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Rio Mayo: El lunes a las 12:00 el tribunal dictara su veredicto en el juicio contra Martin Napal por tentativa de homicidio

RIO MAYO: El lunes al mediodía se conocerá el veredicto del  juicio contra Martin Napal  por tentativa de homicidio

Luego de escuchar los alegatos finales de las partes, el tribunal, integrado por los jueces Daniel Pérez, Jorge Novarino y María Tolemei, se retiro a deliberar. En este marco, convocaron a los representantes del Ministerio Publico Fiscal y el Ministerio Publico de la Defensa, para el lunes, a las 12:00,  a la sala de audiencias de la oficina judicial. En  ese acto judicial, los magistrados, informaran su veredicto.  

Alegatos finales

La fiscal Vázquez,  inicio su alegato,  indicando que se había logrado la certeza, requerida en esta etapa del proceso judicial, para sostener,  que los hechos, ocurrieron del modo en el que fueron planteado, por los acusadores,  al inicio del juicio.

En este marco, desarrollo los testimonios, que a su entender, probaron que durante la madrugada del 19 de mayo del año pasado, en la vivienda n°2, ubicada en la calle Rafael de la Fuente,  la víctima se encontraba durmiendo,  junto a su hija de dos años y su hijo de cinco. También, se confirmo,  que en esa casa, pernoctaban la madre de Yoahana Terán, junto a una amiga, en otra habitación.

En este sentido, afirmo,  que el autor conocía el lugar, se pudo mover en la oscuridad, y  sabia donde encontrar el  cuchillo,  con el que ataco por la espalda a su ex pareja. Asimismo, recordó,  que la mujer gestaba un embarazo de seis meses, y que el feto,  falleció como consecuencia de la puñalada.

Con respecto a el agravante de alevosía,  la fiscal,  destaco que Napal,  actuó  a traición y sobre seguro, ante una víctima,  que no pudo defenderse. En otro orden, manifestó que si el resultado hubiera sido, la muerte de Yoahana Terán, los investigadores, nunca habrían averiguado,  que el patrón del teléfono celular, solamente era conocido por su dueña, su hijo de cinco años- que no sabe escribir- y el imputado .

Este dato, permitió confirmar,  que fue Napal,  quien envió los mensajes agresivos,  al aparato telefónico del padre de los dos hijos de Yohana Terán. También,  que el acusado,   cambio el estado de wastapp del celular de la víctima y puso "Gonzalo fue". Todo esto ocurrió, el 19 de mayo del 2018 , unos minutos antes de las 08:00.

Para la representante de fiscalía, Napal,  no pudo lograr el resultado muerte con su accionar, por razones ajenas a su voluntad.

En otro orden, destaco, las pericias científicas sobe las huellas dactilares y rastros de calzado del imputado, que fueron encontrados en el lugar del hecho. Asimismo, recordó los informes de los psicólogos , que describen al acusado, como una persona que  se frustra,  ante la extinción de una relación de pareja. En consecuencia,  reacciona de una manera violenta, cuando debe afrontar esas situaciones .

Así las cosas, Vázquez,  considero acreditada la teoría del caso y la autoría endilgada a Martin Napal. Por estos motivos, peticiono al tribunal,  que dicte un veredicto de culpabilidad.

A su turno, Oyarzun, dijo que los acusadores no pudieron lograr la certeza, para llegar a un veredicto de culpabilidad. En este marco, señalo que la eficacia del material probatorio,  se choca con la plataforma fáctica.

En tal sentido, considero que las reglas de la experiencia y de la lógica, demuestran que es imposible,  que alguien haya manipulado un teléfono celular,  que se encontraba apagado. En otro orden, cuestiono los resultados de las pericias efectuadas sobre los indicios de los rastros de pisadas  de los botines de futbol  de Napal y  de las  huellas dactilares del imputado,  halladas en el panel de la venta del living,  de la vivienda de la víctima.

Para Oyarzun, la investigación de la fiscalía,  fue mal llevada y carente de objetividad. Desde su conclusión, sostuvo que no hay ninguna circunstancia,  que pueda vincular a su asistido,  con este hecho.

