Trelew

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Seis meses de prisión para una persona por graves hechos de violencia de género

En una audiencia de control de detención realizada en sala de oficina judicial con la presencia de la Jueza María Tolomei a través de sistema de videoconferencia y la participación del Ministerio Público Fiscal representado por la fiscal general Carolina Marín y la funcionaria de fiscalía Verónica Alabart, con la defensa ejercida por Romina Rowlands y García Palumbo, se imputó a una persona por un grave hecho enmarcado en violencia de género donde concursan varios delitos cometidos.

La fiscalía dio cuenta de los hechos señalando que el 23 de marzo de este año aproximadamente a las 16 en una vivienda de esta ciudad el imputado encontrándose en aparente estado de ebriedad y portando un arma de fuego calibre 9 mm. con cartuchos de bala en su interior, comenzó a increpar a su pareja con quien tiene dos hijos menores de 1 y 6 años, profiriendo todo tipo de insutos. A su vez le apuntó con el arma en la cabeza, mientras ella tenía en brazos a la beba y el otro niño se encontraba jugando. La mujer trató de calmarlo y le pidió retirarse con los chicos comenzando a juntar sus cosas, pero el hostigamiento era cada vez mayor y le apuntó en la nuca, negándole la posibilidad de salir de la casa y fue en esas circunstancias que enfurecido, empleando la violencia como medio para ejercer poder y dominación y con el indudable propósito de generarle mayor temor, para que ésta no se fuera, le efectuó un disparo que afortunadamente no impactó en su cuerpo.

El hijo escuchó el estruendo y trató de entrar a la vivienda, momento en que la víctima aprovechó para huir con sus pequeños, siendo perseguida por la vía pública por el agresor quien seguía apuntándole con el arme y gritándole que volviera. Fueron los vecinos quienes dieron aviso al comando radioeléctrico acerca de lo que veían, y se hicieron presentes efectivos de la comisaría tercera pudiendo observar que el imputado junto a otra persona, al verlos arrojó el arma de fuego y un cargador intentando huir, resultando aprehendido y lográndose el secuestro del arma utilizada y demás elementos que descartara.

Mientras esto ocurría, la mujer fue trasladada a la comisaría de la mujer a fin que radique la denuncia, luego de lo cuál se le dio intervención al juzgado de familia, decretando el Juez de paz, doctor Albarracín, la exclusión del hogar y la prohibición de acercamiento por un plazo de 180 días y a 300 metros del causante hacia su grupo familiar y dieron intervención también a la asesoría de familia.

La conducta desplegada por el hombre imputado e enmarca en los delitos de amenazas coactivas en concurso real con abuso de armas mediante violencia de género y portación de arma de guerra sin la debida autorización legal en concurso real, artículos 149 bis y 149 inciso 1, 104 primer párrafo y 189 bis inciso 2do. párrafo 4, 42, 45 y 54 del código penal, Ley provincial XV nro. 26 y Ley 26485. La causa estará a cargo de la fiscal general jefa Silvia Pereira.

Posteriormente la fiscal Carolina Marín fundamentó acerca de la gravedad de los hechos aludiendo a la utilización del arma y las amenazas proferidas en presencia de los hijos. Señaló que en su momento se habían efectuado dos denuncias las que habían sido archivadas pero que marcan un proceso donde la violencia se va agravando y puso énfasis en el estado de vulnerabilidad de la víctima. Argumentó sobre los riesgos de fuga y entorpecimiento, teniendo en cuenta las características gravísimas de lo sucedido y la expectativa de pena que no puede ser tenida en suspenso, solicitando la apertura de investigación y la prisión preventiva durante el término que ésta dure. Expuso los secuestros del arma y los cargadores con balas en su interior secuestrados, y refirió a una inspección ocular donde se halló el impacto del proyectil y se encontró al mismo parcialmente deformado con material de color rojizo, presuntamente ladrillo.

Cabe destacar, que también estuvo participando de la audiencia la asesoría de menores a través del doctor Pablo Rey. A su turno puso de manifiesto los hechos sucedidos y aclaró que su actuación era en forma complementaria debido a lo relacionado con los menores. Indicó que en el Juzgado de familia tramita también una causa que vincula al agresor con hechos similares, por lo que entiende todo esto debería ser valorado en la resolución de la magistrada.

Si bien la defensora Rowlands intentó atenuar la gravedad de lo sucedido, en alguna medida justificó el accionar de su defendido indicando que podría haber estado en estado de ebriedad o drogado. Expresó que finalmente la víctima pudo salir de la casa porque el propio agresor le abrió la puerta y dijo que no corresponde que se tengan en cuenta expedientes de denuncias que ya fueron archivados.

Seis meses de prisión                                                                                                                  

La Jueza María Tolomei analizó cada uno de los parámetros traídos a esta audiencia, acordando con lo valorado por el Ministerio Púbico Fiscal para dar cuenta de la gravedad del suceso, enfatizando sobre el marco de violencia de género de acuerdo a las leyes enunciadas por la fiscalía. Rechazó la postura de la defensa en cuanto a las causas archivadas, al señalar que las mismas no fueron desestimadas y constituyen un precedente que conllevan un proceso donde el círculo de violencia va creciendo generándose hechos de estas características. Estimó que la pena, mas allá de no tener antecedentes condenatorios, superará los tres años y seis meses de mínima y recordó que la máxima es de dieciséis años, por lo que la expectativa de pena también es un factor para la existencia del peligro de fuga. Para la magistrada también hay peligro de entorpecimiento, dada la vulnerabilidad de la víctima y el peligro que representa el agresor en libertad, pudiendo influir sobre ella.

En consecuencia y poniendo en evaluación los antecedentes de denuncias anteriores, incluyendo la que tiene vigencia en el juzgado de familia, la doctora Tolomei determinó la apertura de investigación por el término de seis meses de acuerdo a la calificación fiscal provisoria, y a su vez resolvió la prisión preventiva del imputado por el mismo plazo que dure la investigación.

Por otro lado, otra persona que había sido aprehendida por la policía bajo la probable imputación de una supuesta intervención en contra de los efectivos actuantes, quedó en libertad y no fue imputado, por lo que la fiscalía tendrá un plazo de 15 días para observar su posible participación en el hecho, de acuerdo al artículo 269. Durante la audiencia declaró que solo cruzó al agresor en la calle y éste le hizo una consulta, cuando de repente llegó la policía y se lo llevó detenido.

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