Comodoro Rivadavia

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Mantienen la medida de coerción hasta la finalización del juicio de Mauro Tula

 

Audiencia de control de la prisión preventiva por el homicidio de Orlando Hernández y Miguel Benítez

De esta manera resolvió la jueza penal luego de concluida la audiencia la mañana del martes en sede de los tribunales penales del barrio Roca por el hecho acontecido el pasado 19 de Octubre de 2.014 que tiene como imputados a Jonathan y Mauro Tula y a Diego Paredes. La audiencia se celebró respecto a Mauro Tula en la cual el fiscal solicitó se mantenga su prisión preventiva hasta el juicio y el defensor postuló su prisión domiciliaria. El juicio oral y público del caso se llevará a cabo el 19 y 20 de mayo del presente año.

Presidió el acto Gladys Olavarría, jueza penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Héctor Iturrioz, fiscal general; en tanto que la defensa de Tula fue ejercida por Guillermo Iglesias abogado particular del mismo.

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Respecto a las cámaras correspondientes al local bailable Gigante no se pudo obtener los videos para demostrar que el imputado había incumplido la medida de arresto domiciliario que le fuera dictada anteriormente. Iturrioz ofreció dos testigos que refieren haber visto al imputado en dicho local bailable.

El defensor argumentó que el objeto de la audiencia estaba relacionado con las imágenes y que al no poder conseguirlas el fiscal toma un cambio sorpresivo presentando testigos, si no pude por una vía intenta por otra, dijo.

El fiscal manifestó que en una entrevista con una de estas testigos le comenta que el pasado 29 de marzo Mauro Tula se le aproxima en el interior de Gigante con mirada amenazante. Luego personal de seguridad del local lo saca. El imputado ha incumplido la medida sustitutiva que le fuera impuesta y no debe beneficiarse nuevamente con ella, sostuvo el fiscal. Asimismo Hernández denunció la presencia de Tula en su casa, es decir que el incumplimiento reiterado corrobora que Tula quiere influir sobre testigos. Por todo ello Iturrioz solicitó se mantenga la prisión preventiva del mismo hasta el debate.

En contraposición la defensa argumentó que de acuerdo a la expectativa de pena de Tula, en caso de recaer condena, no será de cumplimiento efectivo, o bien su absolución. Proponiendo la restitución de Tula al arresto domiciliario ya que no son suficientes los dos testimonios propuestos por el fiscal.

Finalmente la jueza penal resolvió que existen elementos de convicción suficientes para suponer con probabilidad la participación del imputado como autor o partícipe en un hecho delictivo. Considerando que no existe el peligro de fuga ya que concurrió al juzgado cada vez que fue citado; pero si peligro de entorpecimiento. Teniendo en cuenta que cuatro personas diferentes, en lugares diferentes argumentan que Tula incumplió la medida dictada por ésta juez. Por todo ello procede la prisión preventiva de Mauro Tula, ya que se dan los elementos objetivos para configurar el entorpecimiento, como también la revocación de la medida sustitutiva por incumplimiento. Dictando la medida coerción “hasta concluido el debate, incluyendo la cesura”.

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