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Elevan a juicio una causa contra Casanova y Rodriguez por robo

Audiencia preliminar de juicio por robo   

El juez Alejandro Rosales, dicto el auto de apertura a juicio oral y público contra Alexis Rodríguez (20) y  Gonzalo Casanova (21), acusados por el Ministerio Publico Fiscal, como presuntos autores del delito de robo. En tanto, ordeno a la fiscalía, que en un plazo de 72 horas, reformule la pieza acusatoria sobre la conducta atribuida a  Sandro Payahuala (39), en esta causa.

En la sala de audiencias de la oficina judicial, se desarrollo una audiencia preliminar de juicio. El acto judicial, fue presidido por el juez Alejandro Rosales. Por el Ministerio Publico Fiscal,  asistieron la fiscal Laura Castagno y  el funcionario Julio Herrera.  Los imputados, Alexis Rodríguez - participo mediante el sistema de video conferencia desde la oficina judicial de Comodoro Rivadavia - Gonzalo Casanova y Sandro Payahuala, en tanto, recibieron el asesoramiento del  abogado de la defensa pública, Marcelo Catalano.

En este marco, Herrera, dio lectura a la acusación publica, indicando que los hechos atribuidos a los sospechosos,  ocurrieron el  05 de abril del 2018 las 21:30 , en un domicilio ubicado en calle Rivadavia  al 1300, del barrio "Parque Patagonia".

Según consta en la denuncia, en esa ocasión,  Casanova y Rodríguez, le dieron una patada a la puerta de la casa e ingresaron.  Una vez adentro de la vivienda, comenzaron a gritar  "tírate al piso, tírate al piso".

En este contexto, señalo que la víctima, se encontraba cenando junto a su esposa. La reacción del damnificado, fue embestir a golpes contra Casanova y Rodríguez. Allí, se produjo un forcejeo, entre la víctima y los imputados.

En este contexto, los acusados sustrajeron un teléfono celular y un reloj pulsera, que se encontraban arriba de la mesa. Luego,  los atacantes escaparon corriendo, e ingresaron a un departamento, ubicado sobre la calle Dorrego y Rivadavia. En ese lugar, se domicilia Sandro Payahuala.

A todo ello, los investigadores, confirmaron que unos minutos después del hecho, los dos procesados subieron a bordo de un vehículo- cuyo propietario seria Sandro Payahuala- y se alejaron del lugar.

Con respecto a los medios de prueba que presentaran en el debate, el investigador detallo los fundamentos para citar a los  dieciocho testigos que depondrán en el juicio. También describió los once medios de prueba documentales e instrumentales,  que se exhibirán en la audiencia.

Con respecto a la calificación legal escogida, indico que  Nicolás Alexis Rodríguez y Alberto Ezequiel Casanova, deben ser  juzgados como co-autores del delito de robo. En tanto,  Sandro Payahuala, fue acusado como autor del delito de encubrimiento.

  A su turno, Catalano, considero que del análisis de la pieza acusatoria, se puede concluir que no hay  elementos para sostener que Casanova, Rodríguez y Payahuala, son los autores de los delitos endilgados por la parte acusadora.

Así las cosas, requirió que no se haga lugar al pedio de  elevación a juicio. A ello,  agrego un pedido de sobreseimiento de sus asistidos.

En este contexto, Rosales, explico que la descripción del hecho en el que se indica la participación de Payahuala,  no es clara. En consecuencia,  solicito a los acusadores  que corrijan la pieza acusatoria, a los fines de tener una mayor precisión sobre el rol del imputado.

Po último, el magistrado resolvió: dictar el auto de apertura a juicio oral y público, contra Casanova y Rodríguez, en orden a los hechos descriptos y la calificación jurídica que figuran   en la pieza de acusación publica. En este sentido, declaro admisible la totalidad de las evidencias documentales e  instrumentales, propuestas por la fiscalía.

Asimismo, ordeno la programación de una nueva audiencia,  a los fines de dar tratamiento a la situación, vinculada a la conducta atribuida a Sandro Payahuala.

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