Comodoro Rivadavia

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Mantienen la prisión preventiva de Aguilante hasta el próximo 18 de enero

 

Audiencia de control de la prisión preventiva por la tentativa de homicidio del menor E. V.

El pasado miércoles se llevó a cabo la audiencia de control de la prisión preventiva que viene cumpliendo Cristian Aguilante por la tentativa de homicidio de E. V. El fiscal solicitó se mantenga la prisión preventiva de Aguilante por el término de dos meses; en tanto que la defensora solicitó su libertad y subsidiariamente su arresto domiciliario. Finalmente el juez penal resolvió mantener la prisión preventiva del imputado hasta el próximo 18 de enero de 2018.

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El fiscal Adrián Cabral solicitó se mantenga la medida de coerción que viene cumpliendo Aguilante. En la audiencia de control de detención quedaron plasmadas las circunstancias en las que ocurrió el hecho. El menor víctima E. V. se encontraba recostado en su cama, en esas circunstancias el imputado Aguilante ingresa a su habitación y efectúa dos disparos contra su humanidad, uno roza su cabeza y el otro ingresa en la zona del glúteo, para posteriormente retirarse en un rodado Renault 12, color rojo. Se ha considerado la gravedad del hecho, era como una crónica de una muerte anunciada, el día anterior al hecho la madre del menor recibió una amenaza respecto de su hijo, “que lo cuide porque iba a aparecer con un balazo en la cabeza”. En el día de hoy, por el pasado miércoles, se desarrolló una audiencia de reconocimiento de personas, la cual arrojó resultado positivo para el imputado Aguilante. Dos personas reconocieron al imputado como el autor del hecho. Existen elementos de convicción para sostener que Aguilante es el autor del hecho y también el riesgo latente de fuga y entorpecimiento. Fuga por las características graves del hecho y la pena que se espera como resultado del procedimiento, por tentativa de homicidio agravada por el uso de arma de fuego, que establece una pena mínima de 5 años y 4 meses de prisión efectivos. Entorpecimiento ya que su libertad puede influir sobre el testimonio de personas que presenciaron el hecho. Solicitando por todo ello la prisión preventiva de Aguilante por el plazo de dos meses ya que la misma resulta racional y proporcional en base a la pena que se espera  como resultado del proceso.

En contraposición la defensora Lilian Borquez se opuso al mantenimiento de la prisión preventiva ya que no se encuentra debidamente fundados los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación. Respecto de la gravedad del hecho, por la utilización del arma de fuego y las amenazas previas, no están acreditadas, afirmó la defensora. Las lesiones que reviste el menor víctima son de carácter leve y no han variado desde el día del control de detención hasta la fecha. Ya no existe el peligro de entorpecimiento ya que se ha efectuado la audiencia de reconocimiento de personas y una de las razones por las cuales se le dictó la prisión preventiva a Aguilante era que no entorpezca dicha medida de prueba, expresó la defensora. Por ello entendió que no se dan los presupuestos para mantener la prisión preventiva de su pupilo y por esto solicitó la libertad de Aguilante. Subsidiariamente solicitó la prisión domiciliaria de Aguilante por dos meses.

Finalmente el juez penal Martín Cosmaro resolvió mantener la prisión preventiva del imputado en base a la gravedad del hecho, que si bien son unas lesiones leves, todos los indicios dan a Aguilante como probable autor. La pena que se espera como resultado del procedimiento es una pena alta, de 5 años y 4 meses como mínimo, con lo cual el peligro de fuga se encuentra acreditado por las características graves del hecho y el resultado del procedimiento, que llevaría a una pena de efectivo cumplimiento. El juez también se refirió a la existencia del peligro de entorpecimiento en el caso. A su entender el peligro de fuga tiene más peso que el de entorpecimiento por lo cual resolvió mantener la medida de coerción hasta el mediodía del 18 de enero de 2018.

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