Comodoro Rivadavia

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Formalizan apertura y dictan la preventiva a ambos coimputados

Audiencia de control y apertura por homicidio en ocasión de robo

En la mañana de la fecha se llevó a cabo en los tribunales del barrio Roca la audiencia de control de detención y apertura de la investigación en base a dos hechos acontecidos en nuestra ciudad días pasados. El fiscal solicitó se declare legal la detención de Susana Valeria Bustamante y de Juan Adrián Palacios y se les formalicen ambos hechos en base a la calificación legal provisoria de “homicidio en ocasión de robo, en concurso real con robo simple”. También el fiscal solicitó se dicte su prisión preventiva por el término de dos meses. En contraposición el defensor se opuso a la apertura de investigación en contra de Palacios y cuestionó la calificación legal esgrimida por el fiscal proponiendo para ambos la de “robo simple”.

Presidió el acto Mónica García, jueza penal; por el Ministerio Público Fiscal se hicieron presentes Adrián Cabral, fiscal general y Patricia Rivas, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa de ambos imputados, Bustamante y Palacios, fue ejercida por Esteban Mantecón, defensor público.

En un primer momento el fiscal solicitó se declare legal la detención de ambos imputados enumerando la prueba existente hasta el momento en la causa que los incrimina. El primer caso la denuncia del damnificado que concreta una cita con una mujer por una página de citas, Badoo. Recibe la visita en su casa de la calle Chubut al 1900 quién le solicita que su madre no esté presente. Así deja a su madre en su pieza con la puerta abierta, toman un vino rosado, se sientan a charlar y perdió el conocimiento. Luego escucha los gritos de su madre pero no podía hacer nada porque estba atado de pies y manos. Luego llega la empleada que lo encuentra atado semidesnudo y con su madre muerta en su habitación. Comprobándose que a su vez le habían sustraído diversos elementos de valor.

El segundo hecho de similares características ocurre en el barrio Juan XXIII donde lega una chica a su casa, a quién la segunda víctima conoce a través de Badoo. Recuerda que tenía acento cordobés y que luego de comer y tomar una copa de vino, no recuerda nada. Al despertarse la casa estaba desordenada y le habían sustraído dinero y objetos de valor. Luego la imputada era ayudada por su pareja Palacios.

Solicitando el fiscal se le formalicen a los imputados ambos hechos en base a la calificación legal provisoria de “homicidio en ocasión de robo, en concurso real con robo simple”, en calidad de coautores para Bustamante y Palacios.

Por su parte el defensor sostuvo que “el fiscal no ha aportado ninguna evidencia para proceder a la apertura de la investigación”. Sugiriendo la calificación legal de robo simple para ambos hechos. “Nada se pudo probar, son todos supuestos”, argumentó el defensor. La anciana no fue encontrada atada ni se ejerció ningún tipo de violencia en su contra, agregó.

Finalmente la jueza penal resolvió declarar legal la detención de ambos imputados, autorizando la apertura de la investigación preparatoria de ambos hechos, en base a lo relatado por el fiscal y bajo la calificación legal provisoria de “homicidio en ocasión de robo, en concurso real con robo simple”, en calidad de coautores. Mencionando que podría haber “dolo eventual” ya que “encerrando a una persona mayor en su habitación, con su hijo atado, se pudieron representar el resultado muerte”.

Seguidamente el fiscal se refirió a los elementos de convicción suficientes existentes como para tenerlos como probables autores de los hechos, y la existencia del peligro procesal de fuga. Ninguno de los dos tiene arraigo en la ciudad, las características graves de los hechos y la pena que se espera como resultado del procedimiento. Recordando que Palacios tiene dos condenas efectivas por robo agravado. Por lo cual solicitó seis meses de plazo de investigación y dos meses de prisión preventiva para ambos.

En contraposición el defensor planteó que el peligro de fuga debe ser analizado en forma objetiva y no alcanza con la expectativa de pena. Que no tengan domicilio en la ciudad no significa que no tengan arraigo ya que dieron su domicilio en Córdoba. Solicitando que en caso de resolverse la prisión preventiva la misma sea por un mes.

Finalmente la jueza resolvió otorgar el plazo de seis meses de investigación y dos meses de prisión preventiva para ambos en base al peligro de fuga y los elementos de convicción suficientes existentes.

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