

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