Procuración General Adjunta

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VIOLENCIA DE GÉNERO

Despublicado

Tras numerosos incumplimientos de prohibición de acercamiento el imputado Miguel Alejandro Quiñelaf deberá cumplir treinta días de prisión preventiva en el marco de una audiencia de control de detención que se realizó por video conferencia.

El juez Nieto Di Biase resolvió otorgar la prisión preventiva a Miguel Alejandro Quiñelaf por el pazo de treinta días por considerar que existe peligro de entorpecer el proceso. Además dispuso la apertura de investigación por el plazo de seis meses. El Ministerio Público Fiscal en este hecho de violencia de género estuvo representado por el Fiscal jefe de Rawson, Fernando Rivarola, quien fundamento el pedido de prisión preventiva por el plazo de treinta días, aportando antecedentes que dan cuenta que el imputado violó en varias oportunidades la prohibición de acercamiento. Rivarola, en consonancia con pautas establecidas por el Procurador General, Jorge Miquelarena, indicó que se aplicará el protocolo de violencia contra la mujer aprobado dias atras.

Varios hechos y antecedentes

 A partir de denuncias radicadas por situaciones de Violencia de Género, tanto en sede penal como en el Juzgado de Familia, en el marco del expediente Nro. 42/2020 la Sra. Jueza subrogante Dra. Apaza, dispuso “Prohibir por el plazo de trescientos sesenta y cinco (365) días el acercamiento del Sr. Miguel Alejandro Quiñelaf a los lugares de actividades habituales, estudio, trabajo y cualquier otro donde la Sra. M S M se encuentre. En segundo lugar “hacer saber al Sr. Miguel Alejandro Quiñelaf que deberá abstenerse de todo acto que implique hostigar, intimidar, amenazas, dañar o poner en peligro la vida de la Sra. M S M de cualquier forma que atente contra su integridad o perjudique su propiedad.  Asimismo y por denuncia, desde el Juzgado de Familia, con fecha 20/02/2020, se dispuso “ordenar al Sr. Miguel Angel Quiñela la prohibición de acercamiento por el plazo de trescientos sesenta y cinco (365) días, a los lugares donde desarrolle actividad la Sra. C M R (madre de su expareja) y ordenar al denunciado que cese en los de perturbación o intimidación, en forma directa o indirecta contra la denunciante, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de incurrir en el delito de desobediencia judicial (art. 239 del C.P.)”.

Posteriormente y en virtud de nuevas denuncias, el día 05/04/2020, desde el juzgado de familia se requirió a la Comisaría de la Mujer que “garantice el estricto cumplimiento de la medida de prohibición de acercamiento del Sr. Miguel Alejandro Quiñelaf respecto de la Sra. M S M, debiéndose fijar una consigna o efectuar varios rondines diarios en caso de constatarse en lo sucesivo el incumplimiento de la misma”. Y con fecha 26/02/2020 se dispuso “hágase saber a la Comisaría de la Mujer que deberá arbitrar los medios para colocar el dispositivo electrónico conocido como tobillera al Sr. Quiñelaf (art. 11 de la ley XV Nro. 12) a fin de reforzar el control y garantizar la efectividad de la medida dispuesta.

 No obstante las medidas dispuestas y vigentes, el día 19 de febrero de 2020, siendo aproximadamente las 1700 horas, Miguel Alejandro Quiñelaf, se hace presente en el domicilio de calle Julio A. Roca Nro. 639, lugar donde se hallaba su expareja Sra. M S M, ingresa al interior de la vivienda sin autorización y sorprende a la nombrada en el interior del baño, tomando el teléfono su teléfono celular, a partir de lo cual se produce un forcejeo entre ambos, interviniendo asimismo su madre, quien también vive en dicho lugar, logrando recuperar el celular, luego de lo cual Quiñelaf se retiró. Más tarde, siendo las 1730 horas, Quiñelaf, desde su teléfono, le envía a su expareja  un total de seis audios, en los cuales le manifiesta amenazas, anunciándole que “la va a cagar a tiros a ella y a la persona con la que esté”. En dicho momento MSM se hallaba en el domicilio de sus hermanos en el Barrio Gregorio Mayo, y siendo las 1820 horas, aproximadamente, Quiñelaf se hace presente en dicho lugar y no obstante la resistencia ofrecida por MSM y su hermana, lograr ingresar a la vivienda llevándose consigo a su hijo  de cinco años de edad.

Consecutivamente y siendo las 0420 horas aproximadamente, Quiñelaf en violación de la prohibición de acercamiento dictada, vuelve a apersonarse en el mismo domicilio, exigiéndole que lo deje ingresar, para ver a sus hijos, no accede a su pedido, y efectúa llamado al personal policial, ante lo cual Quiñelaf le manifestó “ ya te voy a agarrar a vos y te la voy a dar… conmigo no se jode, te voy a cagar a palos….si la querés violenta, la vas a tener, vos y tu hija no van a quedar sanas, no me importa llevarme a 2 o 3 milicos”, mientras empujaba la puerta para poder ingresar, luego de lo cual se retiró antes que llegara el móvil policial.

El día 20 de abril de 2020, siendo aproximadamente las 0830 horas, Miguel Alejandro Quiñelaf, se hace presente en el domicilio de calle Tehuelches Nro. 1472, lugar donde se hallaba su expareja María Soledad Mesa, y comenzó a arrojar piedras contra el parabrisas del vehículo de propiedad de aquella, VW Senda, patente AGL 449, provocando rotura del mismo y asimismo abolladura en la puerta del lado del acompañante, a la cuál le aplicó una o más patadas. Ello no obstante las medidas de prohibición de acercamiento vigentes y tener colocada una tobillera electrónica.

Con fecha 04 de mayo de 2020, en distintos horarios de la Madrugada, entre las 0410 a 0430 horas, Quiñelaf, violando la prohibición de acercamiento vigente y no obstante tener colocada pulsera electrónica para contralor, vuelve al domicilio del barrio parque Gregorio Mayo, calle Tehuelches 1472, lugar donde habita su expareja M S M, en donde un una de las oportunidades ingresa por la fuerza al interior de la vivienda manteniendo una discusión con la nombrada. Posteriormente procede a romper la pulsera electrónica, y luego de separada de su cuerpo la deja tirada en las inmediaciones del club deportivo Germinal, más precisamente en el predio perteneciente a Ex –Mulcosur, lugar donde es hallada y secuestrada por personal policial. A continuación pasadas las 0430 horas, es aprehendido el sr Quiñelaf, en inmediaciones del correo de Rawson.

Por otra parte, la presencia de Quiñelaf en el domicilio de la víctima, los días 20/04/202 y en la fecha 4/05/2020, lo ha sido en violación de las normas vigentes tanto a nivel Nacional como Provincial (DECNU), que imponen el aislamiento social preventivo y obligatorio para todas las personas que se hallan en nuestro territorio, en virtud de la pandemia del virus.

Calificación legal provisoria

Por todos los antecedentes y hechos referidos el fiscal Fernando Rivarola encuadró la calificó legal en “violación de domicilio en concurso ideal con desobediencia, amenazas en concurso real con violación de domicilio en concurso ideal con desobediencia, desobediencia en concurso real con amenazas, desobediencia en concurso real  con daño, desobediencia en concurso real con Violación de Domicilio y daño, violación art. 205.

Producido por el Area de Comunicación Institucional de la Procuracion General sede rawson.

 

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