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Rio Mayo: Juicio de cesura para los hermanos Britez

Rio Mayo: Juicio de cesura para los hermanos Britez por agresión y lesiones leves

En la sala de audiencias de la oficina judicial se realizo la etapa de juicio de cesura, en el marco de la causa legal de los hermanos Rodolfo y Martin Britez. La fiscal Laura Castagno, requirió la aplicación de una  pena de tres meses para Rafael Britez. Por su parte, el abogado José Avellaneda- patrocinante  de la querella- peticiono que se le impongan siete meses de prisión a Rafael Britez. En tanto, considero que a Martin Britez le corresponden cuatro meses de prisión de ejecución condicional.

Por su parte, el abogado adjunto de la defensa publica requirió que se le imponga quince días de prisión a Rafael Britez y cuatro días para Martin Britez, de acuerdo a los delitos por los que fueron declarados responsables.

Así las cosas, el juez Alejandro Rosales, declaro cerrado el debate y anuncio que en el término de cinco días dará a conocer su sentencia.

En el marco de la producción de prueba, el asesor legal de los condenados presento tres testigos en esta instancia judicial. En tanto, la parte acusadora y la querella no propuso testigos.

Al concluir esta  etapa, se dio inicio a los alegatos finales de la cesura de pena. Allí  las partes discutieron sobre la pretensión punitiva que corresponde imponer a los imputados

En este marco, Castagno, puntualizo que respecto a Rodolfo Britez, considero como agravante,  el lugar en el cual se produjo la agresión. También la zona corporal -el abdomen- en la cual Britez ataco a la víctima.

Asimismo, sostuvo que la nocturnidad le permitió a Britez actuar con impunidad, en función de que el tránsito de peatones es escaso y eso le permitió retirarse del lugar sin inconvenientes. A ello agrego, el motivo de la agresión, el nivel de educación del condenado y la edad .

 Para concluir, requirió la aplicación de la pena de tres meses de prisión de ejecución condicional.

A su turno, el abogado Avellaneda, se refirió al hecho de lesiones leves por el que fueron declarados autores penalmente responsables, los hermanos Britez. En este caso considero como agravantes: la pluralidad de agresores, la fuerza dispar respecto de la víctima, la multiplicidad de lesiones, la falta de motivos serios y las condiciones personales de los acusados.

Con respecto a la pretensión punitiva, el asesor legal de la querella solicito que se le imponga a Rafael Britez la pena de siete meses de prisión, accesorias legales y costas del proceso. Para Martin Britez, pidió una condena de cuatro meses de prisión.

El representante del Ministerio de la Defensa Publica, afirmo que no coincidía con las peticiones efectuadas por la fiscalía y la querella. En este sentido, discrepo con los acusadores sobre los agravantes vinculados al lugar del hecho y la zona corporal, en la que habría sido atacada la víctima.

Por otra parte, desarrollo cuales eran las situaciones y elementos que deben ser considerados como atenuantes, a los fines de lograr una pena que se ajuste a los hechos.   

Veredicto

El último viernes, el juez Rosales informo la parte dispositiva de la sentencia . En su fallo condeno a Rodolfo Britez como autor penalmente responsable de los delitos  de agresión con arma, en concurso real con lesiones leves en agresión.

En tanto, Martin Britez fue hallado autor penalmente responsable  por el delito de lesiones leves en agresión. Asimismo, los imputados resultaron absueltos respecto de las acusaciones por los delitos de amenazas y daño.

El Caso

El hecho investigado ocurrió el  03 de  diciembre del 2017, aproximadamente a las 23:45  en la estación de servicio de Río Mayo.

En esa ocasión, el denunciante se encontraba en la oficina del lugar. Hasta allí llego Rodolfo Rafael Britez quien lo intercepta a la salida de la oficina del playero  e intenta cortarlo con un cuchillo que portaba entre sus ropas.

Finalmente,  Britez se subió a su vehículo y se retiro del lugar haciendo ademanes con el cuchillo.

Luego de la primer agresión,  el denunciante  se trasladaba a bordo de su vehículo, cuando  habría sido interceptado nuevamente por Rafael Britez. Esta vez, el acusado estaba en  compañía de su hermano Martin.

Según el relato de la víctima, los hermanos Britez le cortaron el paso atravesándole un vehículo sobre la calle. Además de impedirle el paso, descendieron del rodado y comenzaron a provocar daños en el automóvil del damnificado.

Por otra parte,  el querellante aseguro que cuando la víctima llego a la comisaria, fue nuevamente agredido por Britez, quien le provoco lesiones de carácter leve. En esta reyerta, también participo su hermano Martin.

Ficha de la audiencia

Juez: Alejandro Rosales

Ministerio Publico Fiscal: Fiscal Laura Castagno

Parte Querellante:  Abogado José Avellaneda

Ministerio de la Defensa Publica: Abogado adjunto Marcelo Catalano

Fecha del hecho: 03/12/2017

Imputados: Martin Britez- Rafael Britez

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