Comodoro Rivadavia

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Disponen la colocación de tobillera electrónica a imputado R. A. G.

Audiencia de control y apertura por violencia familiar

La mañana del lunes se efectuó la audiencia de control de detención y apertura de la investigación en varios legajos al imputado R. A. G.. La fiscal solicitó se le imputen tres legajos por los delitos de desobediencia judicial, daños y amenazas; y asimismo se le coloque una tobillera electrónica con el fin de controlar la medida de prohibición de acercamiento y contacto con la víctima, su expareja. La defensa solicitó la ilegalidad de la detención del hecho del 11 de mayo pasado y se opuso a su apertura de investigación.

Presidió el acto Raquel Tassello, jueza penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por Claudia Torrecillas, abogada de la Defensa Pública.

En un primer momento se trató el hecho acontecido el pasado 11 de mayo, cuando siendo aproximadamente las 11.30 hs. el imputado R. A. G. se hace presente en el domicilio de su expareja, donde reside ésta última junto a hijos en común de ambos. En el domicilio se encontraba solo uno de sus hijos, a quién le pide sacar el auto. Ante la negativa del hijo R. A. G. le refiere “no te hagas el vivo, te voy a reventar”. Inmediatamente llega su expareja y personal policial, que proceden a detenerlo ya que desoyó una medida de prohibición de acercamiento dispuesto por el Juzgado de Familia. Solicitando se declare la legalidad de la detención ya que la misma fue realizada en flagrancia y calificando provisoriamente el hecho como “desobediencia judicial, en concurso real con amenazas”, en calidad de autor para R. A. G..

En su descargo el imputado dijo que “lleva una persona para hacer el mantenimiento y que no amenazó a nadie”.

Por su parte la defensora postuló se declare “ilegal la detención” y se opuso a la apertura de la investigación. Respecto de las amenazas “no se da el tipo objetivo”, sino que fue un “ejercicio de poder correctivo de un padre a un hijo adolescente con una actitud rebelde”. En cuanto a la desobediencia la fecha del dictado de la medida de prohibición de acercamiento fue el pasado 4 de marzo, por dos meses. Es decir que a la fecha del hecho no estaba vigente, existió un error de prohibición concluyó la defensora.

En contraposición la fiscal sostuvo que se considera como el comienzo de la medida de prohibición de acercamiento a partir de la notificación de la misma al imputado, que fue el 14 de marzo.

La jueza penal resolvió finalmente declarar “legal la detención” del imputado pero no formalizó el hecho por los delitos de amenazas, ni por desobediencia judicial.

Formalización de varios hechos de violencia familiar:

Seguidamente luego de un cuarto intermedio la fiscal solicitó formalizar y acumular varios legajos de investigación por un conflicto familiar con una cantidad numerosa de denuncias en contra de R. A. G.. El primer hecho acontece el pasado 23 de julio de 2018 cuando el imputado se hace presente en el domicilio de su exesposa, aprovechando que la misma se encontraba en su lugar de trabajo, le tira sus cosas y le impide el ingreso al su domicilio. Otro el 30 de diciembre de 2018 cuando la víctima se encontraba junto a su actual pareja a bordo del automóvil de él, cuando se hace presente en el lugar el imputado R. A. G. y munido de una barreta rompe los vidrios del rodado y toma a golpes de puño a la actual pareja de la víctima. Así el tercer ilícito acontece el pasado 16 de abril del presente año cuando el imputado, junto a uno de sus hijos, se encontraba a bordo de un vehículo y al ver a su expareja en la vereda, amenaza con tirarle al auto encima y le expresa, “la próxima no fallo”. Violando así una prohibición de acercamiento y comunicación dictada por el Juzgado de Familia. Calificando provisoriamente los mismos como “desobediencia judicial, dos hechos, daños y amenazas, todo en concurso real”, en calidad de “autor” para R. A. G.. Solicitando la fiscal el plazo de ley, seis meses, para concluir con la investigación.

El imputado negó dos de los hechos y aseguró que le “quemaron un auto” y que “no quiere tener problemas”.

La defensora solicitó se evacúen las citas, pero no se opuso a la apertura de investigación, ni al plazo de investigación.

La fiscal Blanco solicitó medidas de protección para la víctima, por el conflicto familiar de la separación, destacando la vulnerabilidad de la víctima que informa el Equipo Técnico Interdisciplinario (ETI) y la medida del Juzgado de Familia sin solución. Por esto pidió prohibición de acercamiento y contacto del imputado con la víctima por seis meses, controlada por un dispositivo de tobillera electrónica.

Por su parte la defensa no se opuso al dispositivo pero le pareció excesivo el plazo, solicitando dos meses y su libertad.

Finalmente la jueza penal resolvió formalizar la apertura de investigación de los últimos tres hechos, dando por anoticiado a R. A. G. de los mismos y por asegurada su defensa técnica. Estableciendo el plazo de seis meses de investigación y con “el objeto de proteger a la víctima y al propio imputado, dispuso la aplicación de la tobillera electrónica por el término de dos meses”.

 

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