Trelew

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Juicio abreviado para imputado por casos enmarcados en violencia de género

Durante una audiencia desarrollada mediante el sistema de videoconferencia las partes expusieron el acuerdo alcanzado para dar tratamiento de juicio abreviado en una causa donde Hilario Nicanor Nahueltripay fue acusado por varios hechos enmarcados en violencia de género. Participaron, además del implicado, la Jueza Mirta Moreno, la fiscal general Carolina Marín y la defensora Flora Mollard.

La doctora Marín relató los hechos endilgados e indicó que el primero se produjo el 20 de octubre de 2018 cuando se presentó en el domicilio de los padres de su ex pareja a quien golpeó en la panza y espalda por endilgarle haber salido la noche anterior con sus compañeras. A su vez la amenazaba con matarla y las amenazas se extendieron hacia sus familiares, inclusive delante de efectivos policiales que llegaron alertados ante llamados. En realidad, la pareja se encontraba separada hacía un tiempo, aunque la víctima venía soportando la violencia durante mas de diez años, atemorizada por el constante mal trato traducido en violencia y amenazas de muerte sobre su persona.

Pero el 22 de octubre, el agresor se apersonó en el domicilio de la mujer, que se encontraba con sus hijos menores, a pesar de la orden de prohibición de acercamiento que por 180 días había impuesto la Jueza de familia Teresa Apaza. Posteriormente, el 5 de noviembre, el mismo imputado se interpuso en el camino de la mujer en la vía pública y la amenazó con que lo dejara ver a los hijos o la mataba y presa de pánico la víctima solicitó a los gritos ayuda, arribando la policía y llevándose detenido al hombre que intentaba huir del lugar.

Cinco días después y desobedeciendo por tercera vez la orden de prohibición, volvió al domicilio de la mujer, golpeó a un vecino que se interpuso en la puerta de la vivienda y frente a su hijo menor amenazó con matarla y prender fuego la casa, pero logró escaparse cuando llegaba la policía. No conforme con esto se llegó hasta donde viven familiares de la perjudicada e intentó llevarse por la fuerza a uno de sus hijos, situación que culminó con la llegada de efectivos policiales que lo llevaron detenido.

Los hechos encuadran en la figura de amenazas, tres hechos y violación de domicilio en concurso real, artículos 149 bis, 150, 45 y 55 del código penal. El segundo hecho es considerado como violación de domicilio y desobediencia en concurso ideal, artículos 239, 150 y 54 del código, otro hecho de desobediencia y el cuarto como desobediencia, dos hechos, y amenazas, todo ello en el marco de violencia de género de acuerdo a las leyes nacionales 26485 artículos 1, 4, 5 y 6 inciso A y número 24632, ley provincial XV número 12.

Se acordó una pena de tres años de prisión de cumplimiento efectivo, teniéndose en cuenta que Nahueltripay no tiene antecedentes condenatorios y hace un año y ocho meses se encuentra cumpliendo medida de coerción. Por otra parte, se exigirá el cumplimiento de tratamiento sicológico durante todo el plazo que dure la condena, orientado hacia la perspectiva de violencia de género.

La doctora Mirta Moreno consideró que el acuerdo era serio y razonable, en tanto que la víctima admitió los hechos y coincidió en la necesidad de cumplir las exigencias resueltas. En tal sentido la magistrada comunicó a las partes que dará a conocer la resolución por escrito aunque adelantando su decisión favorable.

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