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Comodoro Rivadavia

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Condenan a ocho años de prisión a Guenuman (video)

Audiencia de cesura por el homicidio de Franco Ortega

El mediodía del jueves se desarrolló en sede de los tribunales penales del barrio Roca la audiencia de imposición de pena por el hecho acontecido el pasado 23 de junio de 2012 que tiene como condenado a Marcelo Guenuman. El acusador público solicitó la pena de nueve años de prisión, en tanto que la defensa el mínimo establecido para el delito de homicidio, ocho años. La semana pasada el imputado fue declarado penalmente responsable del hecho.

Presidió el acto Raquel Tassello, e integraron el tribunal de juicio Hugo Juárez y Miguel Caviglia, jueces penales, por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Adrián Cabral, fiscal general, en tanto que la defensa estuvo representada por Guillermo Iglesias, abogado particular.

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En su alocución el fiscal general solicitó la pena de nueve años de prisión para Guenuman ya que fue declarado la semana pasada penalmente responsable del delito de homicidio simple de Franco Ortega. Consideró para ello las pautas mensurativas contempladas en el Código Penal, como las circunstancias atenuantes y agravantes del caso. Como agravante consideró la indefensión de la víctima al momento del hecho, se encontraba ebrio, la utilización del cuchillo; y como atenuante tuvo en cuenta la falta de antecedentes penales de Guenuman. Solicitando también el mantenimiento de la prisión preventiva que viene cumpliendo hasta que la sentencia quede firme, en base a la entidad del reproche, el peligro de fuga y el monto de la pena solicitado.

Por su parte el defensor argumentó que esta no era la instancia para discutir la prisión preventiva, ya que “el fiscal no puede pedir algo que ya tiene”. Se refirió al fin resocializador de la pena y a que el empleo del arma blanca ya estaba incluido dentro de la escala penal, considerarlo como agravante sería una doble imputación, aseguró. Su defendido no tiene antecedentes ni causas en trámite, y ha tenido un hijo con su pareja mientras se encontraba detenido y tiene responsabilidad sobre sus vínculos. Por todo ello solicitó el mínimo de pena previsto para el delito de homicidio, ocho años.

Finalmente el tribunal resolvió por unanimidad condenar a Marcelo Guenuman a la pena de ocho años de prisión, en consideración de la prueba rendida en el juicio y de las circunstancias atenuantes y agravantes comprendidas en el Código Penal de la nación. En cuanto al estado de indefensión de la víctima no lo consideraron así ya que la misma no se encontraba sola en el lugar, y respecto del agravante del uso de arma blanca “le asiste razón a la defensa” sería una doble valoración, ya que está previsto en el tipo penal de homicidio. Estableciendo la prisión preventiva de Marcelo Guenuman hasta que la sentencia quede firme.

El hecho ventilado en debate aconteció el pasado 23 de Junio de 2012, alrededor de la 01:50 horas., cuando Franco Ortega y Marcelo Fernando Guenuman se encontraban discutiendo sobre pasaje Santa María, ubicado entre calles Huergo y Florida de esta ciudad. Marcelo Fernando Guenuman comenzó a aplicar golpes de puno a Franco Ortega y a continuación, mientras este último pretendía retirarse del lugar, saco un cuchillo y lo apuñalo en la cabeza provocándole un corte en la región temporo occipital izquierda y otra lesión punzo cortante profunda en la cara, que le provoco un edema cerebral generalizado. Por lo cual debió ser internado en estado critico bajo asistencia ventilatoria mecánica y en coma farmacológico, produciéndose su muerte por paro cardiorrespiratorio traumático por lesión cerebral, el día 24 de Junio de 2012, a las 22:00 horas

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