Comodoro Rivadavia

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Audiencia de control de detención y formalización de la investigación

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Otorgan prisión preventiva para uno de los imputados

En la audiencia de formalización y control de detención celebrada en la Sala 2, de la  oficina judicial, el Juez Penal José Rago, resolvió decretar la prisión preventiva para Ricardo Esteban Guerrero por los delitos de estafa, un caso; estafa en grado de tentativa, otro; y por el uso de documento público y carnet de conductor falsos en concurso real con los anteriores delitos. En cambio con respecto a Mario Esteban Simón, el otro imputado en la causa, resolvió su inmediata libertad ya que “las evidencias no lo sitúan como para establecer su imputación y en consecuencia una medida restrictiva de su libertad”. La defensa de los imputados estuvo a cargo del Dr. Fernando Serer, abogado adjunto de la Defensa Pública, y el Ministerio Público Fiscal representado por el Dr. Adrián Cabral, Fiscal General y la Dra. Mónica García, Funcionaria de Fiscalía. En el comienzo de la audiencia el Fiscal realizó un relato sucinto de los hechos consistentes en que Ricardo Guerrero, haciéndose pasar por Darío Molina, se presenta en un Taller del barrio Próspero Palazzo y alquila a su propietario, Sr. Chavez, un grupo electrógeno abonando con un cheque por $ 4.000 del banco Santa Cruz perteneciente a una chequera sustraída en Buenos Aires. El segundo hecho sucedió cuando Guerrero concurre a la firma Trompis, propiedad del Sr. Ruiz, e intenta alquilar una camioneta Toyota Hilux, con otro cheque perteneciente a la misma chequera y es detenido en ese preciso momento por personal policial. En tanto que para Simón encuentra su conducta enmarcada dentro de los delitos de estafa y estafa en grado de tentativa en calidad de coautor. Solicitando la prisión preventiva para ambos imputados ya que “existen elementos de convicción suficientes para tenerlos como autores o partícipes de los hechos que se les imputa”. Sosteniendo su pretensión en el “peligro de fuga” ya que “no tienen domicilio” en nuestra ciudad, por “las características del hecho y la pena que se espera”, en caso de ser encontrados culpables. En contraposición el defensor solicitó la libertad inmediata de sus defendidos, por la “ilegalidad de la detención de Simón en la estación de servicio Esso” y ya que entendió que “no se dan los extremos legales para resolver con la medida más gravosa y de última ratio”, como lo es la prisión preventiva. Agregando que “las medidas de prueba que aun faltan realizar por la Fiscalía se pueden realizar con los imputados en libertad”. Subsidiariamente solicitó una sustitución de la prisión preventiva ofreciendo “la obligación de presentarse periódicamente de sus defendidos ante la autoridad que el Juez designe”. En su resolución el Juez Penal resolvió la prisión preventiva para Guerrero basado en las evidencias suficientes de la participación del mismo en los hechos ilícitos y la libertad de Simón ya que las evidencias no lo sitúan como para establecer una medida restrictiva. El plazo de investigación otorgado al Ministerio Fiscal fue de seis meses.

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