Sarmiento

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Audiencia preliminar de juicio por abuso sexual simple en la "fiesta de la vendimia"

Audiencia preliminar de juicio  por abuso sexual simple durante la "Fiesta de la vendimia más austral del mundo"

El juez Daniel Pérez dispuso la elevación a juicio oral y público, de una causa judicial contra  un sujeto de 39 años, imputado como presunto autor del delito de abuso sexual simple. Los hechos investigados ocurrieron  el domingo 24 de marzo en el predio del Club Deportivo Sarmiento, cuando se desarrollaban los espectáculos musicales de la segunda edición de la "Fiesta de la vendimia más austral del mundo".  

Los protocolos para el tratamiento informativo de los casos de  abuso sexual ,sugieren preservar la identidad de las víctimas y el imputado, a los fines de un desarrollo ordenado del proceso judicial.

 En la sala de audiencias de la oficina judicial se desarrollo una audiencia preliminar  de juicio. La parte acusadora estuvo representada por la fiscal Laura Castagno. Asimismo, asistieron las madres de las dos víctimas. El acto judicial fue presidido por el magistrado Daniel Pérez. En tanto, el acusado recibió el asesoramiento del abogado de la defensa pública, Gustavo Oyarzun. También participo el asesor de menores, Tomas Malerba.

En este marco, la fiscal Castagno explico que la formulación de la acusación publica,  contiene dos hechos investigados. El primer caso  ocurrió el domingo 24  de marzo a las 00:30,  en el interior del   predio del Club Deportivo Sarmiento. En ese lugar se desarrollaba la segunda edición de la "fiesta de la vendimia". En este contexto, una menor de edad denuncio que un sujeto se le acerco y  le toco sus partes intimas, en reiteradas oportunidades.

Ante el sorpresivo  accionar del procesado, la adolescente comenzó a llorar y gritar. El personal policial llego en forma  inmediata  hasta ese sector del predio. La victima les pudo informar de lo ocurrido y señalo al sujeto, que se encontraba a pocos metros. Fue detenido por la policía y trasladado a la comisaria.

En tanto, durante la investigación se incorporo otro hecho, en el cual el imputado habría realizado las mismas acciones contra una menor de edad, que se encontraba  en ese mismo evento, junto a un grupo de amigas,  observando el recital de la cantante Karina "La princesita".

En este marco, la parte acusadora enumero y detallo los medios probatorios propuestos para la audiencia de debate. La Fiscalía presentara quince evidencias documentales y  testimoniales. Por último, Castagno señalo que la calificación jurídica escogida  sobre la conducta que se le atribuye al imputado, es la de presunto autor del los delitos de abuso sexual simple, dos hechos en concurso real y en calidad de autor (Artículos 119, 1er, párrafo, 55 y 45 del Código Penal).

A su turno, Oyarzun formulo una oposición respecto a que la causa judicial prosiga a la etapa de juicio oral y público. El abogado defensor, considero que la fiscalía no tiene un caso con probabilidad de éxito  en un debate oral y público. En consecuencia, solicito al magistrado que dicte el sobreseimiento del imputado.    

Por su parte, el asesor de menores manifestó que el Ministerio Publico Fiscal sostuvo adecuadamente la acusación presentada. En este sentido, considero que  corresponde que la situación se debata en el marco de un juicio oral y público.

En tanto, las madres de las adolescentes,  narraron las consecuencias emocionales y sociales,  padecidas por  las victimas  luego de este hecho.

Luego de escuchar las peticiones de las partes, Pérez resolvió: dictar el auto de apertura a juicio oral y público,  en orden a los hechos descriptos y la calificación legal provisoria escogida por el Ministerio Publico Fiscal. Asimismo, declarar admisibles los medios de prueba propuestos por la parte acusadora.           

Las vivencias

Las vivencias a las que son sometidas las víctimas de abuso sexual infantil, tienen un impacto muy profundo, que va mas allá del ultraje a su cuerpo. Implica un daño en la  psiquis muy complejo de sanar.

Cuando una niña, niño o adolescente, se anima a decir o dar a entender, lo que le está pasando, es fundamental que sea escuchado y que se activen los mecanismos de protección que prevé el ordenamiento legal.

El abuso se produce y se sostiene en base al secreto, y las amenazas que causan efecto para amedrentar a la víctima, entramparla, doblegar su voluntad y forzar su silencio. 

Justamente a causa de estas circunstancias, es que resulta tan relevante el develamiento.

Si la victima que se anima a contar,  no es escuchada, no se le cree y/o no se le da intervención a la justicia, muy probablemente sentirá que es verdad todo lo que le dice el agresor y nunca podrá salir del abuso.

El resultado es el empoderamiento del abusador y el incremento del daño a la víctima.

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