Comodoro Rivadavia

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El próximo día martes 21 de mayo se conocerá el fallo

Audiencia de impugnación de sentencia por el homicidio de Daniel Bayón

La mañana del pasado miércoles se desarrolló en la sala de la Cámara de Apelaciones local la audiencia de impugnación de sentencia por el homicidio de Daniel Bayón solicitada por la defensa del condenado en primera instancia Maximiliano Willatowski. La defensa requirió su absolución, cuestionó la calificación legal y el monto de la pena. En contraposición la fiscal solicitó se rechace la impugnación y se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria de 13 años de prisión en contra de Willatowski. Finalmente el tribunal pasó a deliberar y dará a conocer su resolución el próximo día martes 21 de mayo, a las 12.30 hs.

La Cámara en lo Penal de nuestra ciudad estuvo compuesta por los jueces Martín Montenovo, Guillermo Müller y Daniel Pintos; por el Ministerio Público Fiscal asistió Camila Banfi, fiscal general; en tanto que la defensa de Willatowski fue ejercida por Guillermo Iglesias, abogado de confianza del mismo.

En un primer momento el defensor planteó tres aspectos centrales en su cuestionamiento al fallo en contra de su pupilo, el primero “con la determinación de la autoría, cómo el tribunal ha construido la autoría” de Willatowski. El segundo “la calificación jurídica aplicada”, y el tercero es “la pena impuesta”. El fallo fue dividido, con el voto en disidencia del Dr. Cosmaro. “Es Bayón el que increpa a Willatowski y le hace un reclamo de una situación vinculada con los hermanos”, agregó al defensor. El tribunal analiza cosas que no fueron objeto del juicio.  Respecto del cuestionamiento a la calificación jurídica del hecho, el defensor sostuvo que el tribunal adujo que “no era evidente el ataque a la vida” de Willatowski, y “esto también es un error”. Está claro que quién inicia la agresión es la víctima, afirmó. Se discutió la razonabilidad del medio empleado, el uso de un arma de fuego frente a un ataque a puños. En cuanto al monto de la pena aplicado, 13 años de prisión, el tribunal tuvo en cuenta el riesgo ocasionado a terceras personas, y la calidad del motivo, que fue Bayón quien increpa a Willatowski. La pena debe ser ubicada en el mínimo, es decir 10 años y ocho meses de prisión, atendiendo al principio de humanidad de la pena, sostuvo el defensor. Solicitando en primer término la absolución por ausencia de autoría de Willatowski, el segundo agravio la modificación de la calificación jurídica y en tercer lugar la readecuación de la pena a su mínimo.

En contraposición la fiscal se opuso a la impugnación interpuesta por la defensa, sosteniendo lo señalado en los votos de la mayoría, por los Dres. Nicosia y Tassello, han valorado con claridad toda la prueba. Se dio por probado que  el 1º de julio de 2017, siendo aproximadamente las 05:45 hs., cuando Maximiliano Willatowski y otro sujeto de sexo masculino no identificado se hicieron presentes a bordo de un rodado, color blanco, vidrios polarizados, con escape libre, en el lugar donde funciona el local comercial “Drugstore 24 hs.”, sito en la calle San Fedele al 470, del Barrio Las Orquídeas de esta ciudad. En tales circunstancias, Willatowski descendió del rodado del lado del acompañante y comenzó a increpar a Daniel Sebastián Bayón, quien se encontraba afuera del local referido. Acto seguido, extrajo de entre sus ropas un arma de fuego y con intenciones de provocar el resultado muerte, efectuó seis disparos hacia el cuerpo de Bayón, para luego huir del lugar en el mencionado rodado, marca atrás por calle Sanfedele. La mayoría del tribunal sostuvo que el hecho se encuadra bajo la figura legal de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego” en calidad de autor para Willatowski. La declaración del testigo que ataca el defensor fue coherente y sincera, aseguró la fiscal y así fue valorado por los jueces. La prueba objetiva  es lo que le permite al juez dejar en claro lo que esa noche ocurrió. Los jueces de la mayoría tuvieron prueba objetiva y subjetiva en el debate y por eso llegaron a esta conclusión. Respecto de la valoración de la prueba los jueces valoraron de firma unívoca cada uno de los elementos que fueron incorporados al debate. Respecto de la pena impuesta se han valorado las circunstancias agravantes y atenuantes; y se han apartado moderadamente del mínimo en razón de los agravantes. Así la pena resulta proporcional al hecho atribuido, concluyó la fiscal. Refiriéndose al voto del Dr. Cosmaro que “analiza la prueba de manera fragmentada” y no de manera unívoca como los Dres. Tassello y Nicosia, en el voto de la mayoría. Por todo lo cual solicitó se rechace la impugnación de la defensa y se mantenga en todos sus términos la sentencia condenatoria en contra de Willatowski.

Finalmente el tribunal pasó a deliberar y dará a conocer su resolución el próximo día martes 21 de mayo, a las 12.30 hs.

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