Comodoro Rivadavia

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Mañana viernes se dará a conocer el veredicto de pena

Audiencia de imposición de pena  en juicio por tentativa de homicidio agravado

La mañana del pasado miércoles se concretó la audiencia de imposición de pena en el juicio por tentativa de homicidio agravado  por un hecho acontecido el pasado acontecido el pasado 10 de agosto de 2017 que tiene como único imputado a E. D. M.. El imputado fue declarado anteriormente autor penalmente responsable del delito “tentativa de homicidio agravado por el uso de arma de fuego y por ser cometido contra una persona que mantiene una relación de pareja”. La fiscal solicitó la pena de 15 años de prisión para el imputado; en tanto que la defensa el mínimo de la pena establecido para el delito, 13 años y cuatro meses de prisión. Finalmente el tribunal colegiado pasó a deliberar y mañana, viernes 19 de octubre, a las 12.00 hs. dará a conocer su veredicto.

El tribunal de debate fue presidido por Gladys Olavarría, e integrado por Raquel Tassello y Alejandro Soñis, jueces penales; por el Ministerio Público Fiscal asistió María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por Franco Mellado, defensor particular del mismo.

En su alegato de pena la fiscal hizo referencia a las circunstancias atenuantes y agravantes del caso con el objeto de merituar la pena correspondiente, que de acuerdo al delito por el cual fuera declarado responsable, “tentativa de homicidio agravado por el uso de arma de fuego y por ser cometido contra una persona que mantiene una relación de pareja”, tiene un mínimo de 13 años y 4 meses de prisión y un máximo de 20 años. Considerando como circunstancias agravantes para el caso “la naturaleza de la acción y el medio empleado”, un arma de fuego. Respecto del “daño causado fue el directo”, las heridas a la víctima y “el indirecto a terceros”, los hijos en común de la pareja, por “el daño emocional causado” a ellos. También la calidad de los motivos que lo llevaron a cometer el delito, los celos por un mensaje; y la premeditación que hubo en el caso. Otra circunstancia agravante considerada por la fiscal fue las condiciones personales del imputado que tuvo un amplio margen de autodeterminación, con contención familiar y trabajo, tenía capacidad de comprender la antijuricidad del hecho. Como único atenuante la fiscal hizo referencia a la falta de antecedentes penales de E. D. M. Por todo lo cual solicitó al tribunal la pena de 15 años de prisión para él y el mantenimiento de la prisión preventiva que cumple hasta que la sentencia quede firme, teniendo en cuenta las características graves del hecho y el peligro de fuga existente.

Por su parte el defensor solicitó se aplique el mínimo de la pena establecido para el delito, 13 años y 4 meses de prisión; y se “tenga en cuenta las condiciones personales de mi asistido”. No tiene antecedentes penales, es primario en el delito y no ha concluido sus estudios primarios. A su criterio la falta de educación debe ser considerada como una circunstancia atenuante de la pena. Respecto de la extensión del daño causado la forense refirió que fueron lesiones leves, concluyó el defensor.

El hecho:

El hecho ventilado en juicio acontece el 10 de agosto de 2017, entre las 01.30 y las 04.25 hs., la víctima D. A. G. L. se encontraba en su domicilio sito en calle Código 3111 al 500, del Barrio Los Tres Pinos de Comodoro Rivadavia, junto a su pareja, D. E. M., con quien convive hace aproximadamente ocho años, y los cuatro hijos de la pareja, que se encontraban durmiendo. En tales circunstancias, el imputado comenzó a increpar a su pareja, exigiéndole que le diga el nombre de la persona que días antes le había enviado un mensaje de texto. Al no tener respuesta D.E.M. se dirigió a una habitación y regresó con un arma de fuego, y mostrándosela a su pareja le dijo: “ésta es la que va a decidir si vos vivís o no, ahora yo tengo el mando”, tras lo cual apuntó con el arma a la cara y la cabeza de la víctima, exigiendo que le diga quién le había mandado el mensaje. Ante la negativa de la víctima, D.E.M., con claras intenciones de darle muerte, la empujó contra la pared, le apoyó el arma en el abdomen, y efectuó al menos un disparo que ingresó por la zona paraumbilical y salió por la cresta ilíaca derecha, provocando tres lesiones que no pusieron en peligro la vida, con un tiempo de incapacidad laboral estimado en menos de treinta días.

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