Comodoro Rivadavia

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Declaran penalmente responsable y decretan la preventiva a Vargas (video)


Jornada de alegatos en el juicio por el homicidio de Daniela Flores

Así lo resolvió el tribunal colegiado luego de producidos los alegatos finales de las partes en la quinta jornada del debate oral y público en referencia al hecho acontecido el pasado 27 de enero de 2013. En su alegato el fiscal solicitó se lo declare penalmente responsable a Vargas en base a la calificación de “homicidio agravado por el vínculo” y solicitó su prisión preventiva; en tanto que la defensa requirió su “absolución” ya que “no se ha podido probar la intervención de su asistido” en el hecho.

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El fiscal Adrián Cabral argumentó que se ha probado a lo largo del juicio la materialidad y autoría del hecho por parte de Vargas. La materialidad es decir la muerte de Daniela Flores, por el certificado de defunción y el informe de autopsia realizada por el Médico Forense. En momentos en que los menores se encontraban en la Seccional 4°, acompañados por su tía, le refieren, sin saber todavía de su deceso, “que su papá lastimó a su mamá con un cuchillo y luego la llevan en auto al Hospital”. El menor describe la situación previa y posterior al hecho, tiene síntomas de un estrés postraumático, según su psicólogo. La vicedirectora de su escuela declaró que cuando lo van a retirar de la institución, porque su padre había salido en libertad, le refería “vos no sabes lo que pasó, él mató a mi mamá”. El niño no miente, aseguró Cabral. Tenía una necesidad de protección hacia su hermano menor. El forense declaró que la herida de la víctima no fue auto-inflingida por su altura y la fuerza con que fue cometida. Respecto al cuchillo que se secuestró en el hecho tiene el ADN de la víctima y del imputado. Cuando se le pregunta al niño si ¿alguien te dijo que no digas esto? Contesta “si, mi papá”. Solicitando se lo condene a Vargas por el delito de “homicidio agravado por el vínculo” y atento a la pena establecida de prisión perpetua, solicitó la prisión preventiva en base al peligro procesal de fuga. Por los elementos de convicción suficientes para sostener que Vargas es el autor del hecho, las características graves del suceso y la presunción razonable que no se va a someter a proceso.

Seguidamente tomó la palabra la hermana de la víctima quién solicitó al tribunal “justicia por mi hermana” y refirió que sus sobrinos sufren mucho la perdida irremplazable de su madre.

En contraposición el defensor público, Esteban Mantecón, solicitó la absolución de su pupilo ya que no se ha acreditado a lo largo del debate que mi asistido haya sido el autor del hecho. El principio de la duda lo beneficia. No hay certeza y sin esa certeza no se va a poder condenar a Vargas. Los testimonios de oídas no tienen relevancia y la prueba debe ser valorada en un todo, aseguró. No puede sustentarse en cabeza de mi asistido la muerte de la víctima, ya que con los indicios no se ha podido probar su intervención. Solicitando su libertad ya que “no existe el peligro de fuga porque se ha presentado todos y cada uno de los días que le fue impuesto”. El imputado aludió en sus palabras finales que “yo a mi señora no la maté, no hice nada”.

Finalmente el tribunal resolvió por unanimidad declarar penalmente responsable a Vargas por el “homicidio agravado por el vínculo” de Daniela Flores, decretando igualmente su prisión preventiva hasta que la sentencia quede firme. La audiencia de cesura o imposición de pena se realizará el próximo 28 de febrero.

Video editado del fallo:

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