Comodoro Rivadavia

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Audiencia de control de la prisión preventiva por el homicidio de Eliana Epulef

 

Mantienen la prisión preventiva de Celestino Vera hasta que la sentencia quede firme

Pasado el mediodía del viernes se desarrolló en los tribunales penales del barrio Roca la audiencia de revisión de la prisión preventiva en base al hecho acontecido el pasado 15 de marzo de 2010, que tiene como único imputado a Celestino Damián Vera y como víctima a Eliana Epulef. La audiencia fue solicitada por Vera mediante un escrito propio que presentó ante el juez de ejecución.

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El tribunal de revisión fue integrado por José Rago y Daniela Arcuri; por el Ministerio Público Fiscal asistió Marcelo Cretton, fiscal jefe; en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por Viviana Barillari, defensora pública.

El fiscal en su alegato solicitó se mantenga la privación de la libertad que le fuera dictada al imputado en la audiencia del 24 de mayo de 2012. Se refirió a que Vera tiene una probation de junio de 2010 por lesiones graves agravadas por el uso de arma y luego esta causa con sentencia condenatoria en primera instancia a 10 años y ocho meses de prisión por el delito de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego”. Luego la Cámara Penal mediante un recurso de la defensa confirma parcialmente la sentencia pero en base al delito de “tentativa de homicidio agravado”, por lo cual la pena impuesta fue de 5 años y ocho meses de prisión. Finalmente la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia provincial  dio tratamiento a un recurso presentado por la fiscalía, en la cual declaran procedente la impugnación interpuesta por el acusador público y revocan la sentencia dictada por la Cámara Penal de  Comodoro Rivadavia. Es decir el fallo del Superior se asemeja al fallo de primera instancia.

Es decir que si bien la sentencia condenatoria aún no está firme, por la gravedad del hecho, homicidio agravado por el uso de arma de fuego, y la pena en espera que será alta, autoriza a que la prisión preventiva que viene cumpliendo Vera se prorrogue de manera automática. La existencia de elementos de convicción suficientes para tenerlo como autor del hecho, la pena en expectativa, fueron los argumentos esbozados por el fiscal para sostener se mantenga la medida de coerción que pesa sobre Vera.

Por su parte la defensora decidió darle un marco técnico a la nota presentada por su pupilo. Argumentó que está próximo a cumplir los dos años y medio de prisión preventiva y que superar ese plazo viola los tratados internacionales de Derechos Humanos. Hace cuatro años que la causa está en trámite y todavía la sentencia no está firme, sostuvo. Se ha vencido el plazo razonable que toda persona puede estar sujeta a proceso, solicitando al tribunal se analice este tema y se llegue a una solución equilibrada. Cuatro años de sujeción de mi defendido a un proceso incierto, concluyó.

Finalmente el tribunal resolvió que corresponde mantener la prisión preventiva que viene cumpliendo Vera hasta que la sentencia adquiera certeza de cosa juzgada o bien cuando venza el plazo de revisión. Ello en base a que no existe duda sobre la autoría de Vera en un hecho grave, que todavía no se ha cumplido el plazo máximo que se establece para la duración del proceso. También se refirieron al peligro de fuga y los elementos de convicción para tenerlo como autor del ilícito.

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