En tanto, Catalano, aseguro que la  noche en la que ocurrió el hecho, Napal,  salió a recorrer bares,  junto a un amigo. Luego,  volvió a su casa y permaneció allí. Finalmente, una hermana de la víctima,  lo llamo por teléfono a las diez de la mañana. Fue ella,  quien le conto lo que  le había sucedido a la mujer,  con la que dentro de pocos meses,  tendrían un hijo en común.

Por último, los defensores públicos, solicitaron al tribunal la declaración de absolución de Martin Napal.      

  

 

EL CASO

El hecho que investigo la fiscalía,  ocurrió  el sábado 19 de mayo del año pasado,  a las 8:00, en la vivienda ubicada  en la calle Rafael De La Fuente, casa n° 2, de la localidad de Rio Mayo.

 En esa ocasión,  Yohana Teran -embarazada de aproximadamente veinticinco semanas- se encontraba  durmiendo junto a su hija  de 2 años, en la cama de abajo, de una cucheta. En la habitación,  también se encontraba  su otro hijo,  de 5 años.

En este marco,  los investigadores,  señalan  que Napal aprovecho esa situación de indefensión e intento matar a Yohana Teran.  La apuñalo por la espalada,  entre el tórax y el abdomen, del lado izquierdo. Para concretar el ataque, utilizo un cuchillo de 33 centímetros de largo.

Asimismo, informaron que la víctima, logro despertarse  y comenzó a gritar “mamá, mamá sácame el chuchillo, sácame el cuchillo”. La  madre de Yohana,  llego de forma inmediata y le quito el puñal que tenía clavado en la espalda.

 Para los investigadores,  Napal,  se escapo por la misma ventana,  que abrió para ingresar a la casa de su ex novia.

Como consecuencia del brutal ataque,  la víctima,  fue llevada  de urgencia al Hospital Regional de Comodoro Rivadavia. Allí, los médicos,  le realizaron intervenciones quirúrgicas,  para   realizarle  una cesárea -el feto estaba sin vida-   extirparle el útero y el bazo.

 A raíz de estas operaciones, Yoahana,  perdió la capacidad de engendrar. Quedo hospitalizada en terapia intensiva, en grave estado,  y con riesgo de vida.

En otro tramo de la pieza de investigación, aseguran que Martin Napal, conocía el estado de embarazo de Yohana Teran. Ella,  se lo había comunicado. También se supo que la pareja se había distanciado,  y se veían esporádicamente.

Con respecto a las características de la relación, se indico que el  acusado,  tenía una personalidad celotipica. También, se señalo que Napal, sospechaba que la niña que esperaba la víctima, no era su hija biológica. 

En este marco, los acusadores,  mencionaron que en los años 2016 y 2017, otras dos mujeres, presentaron denuncias contra el acusado. En esos casos, las victimas, manifestaron que Napal no aceptaba la finalización de esas relaciones afectivas. En consecuencia, desobedecía las órdenes judiciales de prohibición de contacto, emitidas por el Juez civil de Sarmiento.  Asimismo, la fiscal Vázquez,  confirmo que un informe del Equipo Técnico Multidisciplinario (ETM),  diagnostico al procesado,  como una persona de conducta transgresora. 

A  todo esto, la parte acusadora,  agrego que el imputado sustrajo 500 pesos de una billetera. También se habría llevado  una radio y un  pen drive. Todos los elementos,  eran propiedad de la madre de la víctima. Los policías,  encontraron la radio y el pen drive,   afuera de la casa de la familia de Yohana Teran. Estaban tirados en la vereda. En tanto, el dinero,  nunca  fue hallado.

Ficha de la audiencia

Fecha del hecho: 19/05/2018

Imputado: Martin Napal

Victima: Yhoana Teran

Calificación jurídica: homicidio doblemente agravado por haber mantenido una relación de pareja y por alevosía, en grado de tentativa, en concurso ideal con aborto preterintencional, en concurso real con hurto simple, en calidad de autor material (artículos 45, 80 inciso 1° y 2°, 42, 54, 87, 55 y 162del Código Penal).

Ministerio Publico Fiscal: Fiscal Andrea Vázquez - Funcionaria Rita Barrionuevo

Ministerio de la Defensa Publica: Abogados adjuntos: Gustavo Oyarzun-Marcelo Catalano

Tribunal de juicio: Jueces: Daniel Perez-Maria Tolomei-Jorge Novarino

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