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CASO ANTILLANCA: EXTENDIERON EL PLAZO DE PRISION PARA POLICIA IMPUTADO Y SE PRODUJO LA APERTURA DE INVESTIGACIÓN POR ENCUBRIMIENTO DEL COMISARIO SANDOVAL

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  Dos audiencias tuvieron lugar durante la mañana de hoy en el tercer piso de Tribunales en Trelew, donde se evaluó la situación del único detenido en relación con la muerte del jóven Gonzalo Javier Antillanca, y en la posterior se procedió a la apertura de la investigación donde se imputa al Comisario Carlos Omar Sandoval el delito de encubrimiento agravado.   En la primera de las audiencias el Ministerio Público Fiscal, representado por los Doctores César Zaratiegui y Mirta Moreno, indicó que subsistían los presupuestos argumentados para imponer la medida de coerción a Martín Solís, un policía de la seccional cuarta de Policía de Trelew, teniendo en cuenta la gravedad del hecho y sea cual fuere el grado de participación del imputado, de acuerdo lo había mencionado el propio Juez, Doctor José García, en aquel momento.   El Doctor Zaratiegui manifestó que el tiempo no ha convertido lo sucedido en algo menos grave, subsistiendo los riesgos, agregando que se ha avanzado en la investigación, procediéndose al secuestro del vehículo patrullero 234 para diversas pericias y ya se tiene fecha para el envío de prendas que vestía Antillanca, a fin de ser sometidas a estudios complejos, imposibles de ser realizados en nuestra zona. Por otra parte, se han recepcionado diversas entrevistas, en el afán de ratificar la posible participación del imputado en los hechos. CELULAR Y COMPUTADORA   Pero además, el Fiscal General señaló algunas situaciones que se habrían dado con el detenido en la comisaría de Playa Unión, aseverando que Solís, a diferencia del común de los detenidos, ha utilizado teléfono celular para numerosas comunicaciones, a la vez de usar la red social facebook, donde se ha podido comprobar algún mensaje, como por ejemplo el emitido el lunes 22 a las 4,08 hs, tratándose de un mensaje afectuoso dirigido a una mujer.    Expresó que mas allá de estas cuestiones, las cuales consideró graves, llama la atención pues Solís sabía que era escuchado, debido a manifestaciones efectuadas en sus conversaciones con otra persona de sexo femenino, al advertirle sobre esa posibilidad y pedir que se mantenga la charla en los parámetros establecidos. Alegó sobre la complejidad de la investigación, poniendo lo antedicho como ejemplo, y hablando de una sensación de impunidad de personas que tienen la sospecha de haber actuado en un hecho tan aberrante.   Destacó finalmente la actuación delictiva proveniente de personal del Estado que debe cuidarnos, para pedir la prórroga de la prisión preventiva hasta los dos meses, junto con los plazos fijados para la investigación.   El Doctor Guillermo Hervida, a cargo de la querella particular, dijo que lo relatado por el Ministerio Público Fiscal es muy serio, calificando al delito investigado como de extrema gravedad, debiendo Su Señoría actuar en consecuencia, remarcando el entorpecimiento, según el art. 221, inciso 2do. del Código Procesal Penal y el art. 49 de la Constitución Provincial. LA DEFENSA     A su turno, el defensor, Dr. Fabián Gabalachis hizo referencia, en primera instancia, al riesgo de entorpecimiento introducido por la Fiscalía, descartado por el Juez en su resolución. En tal sentido, discrepó con los Fiscales, dando a entender que los reglamentos carcelarios son ajenos a cualquier discusión sobre la responsabilidad de su defendido, y además, lo mostrado por el Ministerio Público en esta audiencia no entraña ningún peligro de obstaculización, ya que los hechos se conocen mas por los medios de prensa, no siendo lo de Solís otra cosa que lo ya dicho.    Aseveró que ningún elemento que lo comprometa ha surgido, desconociendo si los detenidos pueden tener elementos como celulares o notbooks, ironizando en el sentido que en caso de seguir detenido, debería hacerlo metido en un buzón y si es en un billete mejor.   