Puerto Madryn

CASO LEONELA: ENTREVISTA FISCAL DANIEL BAEZ

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En una entrevista radial efectuada por Radio Golfo Nuevo, el fiscal jefe Daniel Báez aclaró que “no tenemos duda que el menor fue el autor, porque todas las pruebas que lo vincularon son de carácter objetivo. Tanto la huella dactilar, el ADN en el cable y en la ropa del menor (así como las huellas de sus pisadas en el contenedor) nos permiten afirmar que el mismo fue el autor del hecho”.  También explicó que, en el ámbito penal los plazos vencieron el día 4 de septiembre pero con anterioridad a esa fecha y que si bien el Ministerio Público Fiscal acreditó su autoría y responsabilidad como autor, por aplicación de la ley 22.278 que declara su imputabilidad, se solicitó su sobreseimiento.

Ante esta sensación de impotencia, bronca o frustración respecto la situación del menor; nosotros hemos trabajado y yo quiero quedar claro, que de alguna forma más allá de nuestro trabajo donde debemos mantener la objetividad y atenernos a la ley, también quisiéramos que respecto al menor se haga un tratamiento, ya sea en forma ambulatoria, permanente o en alguna institución. Pero la ley es clara y la justicia de familia tomó cartas en el asunto. Hubo dos primeros informes que tomamos contactos, no estuvimos conformes y presentamos una impugnación y una ampliación hacia la Asesoría de Menores, que tiene que ocuparse del tema.

El fiscal explicó que “hemos profundizado la investigación, con datos que obtuvimos en el curso de la investigación y tomamos contacto con familiares directos, en otro lugar de la provincia, que aportaron datos relevantes y alarmantes con respecto al ámbito familiar en el que está creciendo. Se trata de familiares directos y personas que compartieron el seno familiar con uno de los responsables del menor. Estas personas colaboraron directamente, fueron entrevistados y esa información fue aportada a la asesoría de menores para que ellos vean cual es, al menos una, de las caras que tiene esta persona. No soy psicólogo ni psiquiatra, pero soy un adulto que de alguna manera, con los elementos aportados, observo que hay un grado de conflictividad y una situación bastante seria respecto al crecimiento del menor, sus valores, compromiso, en cuanto a su visión de la ley. Esto lo contaron personas que lo han padecido, que no solamente han vivido sino que han padecido esta situación”

Ante la pregunta sobre los dichos del Gobernador de la Provincia, Mario Das Neves, que el padre del menor es violento; el fiscal Daniel Báez expresó: "si, es una de las características. Es una persona violenta. Estas situaciones de violencia los familiares directos lo han vivido. Fueron datos aportados por los propios familiares, victimas del accionar violento del padre del menor hace unos años.

Continuando con la entrevista radial, el fiscal fue consultado si consideraba que no era el ámbito propicio para el menor y respondió que “consideramos que debe actuarse, no podemos esperar que el desarrollo del menor en este ámbito sea el normal. Hay un hecho anterior al de Leonela donde el menor se vio involucrado a un hecho delictual y también con respecto a una menor de 11 años de edad. En su momento no fue denunciado pero si fue aportado con posterioridad. Fue uno de los elementos que también nos permitió sospechar en principio del menor. No es un hecho circunstancial, no es una cuestión de chicos. Hay un hecho anterior donde se lo ve involucrado en un hecho delictivo donde agredió a una menor con fines de robo.

En relación a su sobreseimiento y que con el mismo “no hay vuelta atrás”, Báez explicó que “como expresión de deseo, como una posibilidad más cercana a los sentimientos que a la ley, la podemos expresar (que el menor sea internado o sea sobreseido). Ahora, la ley es clara y no admite interpretación en contrario.

También explicó que “hay otros regímenes provinciales que permiten, con leyes especificas, por ejemplo en el caso de Carmen de Patagones donde un menor mató a tres compañeros. (Caso Junior), allí la justicia civil ordenó la internación de ese menor en un centro de menores para su recuperación y tratamiento” aunque aclaró que “el COSE no es para menores de 15 años, su ley de creación lo prohíbe”.

Al ser consultado sobre “quien define la situación del menor en el sentido de donde está”,  Báez dijo que “la Asesoría de Menores interviene en el tema. Más allá de estos informes que se recibieron de los cuales la fiscalía no estuvo conforme, la Asesoría de Menores va a plantear o ya ha planteado una medida de orden judicial. La que tienen que decidir es la justicia de familia”.

 AUDIOS: (click en el link para descargar)

Báez caso leonela_02

Báez caso leonela_01

 

AUDIOS ENTREVISTAS REALIZADAS AL MEDIODÍA POR CANAL 3 y MADRYNTV

Link: http://www.mpfchubut.gov.ar/blog/?p=7959

 

INFORMACION RELACIONADA

LA LEY MARCA SU SOBRESEIMIENTO: La ley marca que se debe solicitar el sobreseimiento del menor y el juez debe otorgarlo. “La Fiscalía, tras tener acreditada la autoría del menor, debe solicitar su sobreseimiento conforme lo establecido por los artículos 285 y 405 del Código Penal Procesal de la provincia y la ley nacional 22.278. Al respecto, la ley nacional 22.278 indica que no son punibles los menores de dieciséis años de edad y aclara que si existiere imputación, se procederá a la comprobación del delito y se ordenarán los informes y peritaciones conducentes al estudio de su personalidad y de las condiciones familiares en que se encuentre. Pero al ser inimputable, por más que se acredite su responsabilidad, se debe solicitar su sobreseimiento.

  OTROS DATOS DE CONTACTO  JUZGADO DE FAMILIA N° 2 Jueza: Dra. Delma VIANI Galina 160 - Teléfono (02965) 470318 Asesoría de Familia e Incapaces Asesora Dra. María Alejandra MALVICHINI Roque Sáenz Peña 241 1er piso. Teléfonos: (02965) 457676   "EL CASO ESTÁ PRACTICAMENTE CERRADO Y NO EXISTEN PRUEBAS QUE PERMITAN INVOLUCRAR A OTRAS PERSONAS": http://www.mpfchubut.gov.ar/blog/?p=7784