Comodoro Rivadavia

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Formalizan apertura a dos nuevos imputados y decretan su prisión preventiva

 

Audiencia de control de detención por el homicidio de Santiago Blanco

En horas de la mañana del viernes se llevó a cabo la audiencia de control de detención y apertura por el hecho acontecido el pasado 5 de agosto que tiene como coimputados a Mariela Cristina Martínez y Lucas Emanuel Avila Maya y como víctimas a Santiago Blanco y familia. Al concluir el acto se declaró legal la detención de Mariela Martínez y Lucas Avila Maya, formalizándose el hecho en su contra y estableciéndose, a solicitud de la fiscal, la prisión preventiva de ambos imputados.

Asimismo días pasados en el Hospital, se le imputó también el hecho a Gustavo Martínez; quien prestó declaración en audiencia previa al control, a puerta cerrada al público, por solicitud de la defensora.

Presidió el acto Miguel Caviglia, juez penal; por el Ministerio Público Fiscal se hicieron presentes Camila Banfi, fiscal general y Martín Cosmaro, funcionario de fiscalía; en tanto que la defensa de Mariela Martínez y Lucas Avila Maya fue ejercida por Viviana Barillari, defensora pública.

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La fiscal general realizó un relato sucinto del hecho a investigar cuando días previos al 5 de agosto del presente los tres imputados, Gustavo Martínez, Mariela Martínez y Lucas Avila Maya, habrían realizados actos preparatorios al ilícito. Se hicieron presentes, previa minuciosa vigilancia, en la finca de la familia Blanco. Ingresan por la parte trasera de la misma contra la voluntad de sus moradores. Sorprendiendo a sus ocupantes en su interior exigiéndoles que les entregaran dinero. La señora de la casa comenzó a gritar provocando que su marido se despertase, tomando un arma de fuego que guardaba y dirigiéndose al lugar donde se desarrollaba el suceso. Al observar que su esposa e hijo estaban siendo intimidados por los agresores les gritó provocando que Martínez y Avila Maya comenzaran a disparar al menos en cinco oportunidades con las armas que llevaban en dirección a las víctimas, haciendo lo propio el Sr. Blanco al menos en una oportunidad. Impactando los disparos efectuados por los agresores en el padre del fallecido, su esposa en su pierna derecha y Santiago Blanco en su abdomen. En el intercambio de disparos Martínez fue alcanzado por un proyectil que impactó en su abdomen pero logró retirarse mal herido del inmueble, logrando darse a la fuga del lugar en un rodado. Producto de las lesiones causadas por los coautores mencionados Santiago Blanco perdió posteriormente la vida. Posteriormente al hecho dejan a Gustavo Martínez herido en el Hospital; y Mariela Martínez y Lucas Avila Maya huyeron con identidades apócrifas hacia Mendoza. Calificando provisoriamente el hecho como “homicidio en ocasión de robo y robo doblemente agravado por haber sido cometido con arma de fuego y por provocar lesiones graves” en calidad de autor para Avila Amaya y de partícipe necesario para Martínez.

Solicitando la fiscal que se declare legal la detención de Mariela Martínez y Lucas Avila Maya ya que fue realizada mediante una orden de detención emanada del juez. Solicitando la prisión preventiva de ambos imputados por el término de tres meses en base a los elementos de convicción para tenerlos como probables partícipes del hecho que se investiga. Asimismo por los peligros de fuga y entorpecimiento de la investigación.

La defensa por su parte adujo que “no queda claro qué conducta se les imputa a mis asistidos, como tampoco cuales fueron los actos preparatorios”.

La fiscal respondió que Mariela Martínez lideraba la banda, es decir es autora y organizadora del hecho; en  tanto que Avila Maya fue una de las personas que ingresó con un arma de fuego al domicilio de la familia Blanco.

Barillari sostuvo que no queda claro a la defensa qué conducta se imputa a cada uno de ellos y que ello afecta el ejercicio de su defensa. Reconociendo que sus pupilos iban a prestar declaración, pero no en estos términos. Respecto a la prisión preventiva solicitada por los acusadores es una medida que debe ser de “última ratio” según lo establecenla ConstituciónNacionaly Provincial; y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos. Prevalece el estado de inocencia hasta que medie una sentencia condenatoria y quede firme. Se toma la prisión preventiva como un adelantamiento de pena y no es lo que corresponde, aseguró la defensora. Solicitando la libertad de ambos defendidos o medidas sustitutivas para cautelar el proceso. Aclarando que a igual participación y calificación que su consorte de causa, Gustavo Martínez, sus defendidos no deberían quedar privados de su libertad por más de un mes.

Finalmente el juez penal resolvió declarar legal la detención de Mariela Martínez y Lucas Avila Maya ya que pesaba sobre ellos una orden de detención emitida por un juez penal, formalizando la apertura de investigación preparatoria dando por anoticiados a los imputados del hecho y la calificación legal que se les imputa; y por asegurada su defensa técnica. Estableciendo el plazo de tres meses de investigación e igual término de prisión preventiva para ambos. Todo ello en base a que se han verificado una serie de circunstancias que acreditan el grado de participación de cada uno de ellos en el hecho, como también por el peligro de fuga, por su intento de evadirse del accionar de la justicia. Fueron aprehendidos en Mendoza. Mencionando también el peligro de entorpecimiento de la investigación.

Audiencia de declaración del imputado Martínez sin público

Previo al control de detención antes mencionado se desarrolló una audiencia en el mismo caso en el marco de la declaración del coimputado en la causa Gustavo Martínez. Al serle comunicado al juez Caviglia de la presencia de la prensa en la sala de espera, éste antes de tomar una decisión le dio la palabra a las partes. La fiscal solicitó el ingreso del periodismo en base al principio de publicidad de los actos jurídicos que hace a la transparencia del sistema penal. La defensora de Martínez, Matilde Cerezo, se opuso al ingreso de la prensa ya que su pupilo iba a declarar y su versión iba a complicar la situación procesal de sus consortes de causa. Por miedo a represalias no quería que se hicieran públicas sus aseveraciones. El juez consideró “entendibles” las razones de la defensa y resolvió  realizar la audiencia a puertas cerradas, como en épocas anteriores.

Cabe destacar que la fiscalía aboga por que se cumpla a rajatabla el principio de publicidad de los actos jurídicos que establece el Código Procesal Penal de nuestra provincia. Es en el ámbito de la audiencia donde se debe disponer si hay algo que no puede darse a publicidad momentáneamente, por razones fundadas.

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