Sobre el peligro de fuga, señaló que su cliente no registra condenas anteriores, ha demostrado voluntad para colaborar con el proceso y ha concurrido voluntariamente cada vez que fue convocado. CAUCION REAL   Consideró el Dr. Gabalachis la posibilidad de medidas sustitutivas, exponiendo sobre el arraigo en Rawson y los siete años de antigüedad en la Fuerza, exigiéndose el no acercamiento a testigo y a otras personas procesadas. Pero además ofreció la figura de caución real, la cuál puede efectuarse no solo con la disposición de dinero, sino a través de una prenda, la cuál podría ser un vehículo Fiat Uno modelo 2008, con un valor aproximado a los 35 mil pesos, quedando en poder del Ministerio Público Fiscal durante el proceso, y aceptando otras restricciones a su libertad. OPOSICION   Ante esto,  los Fiscales mantuvieron el pedido de la medida de coerción, oponiéndose a otro tipo de medidas, las cuales deberían guardar relación con la confianza de quienes son beneficiados. Justamente el comportamiento del detenido no ha sido de apego al reglamento, afirmando que los detenidos no pueden tener esos elementos. Se solicitó también el traslado a otra dependencia policial, habida cuenta de las graves irregularidades.   Sobre la posibilidad de caución real y el ofrecimiento del vehículo, la Doctora Moreno indicó que no hubo precisiones en cuanto a los datos de la prenda, esgrimiendo la falta de fundamentación, no advirtiéndose como con un vehículo se terminaría con los riesgos procesales.   El Doctor Gabalachis aclaró que seguramente deben realizarse trámites ante diversos organismos para verificaciones varias respecto del automóvil, pero habló de una interpretación equivocada, ya que Solís no querría perder el monto de la valuación, lo cuál sucedería si se evadiera, explicación que además da el Legislador al momento de imponer esta alternativa con el fin de neutralizar el peligro de fuga. RESOLUCION   El Doctor José Alberto García dijo que las circunstancias traídas por el Ministerio Público Fiscal deberían ser materia de investigación por incumplimiento de deberes en la dependencia indicada, la cuál debe estar a cargo de la propia Fiscalía, no obstante lo cuál, a través de Oficina Judicial hará elevar informes al Jefe de Policía y de la Unidad Regional, para que se tomen medidas sobre el particular.   Posteriormente revisó la decisión que lo llevó a determinar la medida de coerción, expresando que la Constitución faculta a imponer la prisión preventiva y la reglamentación, esto es el Código Procesal Penal, permite sustituir esa medida, si se equipara o establece la no fuga. En ese contexto, dijo que su posición respecto a las cauciones reales es que la libertad no se compra ni se regala, como tampoco la vida de las personas. El derecho a la libertad no es absoluto y también se debe velar por el derecho de las víctimas, remarcó.   “No soy de los que comparte la idea de porque pongo plata salgo en libertad, aunque este no sea el caso”, sentenció el magistrado, para luego declarar la prórroga de la prisión preventiva de Martín Solís por quince días mas, con los mismos fundamentos expuestos al momento del control de detención. Respecto a la solicitud de traslado, se le correría traslado a las autoridades respectivas con el fin de observar esa posibilidad y de acuerdo a la disponibilidad existente, fijándose audiencia de revisión para el sábado 11 de diciembre a las 9,30 hs.. SANDOVAL IMPUTADO  POR ENCUBRIMIENTO AGRAVADO   Luego se llevó adelante una audiencia de apertura de investigación donde el Ministerio Público Fiscal presentó la imputación sobre la persona del Comisario Carlos Omar Sandoval, quien estaba a cargo de la seccional cuarta de Policía de Trelew, al momento de producirse los hechos.   La Fiscalía enumeró dos sucesos, que ya tienen sus respectivas causas, por apremios ilegales contra Aballay y la muerte de Antillanca, en los que se involucra a Sandoval  por encubrimiento agravado de los delitos de homicidio agravado, privación ilegítima de la libertad, apremios ilegales, vejaciones, falsedad ideológica y abuso de armas (arts. 80, inciso 9, 144 bis incisos 1 y 2, 104, 293 y art. 277, inc. 1ro. a, b y d, 3ro. a y d del Código Penal).   Si bien se discutió sobre la posibilidad o no de acumulación de causas, a lo que se opuso el Doctor Gabalachis, el término resuelto para la investigación por el Juez, Dr. García, coincide con el de los términos por el hecho de Antillanca. El Ministerio Público Fiscal tendrá luego la posibilidad de unificar la acusación, de llegarse a Juicio Oral y Público en ambas situaciones. Al Comisario se lo involucra en los episodios que transcurren en una franja horaria que va desde las 4,30 hs. a las 23 del día 5 de septiembre de este año.

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