Comodoro Rivadavia

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Condena de tres años y seis meses para Aguirre

 

Audiencia de cesura por causa de violencia familiar

La mañana del miércoles se desarrolló en sede de los tribunales penales la audiencia de cesura o imposición de pena en relación al hecho acaecido el pasado 23 de octubre de 2012 que tiene como condenado a Franco Aguirre. La semana pasada fue declarado penalmente responsable por el delito de “lesiones graves doblemente agravadas, por el vínculo y por ser producidas con ensañamiento”.

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En su alegato el fiscal, Juan Carlos Caperochipi, solicitó la pena de cuatro años y dos meses, en base a lo establecido en el Código Penal, teniendo en cuenta las circunstancias atenuantes y agravantes para el caso. Es decir la naturaleza de la acción, teniendo en cuenta la diferencia física entre el autor y la víctima, además de la diferencia propia de género. Por la extensión del peligro causado, en tanto las lesiones padecidas por la víctima pusieron en riesgo su vida y de haberse producido cortes más profundos, sobre todo en la zona del cuello, el resultado podría haber sido más grave. Además como factor agravante de tipo objetivo, la extensión del daño el cual no solo se circunscribe  a las lesiones padecidas, sino también a las secuelas de tipo social, señaló el representante de fiscalía. Asimismo hizo hincapié en que desde ocurrido los hechos, hace dos años, la víctima vio desestabilizada su situación de vida, debiendo cambiar de domicilio en varias oportunidades y no pudiendo conseguir empleo estable por las limitaciones físicas resultantes. De igual forma en el marco de la audiencia depuso como testigo de la fiscalía la Lic. Sonia Jalef, del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito y se dio lectura a certificaciones médicas.

Por su parte la defensora oficial, Viviana Barillari, alegó la falta de antecedentes penales de su pupilo y solicitó que le sea aplicado el mínimo de la pena establecido para el delito imputado, tres años de prisión. Sosteniendo que ésta debe ser de cumplimiento en suspenso argumentando que el autor no cuenta con antecedentes. Enfatizó en el sentido que su pupilo ha colaborado con el procedimiento, que se encuentra arrepentido y se sometió a un tratamiento psicológico para superar la situación.

Finalmente el juez penal, Alejandro Soñis, resolvió dictar la pena de tres años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo a Franco Aguirre, teniendo en cuenta las circunstancias atenuantes y agravantes para el caso, en base al delito de “lesiones graves doblemente agravadas, por el vínculo y por ser producidas con ensañamiento”. Calificando el hecho como de “grave violencia de género”. Teniendo en cuenta como agravante el peligro causado, ya que pudo haber producido la muerte de la víctima; y como extensión del daño las secuelas físicas y psíquicas dejadas en la víctima que permanecen en el tiempo.

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