Trelew

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FUE ELEVADO A JUICIO ORAL Y PUBLICO UN CASO DE VEJACIONES POR PARTE DE UN AGENTE POLICIAL

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  En una audiencia preliminar desarrollada esta mañana en el tercer piso de los tribunales de Trelew, el Juez, Darío Arguiano, decidió elevar a juicio oral y público una causa en la que se investiga el accionar de un agente policial en un procedimiento donde produjo lesiones graves en perjuicio de una persona que transitaba con su vehículo por calles del barrio Tiro Federal de Trelew.   El hecho ocurrió el 1ro. de septiembre de 2010, cuando cerca las 15 , la víctima circulaba por calle José Ingenieros en su automóvil, un fiat duna color azul, acompañado por un hermano y la mujer de éste, que por otro lado también trabaja en la fuerza pública. Al llegar al cruce con calle Chaco Norte, repentinamente se interpone en el camino un cuatriciclo con el agente Gustavo Mirantes, de la secciona segunda de Policía, quien ordena al conductor que se detenga, para luego hacerlo salir, apuntarlo  y llevándole el brazo hacia atrás, hizo que se pusiera boca abajo, pegándole dos veces en la nuca con el arma reglamentaria.   La situación fue considerada por el Fiscal General, Arnaldo Maza, como injusta, desproporcionada, violenta, innecesaria y mortificatoria, indicando que pasados unos minutos un integrante de la policía se acercó para decirles que podían retirarse. La persona golpeada sufrió lesiones certificadas por el médico como hematoma en zona occipital y desgarro del tendón del hombro derecho.   El Doctor Maza presentó luego los elementos probatorios colectados por el Ministerio Público Fiscal, basados en testimonios, certificaciones médicas y actuaciones de la propia policía. Entre esa documentación, mencionó una causa en la que se investiga un robo tentado, mediante el cuál se compararían las características físicas entre uno de sus protagonistas y el perjudicado en este incidente.   La calificación legal escogida es la de vejaciones en concurso ideal con lesiones graves, hecho agravado por tratarse de un funcionario público, en el marco de los arts. 54, 80 inciso 9 en relación con art. 92, 90 y 144 bis inciso 2do. del Código Penal. En tanto, la pena no superaría los cuatro años, solicitándose un Tribunal conformado con un Juez, de acuerdo a las normas establecidas al respecto.   El querellante particular, Dr. Damián Dantonio, adhirió a todo lo postulado por la Fiscalía, agregando que su representado sigue realizándose estudios, producto de las heridas recibidas, pidiendo la extensión de la medida de protección consistente en prohibición de acercamiento para el imputado.   La defensa, ejercida por el abogado particular, Doctor Eric Sarríes, negó los hechos delictuosos achacados a su cliente, ofreciendo nuevas pruebas, lo que según el magistrado iba en contra de los requisitos estipulados para esta instancia del proceso, ofreciendo por otra parte la posibilidad de acudir a los organismos de mediación para tratar de no llegar al Juicio Oral.   Sin embargo, el Doctor Arguiano, dispuso rechazar la presentación de nuevas pruebas, como también esta última solicitud, viendo que se trata de un funcionario policial que debe responder por los actos llevados adelante, considerando procedente lo manifestado por el Ministerio Público Fiscal, elevando la causa a Juicio Oral y Público, cuya realización, fecha, lugar y magistrado a designar, estará a cargo de la Oficina Judicial. De la misma manera, aclaró que la prohibición de acercamiento había sido impuesta en su momento para que se mantenga mientras dure todo el proceso, situación por la cuál seguirá entonces vigente.

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