Información y Sociedad

Publicidad de los Actos Judiciales

En el año 2010 el Procurador General de la Provincia, Jorge Miquelarena, elaboró el reglamento que guía el trabajo de los comunicadores del Area de Comunicación Institucional del Ministerio Público Fiscal del Chubut. Previamente, el área comenzó a formarse desde el año 2006 en el que se puso en práctica el nuevo Código Procesal Penal del Chubut con experiencia piloto en la ciudad de Esquel. Las pautas que se tuvieron en cuenta para el trabajo de los comunicadores y las bases conceptuales del reglamente hoy vigente.

La necesidad de la publicidad de los actos judiciales

a) En los sistemas democráticos,  los ciudadanos, para efectuar el debido contralor de los actos de gobierno y tomar decisiones, necesitan contar con la mayor información posible sobre la naturaleza, funciones y actividades de las instituciones públicas.

b) Que ello demanda un mayor conocimiento de los ciudadanos sobre sus derechos y de la consecuente demanda de transparencia y rendición de cuentas a los funcionarios, en quienes se ha depositado la misión de administrar  justicia.

c) Que el Poder Judicial ha comenzado a transitar un camino que intenta acercarse más a la sociedad a través del diálogo entre poderes  y con todos los actores sociales, por medio de sus decisiones y la difusión y la explicitación de su contenido a través de los medios de comunicación social.

d) Que dentro de esa estructura, el Ministerio Público Fiscal es el sector que representa a las víctimas de los delitos y a la sociedad en la persecución penal de quienes hayan violado las normas sociales.

e) Que una buena comunicación facilita la interacción de los ciudadanos y este Ministerio Público Fiscal forjando, en consecuencia,  mayor credibilidad institucional y acrecentando la confianza ciudadana, lo que coadyuva, en definitiva, a la consolidación del sistema democrático, representativo, republicano y federal.

f)  Que la información emanada de los órganos judiciales es pública.

g) Que durante su procesamiento y difusión es necesario armonizar el derecho de acceso a la información con otros derechos y garantías constitucionales, como la imparcialidad del tribunal, la presunción de inocencia, el debido proceso, el derecho de defensa, el respeto a la honra, el derecho a la intimidad, la protección de los menores y otros derechos y garantías no enumerados que son inherentes al ser humano y que nacen de la forma democrática representativa, republicana y federal de gobierno, además de las restricciones expresamente fijadas en leyes dictadas de conformidad con la Constitución Nacional.

h) Que la tutela de esos derechos converge con el ejercicio del derecho de acceso a la información.

i) Que corresponde su difusión a la sociedad, en cuanto contribuya al conocimiento y comprensión de la forma en que el Poder Judicial aplica el derecho y toma decisiones jurisdiccionales, de gobierno y administrativas, facilitando de esta manera un adecuado control ciudadano.

j) Que la decisión de establecer una política para mejorar la comunicación con los ciudadanos, conlleva por parte de los actores del Ministerio Público Fiscal, la necesidad de relevar su cultura institucional en materia de comunicación y revisar críticamente las herramientas que se utilizan.

k) Que se trata de optimizar los canales de comunicación, modos, formatos y  estilos actualmente utilizadas. 

l) Que este reglamento es una iniciativa que tiene por objeto establecer pautas de procedimientos que garanticen la transparencia de los actos judiciales en los que les toque participar el Ministerio Público Fiscal al momento de facilitar el acceso de los ciudadanos a la información.

m) Que se trata de un instrumento útil para organizar la comunicación y la información, colaborando con los funcionarios de la Procuración, fiscales, funcionarios de fiscalía, direcciones de investigación criminal, empleados del Ministerio Público Fiscal, profesionales, medios de comunicación y periodistas, sobre la forma de hacer conocer las decisiones judiciales a los ciudadanos.

Para ello se hace necesario:

             Facilitar el acceso de la ciudadanía a la Justicia, siendo el Ministerio Público su representante ante los Tribunales, como requirente de la equidad sobre la base de la búsqueda de la verdad.

             Lograr una presencia Institucional más concreta para el ciudadano, facilitando la valoración y su vinculación con la labor de los Agentes Fiscales.

             La información pública es un complemento del ejercicio de la acción de la persecución penal, en un marco de respeto a la legalidad y la defensa de los derechos ciudadanos.

             Para ello se hace necesario buscar alianzas con instituciones afines para el cumplimiento de los objetivos propuestos,

             Transparentar la gestión del Ministerio Público a nivel interno y externo, desarrollando una política de comunicación abierta y enlazada con la sociedad.

             Tener en cuenta que los procedimientos ante los tribunales son públicos. Por ende, una vez que los legajos han sido tramitados en los términos de la legislación vigente, las resoluciones dictadas en el proceso y las sentencias constituyen documentos públicos, salvo las relacionadas con menores o incapaces, causas en las que esté comprometida la intimidad o la seguridad de los testigos, los casos de protección de datos personales y toda actuación en que la publicidad pueda perjudicar a los intereses jurídicos que deban ser protegidos.

             Para lograr esos propósitos, debe existir  un modelo comunicacional con criterios conceptuales y metodológicos comunes a todas las jurisdicciones que componen el Ministerio Público Fiscal del Chubut.

 

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