Comodoro Rivadavia

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Formalizan imputación y dictan la preventiva a imputado José Miguel Guineo

 

Audiencia de control de detención y apertura por el homicidio de Luis Díaz

En el mediodía del viernes se efectuó la audiencia de control de detención y apertura de la investigación preparatoria por un hecho acontecido el pasado 9 de noviembre que tiene como único imputado a José Miguel Guineo y como víctima a Luis Díaz. Los representantes de fiscalía solicitaron se le formalice el hecho al imputado en base al delito de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego”, como también se dicte su prisión preventiva por el término de tres meses. Por su parte la defensora no se opuso a la legalidad de la detención de Guineo, pero sostuvo que “no hay elementos para abrir la investigación” requiriendo su libertad o medidas sustitutivas a la prisión preventiva para él.

La audiencia fue presidida por Daniela Arcuri, jueza penal; por el Ministerio Público Fiscal se hicieron presentes Camila Banfi, fiscal general y Cristian Olazabal, funcionario de fiscalía; en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por Lucía Pettinari, defensora pública.

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La fiscal se refirió sucintamente al hecho a investigar cuando el pasado 9 de noviembre, siendo las 0.40 hs. la víctima Luis Díaz regresa a su hogar en el barrio San Cayetano, a bordo de su automóvil. En ese preciso momento arriban al lugar el imputado José Miguel Guineo y otra persona, que aún no ha sido identificada, el imputado efectúa 7 disparos de arma de fuego en contra de Díaz causándole su muerte por herida de arma de fuego en tórax. Calificando provisoriamente el hecho como “homicidio agravado por el uso de arma de fuego” en calidad de autor para Guineo. Requiriendo se declare legal su detención ya que fue realizada por orden del juez penal competente. En igual sentido los representantes de fiscalía mencionaron la existencia de elementos de convicción suficientes existentes para tener al imputado como probable autor del hecho. Un enfrentamiento previo entre víctima e imputado previo al hecho en un complejo deportivo. Solicitando la prisión preventiva de Guineo por tres meses en base a la existencia de los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación. Por las características graves del hecho y la pena que se espera como resultado del procedimiento. Por último los acusadores solicitaron el plazo de tres meses para concluir con la investigación.

En contraposición la defensora sostuvo que solo resta preguntar cuándo estará fijada la audiencia de cesura de pena, y estamos en una etapa preliminar donde no se puede aseverar que los testimonios tienen coherencia externa e interna. Ello solo puede ser evaluado por un tribunal de juicio, sostuvo la defensora. Así la fiscalía investiga con una persona detenida, es decir primero detienen y después investigan. No son elementos para abrir la investigación y mucho menos elementos de convicción suficientes. Al momento son solo indicios. Se utiliza la prisión preventiva como un adelantamiento de pena. Tampoco existen los peligros procesales de fuga ni de entorpecimiento, por todo lo cual solicitó la libertad de Guineo y subsidiariamente medidas sustitutivas a la prisión preventiva.

Para concluir la jueza penal resolvió declarar legal la detención del imputado. Dándolo por anoticiado del hecho y la calificación legal de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego” que se le imputa, y por asegurada su defensa técnica. Estableciendo el plazo de tres meses para concluir con la investigación; y el de un mes de prisión preventiva considerando el mismo razonable y proporcional al ilícito imputado. Mencionando como fundamento la hora nocturna en que fuera cometido el homicidio, los siete impactos de bala en el cuerpo de la víctima y la pena en espera, en caso de recaer condena, con un mínimo de 10 años y 8 meses de prisión efectivos.

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