La defensa había apelado la condena
La Cámara Penal ratificó la condena de 2 años de prisión y 4 años de inhabilitación para ejercer la medicina, más las costas del proceso, para el anestesiólogo Jorge Rojas. Rojas había sido condenado el año pasado por la “mala praxis” ocasionada a Fanny Huenchul, quien actualmente se encuentra en silla de ruedas y necesita asistencia permanente, producto del daño ocasionado.
La mala praxis que sufrió Fanny Huenchul (29) ocurrió el día 1 de febrero de 2008, cuando ingresó a quirófano del Hospital “Dr. Andrés Isola” para una cirugía de vesícula y salió de la sala bajo los efectos de la anestesia y descompensada. Luego del juicio oral y público realizado en el año 2010, la jueza Flavia Trincheri condenó al anestesista Rojas a la pena de 2 años de prisión en suspenso y 4 años de inhabilitación para ejercer la medicina. El doctor Carlos Villada, abogado defensor particular del anestesista, presentó una impugnación a la sentencia condenatoria ante la Cámara Penal, pero la misma fue rechazada en todos sus términos.
La lectura se realizó en los tribunales locales –y no en la Cámara Penal- para que Fanny, actualmente en silla de ruedas como secuela de la mala praxis, pueda acceder a la sala y oír el fallo de los jueces. En tal sentido, los jueces Rafael Lucchelli, Leonardo Pitcovsky y Silvia Martos rechazaron uno por uno los argumentos defensistas que buscaban “poner en crisis” la sentencia de primera instancia dictada por la jueza Flavia Fabiana Trincheri.
“La sentencia de la Cámara Penal confirma el juicio de certeza arribado en el juicio al anestesista Rojas, y en forma medular y analítica deshecha los reclamos de la defensa; pero por sobre todo lleva tranquilidad a la victima, Fanny Huenchul y sus familiares, y es un claro mensaje a la sociedad en general de que esas conductas tienen un castigo que conllevan un plus a la pena de prisión y es la inhabilitación para ejercer la medicina cuando es mal ejercida” afirmó el fiscal jefe Daniel Báez respecto a la confirmación de la condena.
Los jueces de la Cámara Penal, respecto al planteo de enemistad del abogado defensor con la jueza, rechazaron unánimemente el planteo de que la garantía de imparcialidad habría sido vulnerada por la magistrado Trincheri, “pues el único basamento serían diversas resoluciones que le habían sido adversas al defensor, sin aportar prueba alguna que permita suponer la existencia de la supuesta enemistad”. También fue rechazada la nulidad en cuanto a la negativa de hacer lugar a la sustitución de un experto propio y tampoco tuvo éxito las medidas planteadas respecto al secuestro de la historia clínica de Fanny Huenchul y su posterior agregación como prueba documental en el juicio. En el mismo sentido, los jueces también rechazaron el planteo de una supuesta acusación de violación del principio de congruencia entre la acusación y la sentencia y los agravios por falta de motivación solicitados por el defensor.
Copia de la sentencia completa se encuentra a disposición en la Fiscalía de Puerto Madryn. [gallery link="file" columns="9"]