Comodoro Rivadavia

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Declaran penalmente responsable a Saldivia por el hecho

Veredicto de responsabilidad penal por el homicidio de Santiago Sánchez

En la tarde del pasado viernes se conoció en los tribunales penales del barrio Roca el veredicto de responsabilidad penal en el juicio por el homicidio de Santiago “el ganso” Sánchez, acontecido el pasado 2 de julio de 2016. El tribunal dictó la absolución de Álvarez y Tranamil “por ausencia de prueba”; y asimismo declaró penalmente responsable a Darío Alexis Saldivia por el homicidio. El próximo jueves 11 de marzo, a las 14:00 hs. se realizará la correspondiente audiencia de imposición de pena.

El tribunal de debate fue presidido por Raquel Tassello y conformado por Miguel Caviglia (por videoconferencia) y Jorge Odorisio, jueces penales; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Adrián Cabral, fiscal general; la defensa de Saldivia fue ejercida por Francisco Miguel Romero y José Palacios, la de Álvarez por Mauro Fonteñez y Fiorella Picón, en tanto que la de Tranamil por Alicia Águila, abogados particulares de los mismos.

Luego de concluido el debate se dio a conocer la parte resolutiva del veredicto. La materialidad del hecho no resultó controvertida. De acuerdo a lo registrado en el Certificado de defunción, el Informe de guardia del Hospital y la autopsia practicada por la médica forense. El lugar donde la víctima sufrió las lesiones que le provocaron la muerte fue el pasaje Venter y Av. Alsina, casi San Martín. Por la mayoría de los jueces Tassello y Odorisio, con la disidencia de Caviglia, quedó probada la responsabilidad penal de Saldivia como autor del “homicidio simple” de Sánchez. La publicación de Sánchez la noche anterior al hecho en Facebook, donde la víctima le anuncia a Saldivia que lo va a agredir y que se prepare, fue tenida en cuenta por los jueces. No ha quedado duda de la presencia de Saldivia en el lugar del hecho mediante prueba objetiva. También los jueces valoraron la actitud de Saldivia dos días después del hecho cuando viaja hacia Chile, para volver un mes después. No quedan dudas que Saldivia fue la persona que corre detrás de la víctima para alcanzarla y darle muerte mediante la utilización de una piedra o escombro.

“La prueba de cargo respecto de la participación de Álvarez resulta contradictoria y admite distintas hipótesis”. Ante hipótesis distinta, no hay certeza. “Igual razonamiento admite la intervención de Leandro Tranamil”, sostuvieron los jueces del tribunal. “Indicios que no alcanzan a probar con certeza que Tranamil era la persona que gritaba ‘matalo, matalo’”. Por estas consideraciones corresponde absolverlos, por el principio de in dubio pro reo, por el beneficio de la duda. Respecto de estos dos acusados el tribunal falló en forma unánime.

Finalmente se dispuso que el próximo jueves 11 de marzo, a las 14:00 hs. se realizará la correspondiente audiencia de cesura o imposición de pena para Darío Saldivia.

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