Comodoro Rivadavia

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Declaran procedente las impugnaciones interpuestas por el fiscal y la querella ante el STJ

Causa por el homicidio del agente Nestor Manquepan

Con esta resolución la Sala Penal del STJ declara al imputado Jonathan Moreyra Cironi, como “autor material y penalmente responsable del delito de homicidio calificado” anulando parcialmente la sentencia en lo referido a la calificación legal del hecho y remitiendo las actuaciones al tribunal inferior a efectos que se fije la audiencia de cesura o imposición de pena. El fallo de primera instancia fue impugnado por el fiscal general, Marcelo Cretton, y por la querella particular; en tanto que el defensor del imputado también había interpuesto un recurso extraordinario contra el fallo de la Cámara Penal de Comodoro que confirmó en todos sus términos el fallo condenatorio a quince años, en primera instancia.

En su recurso el fiscal general, Marcelo Cretton, “cuestionó la calificación legal del hecho escogida por el Tribunal Colegiado. Indicó que si bien se había probado la autoría y materialidad del evento, las que incluso habían sido reconocidas por el defensor del imputado, los magistrados declararon a Moreyra Cironi responsable del delito de homicidio simple”.

El fiscal general, “puso de resalto que los jueces escogieron una calificación que no resultaba acorde al caso planteado porla Fiscalía. Destacó que la plataforma fáctica se confirmó durante la audiencia de juicio, pero los magistrados entendieron que por la nimiedad de la discusión el imputado, al poner fin a la vida de Néstor Manquepán, no actuó impulsado o motivado específicamente por su condición de policía.

Alegó que para llegar a esa conclusión los sentenciadores no tomaron en cuenta los testimonios y pericias aportados.

Manifestó Cretton, en apoyo de su pretensión, que se había acreditado debidamente que Néstor Adrián Manquepán era miembro activo de las fuerzas policiales dela Provincia del Chubut y que cumplió funciones en ella hasta el momento de su muerte”.

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El hecho investigado aconteció el pasado 8 de agosto de 2010, aproximadamente a las 6.30 hs., cuando el imputado, junto a otra persona de sexo masculino, se encontraba en la parte externa del supermercado La Anónima, ubicado en el barrio 9 de julio, paso por allí la víctima Manquepan, con el uniforme de servicio, en dirección hacia la seccional 7°, donde cumplía servicios. Moreira se acerca a la víctima, lo increpa, lo desafía; el policía lo retira de encima y trata de calmarlo, extrae su arma reglamentaria, tratando que el imputado cese en ese acoso de que era objeto. El agente efectúa al menos tres disparos intimidatorios hacia el piso, momentos después Moreira lo arroja al suelo, y le aplica varios golpes de puño en el rostro y puntapiés en los pulmones. Quedando el cuerpo de la víctima e posición “cubito dorsal” tendido en la calle. El imputado toma el arma y la arroja en un estacionamiento cerca de un vivero, para luego fugarse del lugar. Calificando el mismo como “homicidio agravado por la condición policial de la víctima”, delito para el cual se estipula la pena de prisión perpetua.

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