Comodoro Rivadavia

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Audiencia de impugnación de sentencia por el homicidio de Sergio “Chiquito” Moreda

 

El próximo lunes 14 de julio al mediodía se conocerá el fallo

La mañana del martes se llevó a cabo en sede de los tribunales penales ordinarios del barrio Roca la audiencia de impugnación de sentencia en relación al hecho acaecido el pasado 13 de julio de 2013 que tiene como condenados a Sergio Torres y Sebastián Cárdenas. En el acto las defensas de ambos solicitaron la absolución de sus pupilos, en tanto que el fiscal requirió se confirme la condena que pesa sobre ambos y se mantenga su prisión preventiva.

La Cámara Penal fue integrada por Martín Montenovo, Daniel Pintos y Guillermo Müller; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Marcelo Cretton, fiscal jefe; la defensa de Torres ejercida por Matilde cerezo y la de cárdenas por Viviana Barillari, defensoras públicas.

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La defensora de Torres postuló la nulidad de su detención y del recorrido fotográfico que se realizó a una testigo en sede de la Brigada de Investigaciones.  También se refirió a llamados anónimos que involucran a su defendido. El recorrido fotográfico fue hecho sin el control de las partes, no es un procedimiento regular. Ninguna sentencia puede asentarse sobre prueba que ha sido obtenida ilegalmente, aseguró. Planteando la nulidad del recorrido fotográfico y todo lo que se desprende de ello, con su consecuente absolución. Respecto a la valoración de la prueba se refirió a que no hubo ninguna prueba que ubique el auto en el lugar del hecho. “Se debe valorar correctamente la prueba y absolver a mi asistido”. Para concluir se refirió a la inaplicabilidad del agravante de uso de arma de fuego para el homicidio.

Por su parte la defensora de Cárdenas también solicitó al tribunal que se anule el fallo condenatorio y se disponga la absolución de mi defendido por la arbitrariedad de la sentencia. La orden de detención de mi defendido es nula, sostuvo la defensora. Existió arbitrariedad en la valoración de la prueba. No había elementos de convicción para justificar la detención de mi defendido. Calificando el testimonio de la testigo estrella como “mendaz”, no pudo ver nada ya que los vidrios del local estaban empañados. Toda interpretación debe hacerse de la manera más favorable al condenado, en base a la duda razonable debe anularse el fallo, concluyó.

En contraposición el fiscal argumentó que la nulidad debe arbitrarse con suma cautela y como último recurso. Testigos ven la llegada de dos personas en un auto gris, luego ve salir a Moreda y escucha disparos de arma de fuego. Se reunió un cúmulo de indicios para librar la orden de detención. La testigo estrella está avalada por un acta judicial, se encontraba en el lugar del hecho al lado del cuerpo cuando llega el primer auxiliar de la justicia. La aplicación del agravante del uso de arma de fuego fue correcta y legítima. Asimismo recordó que Cárdenas fue reconocido en rueda de reconocimiento de personas como el acompañante de Torres. Aquella noche varios testigos escucharon disparos de arma de fuego, es decir los vidrios empañados quedan fuera de todo contexto. La superioridad numérica de los agresores facilitó su huida del lugar. Por todo ello solicitó se ratifique el fallo de primera instancia y no se haga lugar a las nulidades planteadas ya que el recorrido fotográfico es una medida de investigación. Por último requirió se confirme la condena y se mantenga la medida de coerción que vienen cumpliendo Torres y Cárdenas en base a los elementos de convicción suficientes para tenerlos como autor a Torres y como partícipe secundario a Cárdenas, asimismo por el peligro de fuga.

Finalmente el lunes 14 del presente mes al mediodía se conocerá la parte resolutiva del fallo.

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