Comodoro Rivadavia

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Audiencia de impugnación de sentencia por el homicidio de Eliana Epulef

 

La Cámara Penal dará a conocer el fallo los primeros días de agosto

El pasado viernes 4 de julio del corriente año se llevó a cabo la audiencia de impugnación de sentencia solicitada por la defensa pública en relación al hecho ocurrido el 15 de marzo de 2010 que tiene como condenado a Celestino Damián Vera. La defensa solicitó la absolución de su pupilo por vencimiento del plazo máximo del proceso, y la nulidad de la sentencia por “incongruente”; en tanto que el fiscal solicitó se confirme la sentencia condenatoria de primera instancia y se mantenga la prisión preventiva del condenado.

La Cámara Penalde impugnación fue conformada por los jueces Rafael Lucchelli, Leonardo Pitcovsky y Alejandro Defranco (los dos primeros de Madryn y el último de la circunscripción judicial de Trelew); el Ministerio Público Fiscal fue representado por Marcelo Cretton, fiscal jefe; en tanto que la defensa de Vera estuvo a cargo de Matilde Cerezo, defensora pública.

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La defensora solicitó en primer momento la absolución de Vera en base al vencimiento del plazo máximo de extensión del proceso. Refiriéndose también a la falta de congruencia en la acusación ya que surge de ella que Vera manipuló un solo arma de fuego calibre 9 mm., distinto del proyectil 22 mm. que se extrajera del cuerpo de la víctima. “El Ministerio Público Fiscal no decidió atribuir a Vera un arma calibre 22 mm., sino hasta el momento del alegato final y esto afecta el derecho de defensa ya que se ha afectado la congruencia”, aseguró la defensora. Dos jueces de primera instancia confirman esta postura, es decir que Vera utilizó dos armas al momento del hecho. Solicitando la nulidad del proceso ya que no se respetó el debido proceso y no se presentó una acusación clara y circunstanciada. En este sentido requirió la “nulidad de la sentencia” por incongruente, es decir se realizó “una valoración arbitraria e ilógica de la prueba”. Los jueces invirtieron la carga de la prueba y corresponde la absolución de Celestino Vera, concluyó la defensora.

En contraposición el fiscal solicitó al tribunal se rechace el planteo defensivo de vencimiento del plazo máximo de duración del proceso ya que el expediente ha tenido un trámite maratónico, por su vías recursivas. En primera instancia Vera fue condenado a la pena de 10 años y ocho meses de prisión por se declarado penalmente responsable del delito de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego” en perjuicio de Eliana Epulef. Luego la Cámara Penal de Comodoro confirma parcialmente la sentencia, pero readecua la calificación a “homicidio en grado de tentativa, agravado por el uso de arma de fuego”. Estableciendo una pena de cinco años y ocho meses de prisión. La fiscalía hace reserva e interpone un recurso ya que no estaba de acuerdo con esto, al igual que la defensa. Así se elevan todas las actuaciones al Superior Tribunal de Justicia de la Provincia quienes declararon procedente la impugnación interpuesta por el fiscal y devuelven el expediente para ser tratado por esta Cámara. Con ello se ve interrumpida la duración máxima del proceso, no está vencido y no debe computarse el plazo como requiere la defensa, argumentó Cretton.

Respecto de las armas recordó que una testigo en juicio refirió que vera tenía como costumbre utilizar dos armas, una calibre 9 mm. y otra 22. Aquella noche del hecho se le trabó la 9 mm. y continuó disparando con la 22; la plataforma fáctica es congruente ya que menciona que Vera se apersonó aquella noche extrajo un arma de fuego y ultimó con ella. El único agresor externo a la familia Epulef fue Celestino Vera, enfatizó el fiscal. Solicitando se confirme en todos sus términos la sentencia de primera instancia ya que se ha evaluado todos los elementos de prueba conforme al principio de la sana crítica. Finalmente  el fiscal solicitó se mantenga la prisión preventiva que viene cumpliendo por la existencia de elementos de convicción suficientes para tenerlo como autor del hecho, el peligro de fuga, la entidad y gravedad del mismo. El tribunal hará conocer su decisorio los primeros días de agosto del presente año.

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