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Trelew

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Quedó en prisión acusado de abuso sexual a la espera de revisión de sentencia

Tras el reenvío de la causa para que se dicte nueva sentencia, los Jueces José García y Fabio Monti dispusieron la prisión preventiva de José Genaro Catalán al entender que tiene vigencia la pena de ocho años emitida por el tribunal de enjuiciamiento que lo encontró autor penalmente responsable del delito de abuso sexual doblemente agravado por haber sido cometido en perjuicio de una menor de 13 años, con acceso carnal y aprovechándose de la situación de convivencia preexistente, en el marco de los artículos 45 y 119 tercer y cuarto párrafos, inciso t del código penal.

 En fecha 28 de agosto de 2012 el cuerpo colegiado integrado por los doctores José García, Fabio Monti y Ana Laura Servent condenó al acusado a una pena de ocho años de prisión de cumplimiento efectivo en el marco del legajo fiscal 33373. Pero el 4 de diciembre del mismo año, la cámara en lo penal de Trelew conformada por Mónica Rodríguez, Florencio Minatta y Martín Montenovo, revocó la sentencia de mérito y dispuso absolver a Catalán haciendo cesar además la privación de libertad en forma inmediata.

 Posteriormente, con fecha 21 de octubre de 2014 el Superior Tribunal en las personas de sus miembros Jorge Pfleger, Alejandro Panizzi y Daniel Rebagliatti Russel confirmó la sentencia emitida por la cámara penal, tras lo cuál el Procurador General de la provincia Jorge Miquelarena decidió interponer un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el que fue presentado el 6 de febrero de 2015.

Así, el 27 de febrero de 2018 los miembros de la Corte Suprema hicieron lugar a la queja y declararon procedente el recurso extraordinario dejando sin efecto el pronunciamiento apelado y ordenando que vuelva todo lo actuado al tribunal de origen a fin que, por medio de quien corresponda se proceda a dictar una nueva resolución. En atención a esto, el 25 de abril de 2018 se conformó la sala en lo penal con los ministros Vivas, Donnet y Spoturno, quienes desde el 2 de mayo de aquel año cursaron reiteradas citaciones a José Genaro Catalán que jamás respondió a las mismas pese a los esfuerzos de las fuerzas de seguridad y el Ministerio de la defensa para dar con su paradero. Finalmente, el acusado fue detectado y detenido en la localidad de Zapala, provincia de Neuquén y trasladado a nuestra ciudad en el mes de noviembre de 2018, debido a una solicitud realizada por la fiscal general jefa Silvia Pereira y autorizada por el Juez José García, actuando en la oportunidad eficientemente integrantes de la división policial de investigaciones de Trelew y personal de la comisaría 48 de la localidad neuquina.

De esta forma, la Sala Penal, revocó la sentencia de cámara ordenando reenviar la causa a la cámara Penal, para que con otra integración lleve a cabo una nueva revisión ordinaria de la sentencia condenatoria N° 2403/2012, emitida por los Dres. Monti, Garcia y Servent en la cual se impuso una pena de ocho años de prisión.

   Para la doctora Pereira, atento la revocatoria de la Sentencia de Camara y la resolucion del Superior Tribunal, renace el peligro de fuga tal como lo entendieran los S Jueces Garcia, Monti y Servent potenciándose con la revocatoria de la sentencia de cámara que fuera impugnada por la defensa.

Sumado a ello, cabe destacar, que el encartado Catalán posee domicilio en extraña jurisdicción, (Zapala – Neuquen), con lo cual se acredita no solo el presupuesto del art. 220 del CPP, sino el requisito del art. 221 inc. 1 es decir, sus facilidades para abandonar el país o permanecer oculto, sumado a las características del hecho, que se enmarca en un abuso sexual con acceso carnal a una menor de trece años, como asi también la pena que se espera como resultado del procedimiento, en caso que la nueva integración de la Camara, revise la sentencia del tribunal conformado por los Dres. Garcia, Servent y Monti, en la que fuera condenado a la pena de 8 años de prisión, razón por la cual, no permite que la misma sea de ejecución condicional.

   De acuerdo a la presentación fiscal, los doctores José García y Fabio Monti consideraron que hasta tanto se expida la nueva cámara penal al respecto, cobra vigencia la sentencia dictada en el juicio oral correspondiente, debiendo esperar el pastor evangélico José Genaro Catalán la nueva instancia en prisión preventiva. Cabe destacar que Lisandro Benítez actuó como defensor durante la audiencia.

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