Comodoro Rivadavia

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Mantienen la prisión preventiva de Díaz hasta que la sentencia quede firme

Audiencia de control de la prisión preventiva por el homicidio de  Valeria Palma

En la modalidad de videoconferencia se concretó la mañana del presente miércoles la audiencia, obligatoria cada 6 meses, de control de la prisión preventiva por el homicidio de Valeria Palma acontecido el pasado 27 de agosto de 2016, que tiene como condenado a Mario Díaz. La fiscal requirió se mantenga la medida de coerción que pesa sobre el condenado, en tanto que la defensa no planteó objeción. La causa tiene doble conforme y se encuentra a resolver impugnación ante la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de la provincia.

El tribunal de control estuvo compuesto por Martín Cosmaro y Jorge Odorisio; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa de Díaz fue ejercida por Lilian Borquez, defensora pública.

En un primer momento la fiscal Blanco se refirió a que la presente audiencia ha sido fijada de oficio, con el objeto de revisar la prisión preventiva que cumple Díaz, detenido desde el pasado 29 de agosto de 2016 cuando se realizó la audiencia de control de detención. El caso se encuentra procesalmente en impugnación extraordinaria. En junio de 2017 se llevó a cabo el debate del caso y Díaz fue condenado en primera instancia a la pena de 19 años de prisión por encontrarlo penalmente responsable del delito de “homicidio simple”. Esta condena fue impugnada por la fiscalía y por la defensa, realizándose la impugnación ordinaria por la Cámara Penal, que confirmó la sentencia de primera instancia. Luego dicha sentencia fue anulada por la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de la provincia. Así se realizó una nueva audiencia de impugnación en diciembre del año 2018, donde la Cámara Penal local compuesta por los jueces Pintos, Dal Verme y Defranco, quienes confirmaron por unanimidad la condena a 19 años de prisión para Díaz. Resta solamente la impugnación extraordinaria presentada por la defensa ante el Superior Tribunal de Justicia.

Por todo ello y teniendo la causa el doble conforme, requirió la fiscal el mantenimiento de la prisión preventiva que cumple el condenado, ya que se mantiene el peligro procesal de fuga.

Por su parte la defensora no se opuso al mantenimiento de la medida de coerción que pesa sobre su pupilo ya que no se dispone de un domicilio donde se pueda plantear la morigeración de la prisión preventiva. Sabemos que es un condenado, no firme, pero no se dispone de un domicilio donde solicitar una medida menos gravosa. Criticando la demora en la resolución de la impugnación de la causa por parte de la Sala Penal del STJ.

Finalmente el tribunal de control resolvió por unanimidad mantener la prisión preventiva que cumple Díaz por el plazo de seis meses, o hasta que la sentencia quede firme. La causa tiene doble conforme, con ello se acredita la materialidad del hecho y se debe neutralizar el peligro de fuga, por la gravedad del hecho y la expectativa de pena.

El homicidio de Valeria Palma:

El ilícito ventilado en el juicio aconteció el pasado 27 de agosto de 2016, siendo aproximadamente las 23.20 hs., en el interior de un inquilinato ubicado sobre la calle Ignacio Rucci que compartían el imputado Mario Díaz y la víctima Valeria Palma. Luego de una discusión el imputado toma un martillo y comienza a golpear con fuerza a la víctima. Interviene el dueño del inquilinato y le quita el martillo a Díaz; pero éste sigue agrediendo a la víctima con un cuchillo provocándole múltiples heridas en el rostro, pérdida de masa encefálica y 24 lesiones punzo cortantes en el tórax y abdomen. Falleciendo Palma como consecuencia de un shock hipovolémico irreversible producido por las múltiples heridas.

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