Esquel

Esquel

Homicidio y lesiones calificados

Inicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivado
 

PRISIÓN PERPETUA PARA EL MAYOR Y MEDIDAS TUTELARES PARA EL IMPUTADO MENOR

 

Con voto unánime, el Tribunal Colegiado integrado por los Dres. Carina Estefanía, Ricardo Rolón y Roberto Casal, rechazo el planteo de inconstitucionalidad realizado por la Defensa e impuso la pena de prisión perpetua que requirieron los acusadores, a Daniel Ernesto Bustos. En relación al imputado que tenía 16 años al momento de ocurrido el hecho, el análisis de si corresponde o no aplicar una pena se difirió para el 3 de septiembre de 2011. Hasta esa fecha se realizarán varias medidas tutelares, que servirán de base a la resolución del Tribunal.

 

Con el voto del Dr. Casal enviado con firma digital vía correo electrónico, los magistrados Estefanía y Rolón tuvieron a su cargo la lectura de la sentencia ante los imputados, su Defensor y la familia de estos, las víctimas acompañadas por el SAVD, el representante de la Fiscalía de Estado y medios de prensa, además de los uniformados a cargo del operativo de seguridad.

Los Jueces fueron coincidentes en el resultado de su análisis sobre los planteos realizados por la Defensa, en rechazo al pedido de prisión perpetua concretado por el Fiscal y seguido tanto por la Querella como por la Fiscalía de Estado. Rechazaron la totalidad de los planteos, señalando que esta pena no puede ser considerada inconstitucional para el caso concreto, ya que guarda proporcionalidad con el daño causado, como tampoco corresponde plantear en este momento la inconstitucionalidad de la ley que elevó la cantidad de años a cumplir por el condenado para acceder al beneficio de la libertad condicional. Esto último recién deberá discutirse cuando el imputado alcance los requisitos que exigía la ley antes de la reforma.

 

Medidas tutelares

 

El coimputado tenía 16 años al momento del hecho, y aunque ya alcanzó los 18, los Jueces entendieron al igual que las partes, que corresponde aplicarle medidas tutelares por el plazo de un año, luego de lo cual se analizará si corresponde la aplicación de una pena, o incluso considerar que esta se halla excusada frente a la pena natural que implica la enfermedad permanente resultante a partir de este hecho y la pérdida en el mismo de uno de sus hermanos.

El imputado será sometido a profundos exámenes psicológicos, entre ellos un Test de Roscher para determinar los motivos que lo llevaron a delinquir. También se dispuso un tratamiento psicológico a cargo de profesionales del Hospital Zonal de Esquel; la continuidad de sus estudios, e informes bimestrales sobre la situación del joven realizados por el Servicio Social.

Nuestras Visitas

  Hoy 5818

  Ayer 9703

  Esta semana 15521

  Este mes 76716

  Total histórico 22150508

©2024 Ministerio Público Fiscal del Chubut. Todos los derechos reservados.