Comodoro Rivadavia

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Dictan prisión preventiva y luego la revocan a Adrián Currulef

 

Audiencia de revisión de la prisión preventiva por el homicidio de Marcelo García

Por solicitud del fiscal general, al concluir la primera audiencia este viernes en los tribunales penales ordinarios del barrio Roca, el juez penal subrogante de la causa revocó la medida de arresto domiciliario con salidas laborales que pesaba sobre el imputado Adrián Currulef y dictó su prisión preventiva hasta la celebración de la audiencia preliminar. Seguido dos jueces revocaron dicha medida y mantuvieron el arresto domiciliario con salidas laborales del imputado. Las audiencias se celebraron en relación al hecho acontecido el pasado 27 de julio de 2014 que tiene como víctima a Marcelo Alejandro García.

El acto fue presidido por Jorge Odorisio, juez penal; por el Ministerio Público Fiscal asistió Adrián Cabral, fiscal general y Patricia Rivas, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por Alejandro Fuentes, abogado particular del mismo.

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En primer lugar el fiscal realizó un repaso del proceso y mencionó que Currulef el pasado 4 de febrero fue identificado por personal de la Policía Aeroportuaria en un control de rutina en la zona de preembarque del aeropuerto local. “Ha violado la medida de coerción de arresto domiciliario al querer viajar a otra jurisdicción”, afirmó el fiscal. Solicitando que se revoque la medida sustitutiva y se decrete su prisión preventiva por el termino de 30 días o hasta la audiencia preliminar. Esto en base a la gravedad del hecho calificado como homicidio agravado por el uso de arma de fuego en calidad de autor para Currulef y los elementos de convicción suficientes para sostener que el imputado es con probabilidad autor del mismo. También mencionó el acusador el riesgo de fuga por las características del hecho y la pena que se espera como resultado del proceso.

Por su parte el defensor argumentó que su pupilo debía presentarse en Buenos Aires en un estudio de abogados por la sentencia condenatoria federal apelada ante Casación Penal. Hubo una desinteligencia entre él y Currulef por no pedir permiso al juez. Nunca violó la medida restrictiva que se le ha impuesto, tiene arraigo y familia en esta ciudad. La expectativa de pena debe ceder ante la presunción de inocencia, afirmó el defensor. Solicitando se mantenga su arresto domiciliario con permisos de salidas laborales ya que la libertad es la regla en el proceso y la prisión preventiva puede tomarse como un anticipo de pena.

Por su parte el imputado afirmó que hizo el pedido a su defensor para ir a ver a un abogado a Buenos Aires y que nunca se quiso fugar. “Estoy a disposición de la justicia” finalizó.

Finalmente le juez penal se refirió a la gravedad del incumplimiento de la regla de permanencia continua en su domicilio y que el defensor alude a negligencia suya; pero la obligación del cumplimiento está en cabeza del imputado. Valorando negativamente la circunstancia de haber pretendido irse de la ciudad, intentando abordar un vuelo a Buenos Aires. También se refirió a la sentencia condenatoria que pesa sobre Currulef en el Juzgado federal, que si bien no está firme, se presume el peligro de fuga. Ello en base a la severidad del delito y la pena en espera. Disponiendo por todo ello el cese del arresto domiciliario y decretando la prisión preventiva de Currulef hasta la audiencia preliminar.

Segunda audiencia de revisión solicitada por la defensa ante dos jueces:

Luego de concluida la primera audiencia de revisión el defensor solicitó la revisión de la prisión preventiva que le fuera dictada a Adrián Currulef con similares argumentos que los expresados en la audiencia anterior. Por su parte el fiscal solicitó se mantenga la prisión preventiva que le fuera dictada por el juez subrogante de la causa en virtud del incumplimiento del arresto domiciliario. Luego de escuchadas los argumentos de las partes los jueces Miguel Caviglia y Alejandro Soñis dispusieron revocar la prisión preventiva que le fuera dictada a Currulef y mantener su arresto domiciliario con salidas laborales.

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