Comodoro Rivadavia

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Formalizan apertura y dictan la preventiva de ambos imputados

Audiencia de control y apertura por el homicidio de Daniel Santiago Sánchez

En horas del mediodía del jueves se concretó en sede de los tribunales penales ordinarios la audiencia de control de detención y apertura por el homicidio de Daniel “ganzo” Sánchez que tiene como imputados a Darío Alexis Saldivia y a Juan Alberto Lanizante. El fiscal solicitó se declare legal la detención de ambos imputados y se les formalice el hecho acontecido el pasado 2 de julio de 2016.

Presidió el acto Daniela Arcuri, jueza penal; por el Ministerio Público Fiscal se hicieron presentes Adrián Cabral, fiscal general y Patricia Rivas, funcionaria de fiscalía. Por la defensa de Saldivia actuó Guillermo Iglesias; en tanto que la de Lanizante fue ejercida por Mauro Fonteñez, ambos abogados particulares de los mismos.

En un primer momento el fiscal solicitó se declare legal la detención de ambos imputados ya que las mismas fueron ordenadas por un juez penal competente. Asimismo solicitó se les formalice el hecho acontecido el pasado 2 de julio de 2016, cuando siendo aproximadamente las 06.30 hs. la víctima, Daniel Sánchez se encontraba caminando junto a otra persona por la Av. Alsina, casi San Martín. Se les atraviesa un Fiord Fiesta, conducido por Lanizante del cual se baja Saldivia. Éste último comienza a correr a Sánchez arrojándole un golpe de puño en la cabeza y la víctima cae al suelo. Saldivia continúa golpeando a la víctima en diversas partes de su cuerpo para finalmente golpear su cabeza con una piedra o escombro provocando su muerte por traumatismo craneoencefálico. Luego Saldivia se sube al auto y escapa con la ayuda de Lanizante. Calificando provisoriamente el ilícito como “homicidio simple” en calidad de autor para Saldivia y de “partícipe necesario” para Lanizante.

La autopsia practicada al cuerpo de la víctima estableció una fractura en su cráneo por hemorragia cerebral y que la causa de muerte fue por un traumatismo craneoencefálico; también que estaba muy alcoholizado.

Respecto de las medidas de coerción el fiscal se refirió a la existencia de elementos de convicción suficientes para tenerlos como probables autores del hecho. La gravedad del hecho, la nocturnidad, la cantidad de los golpes y la zona en que fueron producidos. Se da el riesgo procesal de fuga respecto de ambos imputados teniendo en cuenta las características del hecho y la pena que se espera como resultado del mismo. Solicitándose la prisión preventiva de ambos imputados por el tiempo que dure la investigación.

El defensor de Saldivia se refirió a la persistencia de una conflictividad de la víctima con mi cliente, vía Facebook. También tenía problema con el Sindicato Petrolero. Toda la prueba que mencionó la fiscalía tiene que ver con la materialidad del hecho y no con la autoría, aseguró el defensor. Solicitando la libertad de su pupilo y la medida sustitutiva de prohibición de salir de la ciudad sin autorización legal, considerando la propuesta como “razonable y proporcional al estado de sospecha de la fiscalía”.

Por su parte el defensor de Lanizante negó la existencia del peligro de fuga, es sostén de familia, nacido y criado en Comodoro, tiene trabajo estable, adujo. La restricción de la libertad de mi asistidito deviene inconstitucional, por lo cual solicitó la libertad de Lanizante y subsidiariamente libertad con presentaciones semanales ante la autoridad.

Finalmente la jueza resolvió declarar legal la detención de Lanizante y Saldivia; y formalizar la apertura de investigación preparatoria del caso para ambos imputados, dándolos por anoticiados del hecho y su calificación legal y por asegurada su defensa técnica. En base a la existencia del peligro de fuga estableció la prisión preventiva sobre ambos imputados por el término de un mes y se fije por la Oficina Judicial una rueda de reconocimiento de personas para Lanizante. Otorgando por último el plazo de 4 meses a la fiscalía para finalizar con la investigación.

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