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Apertura de investigación por abuso de poder en la Municipalidad de Sarmiento i

Apertura de investigación por abuso de poder en la Municipalidad de Sarmiento

Por pedido de la fiscal Laura Castagno, el juez Jorge Novarino resolvió formalizar la investigación preparatoria de juicio contra el intendente Sebastián Balochi, el secretario de obras públicas Rubén Camarda y el ex asesor contable, Daniel Miguenz, como presuntos autores del delito de abuso de poder. La causa penal se inició en 2016. Los investigadores reformularon la calificación legal. Se trata de la adjudicación de una obra a la empresa “Ledesma y Cía. S.R.L”, para la construcción de una Escuela de Artes y Oficios.

La audiencia de apertura de la investigación se desarrolló en la sala de audiencias de la oficina judicial. El juez Jorge Novarino se conectó mediante el sistema webex. En forma presencial asistieron la fiscal Laura Castagno y el abogado Mateo Roscio en representación de la Municipalidad de Sarmiento.

Asimismo, estuvieron en el acto judicial el ex asesor contable Daniel Miguenz, junto a su abogado Guillermo Clauber. En tanto, los imputados Sebastián Balochi y Rubén Camarda, fueron asistidos por los abogados del Ministerio de la Defensa Pública, Gustavo Oyarzun y Marcelo Catalano.

En la ocasión, la fiscal Castagno explicó que había solicitado la audiencia en razón de haber modificado la plataforma fáctica y también la calificación jurídica de la causa iniciada en 2016.

En este sentido, sostuvo que los hechos a investigar son los registrados entre los meses de mayo y diciembre de 2015, consistente en el incumplimiento deliberado por parte de los imputados de los deberes previstos en la Ordenanza 049/12, más precisamente en sus artículos 4, 19 y 26.

A ello, agregó que el artículo 4 de esta norma establece que: “corresponde al Concejo Deliberante autorizar la contratación de ejecución de obras públicas municipales, su conservación y mantenimiento. En el acto de autorización el Honorable Concejo Deliberante establecerá las modalidades de contratación y aprobará el pliego de bases y condiciones dentro de lo establecido en la ley XVI nro. 46”.

Por otra parte, el artículo 19 de la Ordenanza N° 49/12 postula que: “no serán tomadas en cuenta las propuestas que modifiquen las bases y condiciones de la licitación, por ventajosas que sean”. Finalmente, el artículo 26, último párrafo, dice: “En todos los casos la oferta seleccionada deberá ajustarse a las bases y pliegos de la licitación”.

Según los investigadores, la Licitación Pública N° 01/15 fue llevada adelante por Sebastián Balochi y Rubén Camarda, -ambos en su carácter de Intendente y Secretario de Coordinación de Gabinete- y Daniel Miguens, como Secretario de Hacienda.

Esta contratación tenía por objeto la construcción de una Escuela de Artes y Oficios Municipal. La obra fue adjudicada mediante Resolución N° 1206/15 la Empresa Ledesma y Cía. S.R.L, luego que se realizara un primer llamado -declarado desierto- y se realizará una prórroga del plazo.

Castagno, afirmó que esta adjudicación se realizó por un monto mayor al originario. El ejecutivo municipal aceptó la modificación de los pliegos de bases y condiciones, autorizando un importante incremento.

Así las cosas, para la representante del Ministerio Público Fiscal, se incumplió con lo previsto en los artículos 19 y 26 de la Ordenanza N° 49/12.

En este marco, manifestó que el Ejecutivo Municipal realizó el pago del anticipo financiero a favor de la empresa adjudicada, consistente en el 20 % del monto de la licitación. Este pago fue afrontado por dinero proveniente de las arcas municipales, a pesar que dicho proceso licitatorio no contaba con la autorización del Honorable Concejo Deliberante.

Según la investigadora, Balochi, Camarda y Miguens, omitieron deliberadamente cumplir con los deberes impuestos en la referida normativa. Por último, la representante de la fiscalía indicó que la calificación legal de la conducta que se atribuye a los imputados, es la de presuntos autores del delito de abuso de autoridad.

