Comodoro Rivadavia

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Rechazan recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia del condenado

 

Homicidio del policía Néstor Fabián Manquepán

El pasado 6 de junio del presente año se conoció la Sentencia Interlocutoria del Superior Tribunal de Justicia provincial respecto de un recurso extraordinario presentado por la defensa de Jonathan Moreyra Cironi, condenado por el homicidio del policía Néstor Manquepán acontecido el pasado  8 de agosto de 2010. Así los jueces Jorge Pfleger, Alejandro Panizzi y Daniel Rebagliati Russell resolvieron “no hacer lugar a la concesión del recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación interpuesto” por la defensa.

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Luego de la investigación y el proceso, Moreyra Cironi fue juzgado y condenado en primera instancia a 15 años de prisión por el delito de “homicidio simple”. La causa fue remitida al Superior Tribunal de Justicia en calidad de consulta, por el monto de la pena, y allí los ministros entendieron que correspondía aplicar el agravante por la condición de policía, delito que conlleva la pena máxima. Cabe mencionar que en el mes de abril del 2013 la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia había declarado procedentes las impugnaciones interpuestas por la fiscalía y la querella. Asimismo declara al imputado Jonathan Moreyra Cironi, como “autor material y penalmente responsable del delito de homicidio calificado”, por la condición de policía de la víctima.

La causa volvió a Comodoro Rivadavia para que se realizara el juicio de cesura, con la nueva calificación, donde se le impuso la pena de prisión perpetua y se declaró la inconstitucionalidad de la Ley 25.892, conocida como Ley Blumberg.

En su fallo los jueces de la Sala Penal sostienen que "el auto de concesión del recurso extraordinario debe resolver circunstanciadamente si la apelación federal, ‘prima facie’ valorada, cuenta respecto de cada uno de los agravios que la originara, con fundamentos suficientes para darle sustento; lo que es exigible no sólo cuando el recurso se basa en la doctrina de la arbitrariedad, sino también en los casos en que se invocan cláusulas constitucionales, respecto de la relación directa que ellas deben guardar con la cuestión objeto del pleito".

El hecho por el cual se lo juzgó al imputado fue el sucedido el pasado 8 de agosto de 2010, aproximadamente a las 6.30 hs., cuando el imputado, junto a otra persona de sexo masculino, se encontraba en la parte externa del supermercado La Anónima, ubicado en el barrio 9 de julio, paso por allí la víctima Manquepan, con el uniforme de servicio, en dirección hacia la seccional 7°, donde cumplía servicios. Moreyra Cironi se acerca a la víctima, lo increpa, lo desafía; el policía lo retira de encima y trata de calmarlo, extrae su arma reglamentaria, intentando que el imputado cese en ese acoso de que era objeto. El agente efectúa al menos tres disparos intimidatorios hacia el piso, momentos después Moreyra Cironi lo arroja al suelo, y le aplica varios golpes de puño en el rostro y puntapiés en los pulmones. Quedando el cuerpo de la víctima e posición “cubito dorsal” tendido en la calle. El imputado toma el arma y la arroja en un estacionamiento cerca de un vivero, para luego fugarse del lugar.

Notas relacionadas: click aquí o aquí

Sentencia de la Sala Penal del STJ: click aquí

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