Puerto Madryn

3 AÑOS DE PRISIÓN PARA EL AUTOR DE LOS DISPAROS EN EL CLUB MADRYN

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Juan Domingo Segundo fue condenado por “portación ilegal de arma de fuego de guerra, atenuado por estar inscripto como legitimo usuario de armas de fuego; más amenazas agravadas” a la pena de tres años de prisión en suspenso y 6 años de inhabilitación para portar armas.

El hecho ocurrió el pasado 5 de Mayo en el Estadio del Club Deportivo Madryn, en el espacio que separa la platea local con la cancha de fútbol propiamente dicha, cuando Segundo con una pistola Bersa 9 mm intentó ingresar al campo de juego gritando “que abran la puerta, que los voy a matar…” “le pegaron a mi señora, le rajaron la cabeza” y ante la negativa de los empleados policiales efectúo alrededor de 6 disparos al aire. Luego bajó el arma y apuntó a la cabeza a policías presentes para que le abran la puerta; aunque rápidamente y con ayuda de un asistente al encuentro fue reducido, procediéndose a su detención y el secuestro del arma y las vainas servidas. Posteriormente, el imputado estuvo detenido 10 días con prisión preventiva y otros 10  bajo la modalidad de prisión domiciliaria, atento que podría interferir en la investigación inicial. Finalmente, en el juicio abreviado, donde reconoció su culpabilidad, fue declarado autor penalmente responsable y condenado a la pena de 3 años de prisión en suspenso más 6 años de inhabilitación para portar armas de fuego, así como reglas de conducta a cumplir.

De esta forma, en caso que Segundo cometa un nuevo delito y reciba una próxima condena, la misma debería ser de cumplimiento efectivo. Además, debería cumplir los tres años de prisión dictados actualmente. Esto se debe a que el Código Penal de la Nación, en su artículo 26, indica que en los casos de primera condena a una pena que no exceda de tres años, el juez puede disponer que se deje en suspenso el cumplimiento de la pena. Pero, si cometiere un nuevo delito, sufrirá la pena impuesta en la primera condena y la que le corresponda por el segundo delito. Asimismo, cabe aclarar que la pena, por ser mediante juicio abreviado donde el imputado reconoce su culpabilidad, no se puede impugnar y automáticamente queda firme.

En la acusación de la Fiscalía, el funcionario Jorge Bugueño afirmó que el comportamiento desplegado por Segundo fue tener un arma de fuego en su poder sin la debida autorización para ello, esgrimiéndola en un lugar de acceso publico y produciendo varios disparos al aire, con el riesgo que ello conlleva. Además de ello, en su accionar afectó de manera efectiva y concreta a los agentes policiales, quienes fueron amenazados y apuntados con el arma de fuego. Finalmente, el juez Penal Hernán Granda impuso la pena el día jueves al mediodía, en la sala de audiencia de los Tribunales locales.

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