Comodoro Rivadavia

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Formalizan apertura de investigación y dictan preventiva a Sebastián Cárdenas

 

Audiencia de control de detención y formalización por el homicidio de Lucas Ariel Díaz

En horas de la mañana del viernes se realizó en sede de los tribunales penales del barrio Roca la audiencia de control de detención y apertura relativa al hecho acontecido el pasado 26 de octubre del presente que tiene como único imputado a Sebastián Cárdenas. Al concluir el acto y por solicitud de la fiscalía se le formalizó el hecho en su contra y se dictó su prisión preventiva por el término de tres meses.

Presidió el acto Mariano Nicosia, juez penal subrogante; por el Ministerio Público Fiscal se hicieron presentes Marcelo Cretton, fiscal general y Cristian Olazabal, funcionarios de fiscalía; en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por Guillermo Iglesias, abogado particular del mismo. Asimismo se encontraban presentes en la sala un familiar de la víctima acompaña por una profesional del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito, y también familiares del imputado.

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El fiscal realizó un relato acotado del hecho cuando el pasado 26 de octubre a las 01.30 hs. la víctima Lucas Díaz se encontraba en el interior del bar Los Troncos donde también se encontraba Sebastián Cárdenas. Se produce una discusión banal entre ambos, cuando Cárdenas extrajo un cuchillo y agrede con el mismo a la víctima, lesionando el ventrículo derecho de su corazón y luego en el exterior del bar, lo arrastra hasta la calle San Martín, casi Patagonia. Allí Lucas Díaz fallece en forma inmediata como consecuencia de un shock hipovolémico irreversible. Calificando provisoriamente el hecho como “homicidio simple en calidad de autor” para Cárdenas.

La defensa no planteó objeción respecto al hecho ni a la calificación legal escogida.

Seguidamente el funcionario de fiscalía solicitó se declare legal la detención de Cárdenas ya que fue realizada por orden de un juez competente. Solicitando la prisión preventiva del imputado en base a los peligros de fuga y entorpecimiento de la investigación existentes. Mencionando las características graves del hecho, la nocturnidad y la pena que se espera como resultado del procedimiento. Peligro de entorpecimiento ya que su soltura puede influir sobre testigos. Solicitando su prisión preventiva por el término de tres meses y el plazo de ley, seis meses, para concluir con la investigación.

En contraposición el defensor propició la detención domiciliaria de su pupilo recordando que en otra causa anterior, el homicidio de Moreda, Cárdenas fue absuelto. El peligro de entorpecimiento se puede conciliar con una prohibición de acercamiento a testigos. Y el peligro de fuga no se debe dictar por la expectativa de pena ni por la alarma social, afirmó el defensor. “La actitud de mi defendido en el proceso es de colaborar”, concluyó.

Finalmente el juez penal resolvió declarar legal la detención de Cárdenas y formalizar la apertura de investigación preparatoria en su contra, dándolo por anoticiado del hecho y la calificación legal que se le imputa; y por asegurada su defensa técnica. Dictando su prisión preventiva por tres meses en base a los elementos de convicción suficientes existentes al momento en su contra, el peligro de fuga y entorpecimiento de la investigación. Otorgando a la fiscalía asimismo tres meses de plazo de investigación.

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