Comodoro Rivadavia

Comodoro Rivadavia

Formalizan y dictan dos meses de preventiva para el menor y Rua

Audiencia de control y apertura por el homicidio de Kevin Oñativia

Con el dictado de dos meses de prisión preventiva para el menor C.T. en el COSE y dos meses de prisión preventiva para Nehemías Rua, culminó pasado el mediodía del miércoles la audiencia de control y apertura por el homicidio de Kevin Oñativia. El fiscal solicitó se formalice el hecho al menor como autor del homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en tanto que a Rua por amenazas agravadas por el uso de arma y se dicte su prisión preventiva.

Presidió el acto jurídico Gladys Olavarría, jueza penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Adrián Cabral, fiscal general; la defensa de Rua fue ejercida por Guillermo Iglesias; en tanto que la del menor C. T. fue llevada a cabo por Daniel Fuentes y por la asesora de menores Andrea Mac Garva.

El fiscal solicitó se declare la legalidad de la detención de ambos imputados en base a los elementos de convicción suficientes para tenerlos como probables autores del hecho. Esto de acuerdo a las evidencias colectadas, el relato del testigo ocular y las amenazas previas por Facebook. Una orden de detención emitida por un juez competente, efectivizada la de Rua y la del menor que se entrega con su abogado defensor hoy en la mañana, aseguró el fiscal.

Asimismo el fiscal solicitó la apertura de la investigación preparatoria respecto de ambos imputados. El hecho acontece el pasado 18 de noviembre, siendo aproximadamente las 22.40 hs. en circunstancias en que el menor Kevin Oñativia se encontraba caminando por calle Medrano del barrio Abel Amaya, junto a un amigo. Se hicieron presentes en el lugar ambos imputados a bordo de un rodado color negro. Descendieron ambos del mismo, primero Nicolás Rua y luego el menor C. T. esgrimiendo ambos armas de fuego. Amenazan a la víctima por una disputa que se había generado días anteriores. Tras agredir verbalmente al imputado, el menor C. T. realizó dos disparos con arma de fuego, aparentemente calibre 22 mm., impactando uno de ellos en la humanidad de Kevin Oñativia, provocando su muerte de forma inmediata, por traumatismo craneoencefálico por herida de arma de fuego. Luego de los disparos Rua le manifestó al menor C. T. “eh, no era para tanto”. Seguidamente ambos imputados acceden al rodado dándose inmediatamente a la fuga. Calificando provisoriamente el hecho para el menor C. T. como “homicidio agravado por el uso de arma de fuego” en calidad de autor; y para Nehemías Rua como “amenazas agravadas por el uso de arma de fuego” también como autor. Solicitando el plazo de seis meses para concluir con la investigación.

Respecto de la medida de coerción Cabral se refirió a los elementos de convicción existentes para sostener con probabilidad la autoría de ambos imputados en el hecho. Respecto del menor C.T. si bien no corresponde aplicar una pena, hay que tomar como parámetro la gravedad del hecho, sostuvo el fiscal. Se dan los requisitos para el dictado de una medida de coerción, la internación en el COSE por dos meses. Se da el riesgo de entorpecimiento y de fuga, respecto de ambos imputados. Rua el pasado 15 de marzo se le concedió el beneficio de una suspensión de juicio a prueba en otra causa por delitos contra la propiedad, es decir que en el período de prueba comete este nuevo delito. Para el cual también solicitó su prisión preventiva por el término de dos meses.

Por su parte el defensor del menor C. T. aseguró que “va a demostrar a lo largo del proceso que los hechos no han sido como los relata la fiscalía”. Negando la existencia del peligro de fuga ya que ha comparecido y se puso a derecho. Requiriendo el arresto domiciliario de su pupilo.

La asesora de menores acompañó el pedido del defensor recordando que para los menores de edad la privación de libertad debe ser el último recurso. Solicitando, ante la presencia de la prensa televisiva en la audiencia, se edite y se preserve su nombre y su imagen en virtud de la publicidad y transparencia de los actos jurídicos.

El defensor de Rua cuestionó la plataforma fáctica y el dictado de una medida de coerción. Del relato del hecho no surge un medio comisivo, la intención dolosa. Cuestionando la presencia de su defendido armado en el lugar. En el otro caso de la probation es, en el caso que se lo condene en el presente hecho, es en el que se va a ejecutar la pena y no en éste, aseguró el defensor. “Si se dicta una prisión preventiva es arbitraria”, ya que “Rua fue testigo del hecho y no imputado” concluyó. Solicitando si libertad con presentaciones semanales por dos meses y que informe cualquier cambio de domicilio.

Finalmente la jueza penal resolvió declarar legal la detención de ambos imputados. Formalizando la apertura de la investigación preparatoria del caso en base al hecho y las calificaciones esgrimidas por el fiscal, dando por anoticiados a los imputados de los mismos y por asegurada su defensa técnica. Dictando la prisión preventiva sobre ambos imputados por dos meses, para el menor C. T. en el establecimiento para adolescentes  COSE ubicado en la zona del valle, por la gravedad del hecho y la pena en expectativa. En el caso de Rua para cautelar el procedimiento y permitir que se investigue, que no se obstruya la acción de la Justicia; existe peligro de entorpecimiento ya que Rua conoce al único testigo presencial del hecho, concluyó a jueza.

.

Nuestras Visitas

  Hoy 6100

  Ayer 11008

  Esta semana 26811

  Este mes 88006

  Total histórico 22161798

©2024 Ministerio Público Fiscal del Chubut. Todos los derechos reservados.