A su turno, el abogado defensor Oyarzun, consideró que el Ministerio Público Fiscal tiene un desconcierto evidente e importante. Los fundamentos de esta definición se basaron en la cantidad de presentaciones -de distinta índole- que realizo la fiscalía en esta causa.

En este marco, recordó que el 25 de abril de 2018 se apertura esta causa judicial. Allí se otorgó un plazo de investigación. Luego ese plazo se amplió por seis meses. En conclusión, el tiempo otorgado a los investigadores para concluir sus tareas, llegó a su fin el 25 de abril de 2019.

Por otra parte, agregó que en el transcurso de ese período la fiscalía presentó una impugnación extraordinaria ante el Superior Tribunal de Justicia, por el sobreseimiento otorgado a los imputados por el juez Novarino.

Así las cosas, el 9 de septiembre de 2020 el Superior Tribunal hizo lugar la impugnación y ordenó que la causa continué.

En otro orden de ideas, afirmó que la causa que intenta sostener la parte investigadora, no tiene ningún tipo de seriedad o respaldo técnico jurídico. A todas luces, el plazo de la investigación se encuentra vencido, afirmó el abogado defensor.  

En base a estas manifestaciones, requirió el sobreseimiento de sus asistidos, en función de que transcurrió el plazo de investigación sin que la fiscalía haya presentado la acusación pública.

A su turno, Catalano afirmó que no hay delito en la suscripción de un contrato. En este sentido, el representante de la Defensa Pública afirmó que un acto propio parte del procedimiento administrativo, no puede implicar un abuso de poder.

Como cierre de su planteo, Catalano sostuvo que es evidente la falta de objetividad y la afectación que representa mantener a las personas sometidas a proceso durante cinco años.  También solicitó el sobreseimiento de la imputada Graciela Núñez en esta causa. En consecuencia, pidió al magistrado que no haga lugar al pedido de apertura, por inexistencia del delito que el Ministerio Público Fiscal le pretende imputar a Balochi y Camarda.

En tanto, el abogado defensor del contador Miguenz, refirió que hay una confusión de los investigadores respecto de cómo se llevan adelante los actos administrativos en el ejecutivo municipal. En este sentido, adhirió al planteo respecto del vencimiento de los plazos y la inexistencia de delito. A su entender, corresponde dictar el sobreseimiento de los denunciados.

“Una persecución feroz y tenaz”

Luego, el intendente Balochi utilizo su derecho a expresarse en esta instancia del proceso penal. El abogado manifestó que “luego de cinco años de estar sometido a este proceso penal y siempre he estado a derecho, quiero manifestar lo que siento como ciudadano”.

En este sentido refirió “esto que se inició, tal vez como algún deber legal quien en aquel entonces me sucediera como intendente, luego se transformó en una feroz persecución, en una tenaz persecución, con falta de sustento factico y jurídico que pueda llevar a una imputación alguna”.

Por otra parte, el titular del ejecutivo municipal manifestó “me llama la atención que hay un montón de hechos que figuran denunciados, como remates “truchos” que han llevado a la sanción del martillero, familiar de la abogada que representaba a la municipalidad en esta audiencia, y jamás estas causas han sido motivo de publicación a la comunidad, de cómo se ha resguardado el patrimonio público”

 

En tanto, el representante legal de la Municipalidad expreso el desinterés del municipio respecto de prosecución de estas actuaciones.

Después de escuchar los pedidos de las partes, Novarino dispuso un cuarto intermedio para resolver los requerimientos. Finalmente, el magistrado informó que, respecto de la vigencia de los plazos de investigación, los mismos se encuentra vigentes.

Sobre la multiplicidad de aperturas, ampliaciones y readecuaciones presentadas por la fiscalía, coincidió con los abogados defensores sobre el desconcierto que invade al Ministerio Público Fiscal.

 En tanto, consideró la pieza de pedido de apertura de investigación presentada por la fiscal Castagno reúne los requisitos exigidos. En consecuencia, dispuso tener por reformulada y formalizada la investigación penal preparatoria de juicio, contra Sebastián Balochi, Rubén Camarda y Daniel Miguenz, como presuntos autores del delito de abuso de poder.

También hizo lugar al plazo solicitado y dictó el sobreseimiento de la ex secretaria Graciela Núñez.

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