Los jueces Hernán Dal Verme, Martín Zacchino y Flavia Trincheri, resolvieron confirmar en todos sus términos la sentencia registrada bajo el N° 1408-19, dictada con fecha 31 de julio de 2019 por Tribunal Unipersonal integrado por el doctor Martín O’ Connor, en cuanto declaró autor penalmente responsable Omar Roberto Alarcón en orden al delito de Fraude a la administración Pública en concurso ideal con el delito de Incumplimiento de los deberes de Funcionario Público, y condenarlo a la pena de dos años y ocho meses de prisión de ejecución condicional, con más la pena de inhabilitación especial perpetua para el empleo público o la función pública, ya sea en el ámbito Municipal, Provincial o Nacional, en relación a los hechos ocurridos entre el 10 de diciembre de 2015 y el 1° de marzo de 2018 en perjuicio de la Municipalidad de Trevelin.
El defensor particular Fabián Gabalachis, planteó que el juez de juicio asumió una función “correctiva” de la postulación del Ministerio Público Fiscal, que el hecho como quedó expuesto en la sentencia es atípico, que por haber omitido informar la doble percepción de salarios, las consecuencias de sus acciones no corresponden al fuero penal, sino al civil. Finalmente indicó que desde el plano subjetivo no se probó el “propósito defraudatorio” tendiente a hacer caer en un error a la víctima. Todos estos planteos fueron resistidos por el fiscal Marcelo Crettón, quien defendió los términos de la sentencia del juez penal Martín O’ Connor.
Los camaristas rechazaron los cuestionamientos de la defensa. Consideraron que no hubo sorpresa para la estrategia defensista “la norma que imponía a Alarcón actuar (denunciar la incompatibilidad), fue claramente delimitada en la acusación. El sentenciante optó por una visión dogmática compatible con los hechos imputados (no controvertidos) y la teoría jurídica del MPF, ya que la calificación legal de los hechos no mutó”, puntualizó Dal Verme.
Sobre el segundo planteo de la defensa, el primer votante sostiene que no caben dudas de que la omisión atribuida a Alarcón creó un riesgo no permitido, y que su silencio indujo al error a la administración pública Municipal sobre su deber de oblar el salario del nombrado. Luego, con el efectivo pago de los haberes al imputado, de parte del Municipio de Trevelin por una labor no cumplida en virtud de la función desempeñada en la órbita del Poder Ejecutivo Provincial; es evidente que dicho resultado entraña la realización del riesgo normativamente prohibido, el que se tradujo en un perjuicio patrimonial al erario público, y que dicho resultado era evitable por el acusado. Dicho sea de paso, la situación se mantuvo durante dos años y tres meses, sin que el acusado tomara la decisión de poner en conocimiento de la comuna cordillerana de su real situación de incompatibilidad laboral.
Zacchino observó que el tribunal unipersonal analizó y valoró de forma detenida, objetiva y precisa la prueba documental reunida en el proceso e incorporada al debate, compatibilizándola, en lo sustancial, con la prueba testimonial.
Y como consecuencia de dicha labor, arribó a una conclusión jurídica que entiendo a todas luces acertada. El juez se refirió al acto omisivo y al perjuicio concreto al Municipio de Trevelin. La actitud omisiva persistente mantuvo a la administración pública municipal en el error, permitiendo que la doble percepción salarial se extendiera hasta el 1° de marzo de 2018, esto es, por espacio de veintisiete meses.
El perjuicio económico así irrogado a las arcas comunales, por el pago de los sueldos y aportes y contribuciones de la seguridad social, ascendió a la suma de Pesos ochocientos ochenta y cinco mil cuatrocientos setenta y siete con setenta y siete centavos ($ 885.477,77).
Trincheri sintetizó su análisis en relación a la responsabilidad de informar que pesaba sobre Alarcón, indicando que este tenía el deber de actuar. Él omitió realizar una conducta, suscitando un engaño que originó la disposición patrimonial y, específicamente a él la prohibición de producir ese resultado le estaba especialmente dirigida, deber que surge de su posición de garante.