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Trelew

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Resolvieron la imputación de Carlos Barbato y su esposa por enriquecimiento ilícito

  En una resolución emitida el último 27 de diciembre de 2019 el Juez Gustavo Castro rechazó el planteo de inconstitucionalidad interpuesto por el defensor de Carlos Alberto Barbato y dispuso la apertura de investigación fiscal preparatoria por el término de ley en relación a los hechos descriptos en la audiencia celebrada el 19 de diciembre. En la misma resolución determinó requerir de Barbato y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 268 inciso 2 del código penal, justifique su incremento patrimonial dentro del plazo que dure la investigación penal.

  La audiencia respectiva tuvo lugar en Rawson y allí quedaron estipuladas las imputaciones que escogieron los fiscales generales Omar Rodríguez y Alex Williams, aunque pueden mutar en el transcurso de la investigación. Carlos Alberto Barbato, ex titular de Lotería del Chubut defendido por Fabián Gabalachis, encuadra en la figura de enriquecimiento ilícito en calidad de autor. Por su parte, para su esposa Erica Perrone y Adrián Quinteros, sus conductas deben encuadrarse en calidad de “interpósitas personas.

  Los bienes y los ingresos

En el primero de los hechos que involucra al matrimonio y que fue descripto por Rodriguez, tiene detalles de los ingresos de Barbato y de su grupo familiar, que no se condicen con los valores de los bienes adquiridos, una casa de dos plantas de Playa Unión valuada en casi 10 millones de pesos, además de automóviles de alta gama y cuatriciclos, entre otros vehículos. En este aspecto, la acusación cuenta con montos de los sueldos de Barbato en la función pública, además de gastos realizados en inmuebles y compra de los automotores. “Dichos bienes no encuentran sustento en los ingresos legítimos que percibió ex funcionario mientras ocupó cargos públicos”, se indicó.

Sueldos y propiedades

Barbato y su esposa están involucrados en uno de los hechos investigados y que está relacionada a los bienes del matrimonio y la incongruencia existente, teniendo en cuenta  los ingresos económicos de la familia. Al respecto al momento de la descripción de los hechos, el fiscal general Rodriguez dijo:

“Desde el año 2003 a la fecha, el ciudadano Carlos Albero Barbato, se viene desempeñando como funcionario público. En fecha 12/12/03 ingresó a la administración pública en el cargo de Gerente General del Instituto de Asistencia Social. Luego, a partir de diciembre del año 2007 ocupó el cargo en el Ministerio de Coordinación de Gabinete. Posteriormente en el periodo 2011 – 2015 cumplió funciones en la Legislatura de la Provincia de Chubut. Finalmente, por Decreto nro. 27/15, en fecha 11/12/2015 se lo designó en el cargo de presidente del Instituto de Asistencia Social, cargo que ocupó hasta el 5/7/2019, fecha en que por decreto nro. 742/19 se le aceptó la renuncia al cargo aludido.

De lo expuesto surge que Barbato, nunca perdió su calidad de funcionario público, en los términos como lo define la ley, en el Articulo 77 del Código Penal, el cual reza: 'funcionario público y empleado público, usados en este código, se designa a todo el que participa accidental o permanentemente en el ejercicio de funciones públicas, sea 

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