Comodoro Rivadavia

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Rechazan solicitud de salidas transitorias y ordenan tratamiento psicológico a condenado

 

Audiencia de ejecución penal por salidas transitorias a Orlando Nahuelmir

En horas del mediodía del miércoles se desarrolló en sede de los tribunales penales ordinarios la audiencia de incidentes de ejecución para el condenado Orlando Nahuelmir. El defensor solicitó se le otorguen a su pupilo 12 hs. mensuales de salidas transitorias, con la condición que realice a la vez un tratamiento psicológico; en tanto que la representante de fiscalía se opuso a ello basado en un informe social negativo y que la víctima no deseaba que acceda a ningún beneficio. Finalmente el juez de ejecución penal resolvió rechazar la solicitud de salidas transitorias de la defensa y ordenó la implementación inmediata de un tratamiento psicológico para el condenado Orlando Nahuelmir.

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Presidió el acto Alejandro Soñis, juez de ejecución penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Lorena Garate, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa de Nahuelmir fue ejercida por Ivo Di Taranto, abogado de la Defensa Pública.

En un primer momento el defensor recordó que el pasado 26 de septiembre solicitó la incorporación de Nahuelmir al régimen de salidas transitorias, establecidas en la Ley de Ejecución penal, consistentes en 12 hs. mensuales bajo tuición. El juez de ejecución actuante difirió su resolución hasta que Nahuelmir sea analizado por profesionales del Cuerpo Médico Forense y emitieran un dictamen si era peligroso para sí o para terceros. En dicho informe la Lic. Mariana Sánchez consignó luego de mantener una entrevista con Nahuelmir que asume los hechos por los cuales fue condenado y demuestra arrepentimiento. Recomendando un tratamiento psicológico y que no es peligroso para sí o para terceros. Así y en base al proceso resocializador que rige luego de la condena el defensor solicitó se le otorguen a Nahuelmir 12 hs. de salidas transitorias mensuales, bajo tuición y bajo la condición que se someta a un tratamiento psicológico.

Seguidamente la funcionaria de fiscalía se opuso al planteo del defensor ya que si bien está dado el requisito temporal que habilitaría al condenado con buena conducta y el dictamen de no peligrosidad del Cuerpo médico Forense; el Informe Social de junio de éste año concluye que no se encuentran dadas las condiciones socio-ambientales, para la contención al condenado. Nahuelmir posee un lugar de autoridad y poder en dicho domicilio y esta situación dificultaría cumplir las reglas de conducta. Concluyendo que no es el ambiente propicio para cumplir las salidas transitorias. Finalmente la funcionaria se refirió a que en inmediaciones del juzgado se encontraba la progenitora de la víctima que le refirió que no deseaba ingresar a la sala de audiencias para no verlo, y que no deseaba que accediera a ningún beneficio Nahuelmir.

Finalmente el juez de ejecución penal resolvió rechazar el pedido de salidas transitorias para el condenado Orlando Nahuelmir por la oposición de la representante de fiscalía y en base también al Informe Social negativo. Ordenando un inmediato tratamiento psicológico para Nahuelmir ya que se trata de evitar que la persona reincida y que vuelva a cometer otro abuso. El juez concluyó que asiste razón al Ministerio Público Fiscal con su oposición a las salidas transitorias ya que el Informe Social desaconseja otorgar el beneficio en dicho domicilio y el tutor no posee la personalidad para acompañar, contener y controlar a la persona condenada. “No tiene esa capacidad al entender que la responsabilidad del caso de abuso reside en la menor de edad y no en el condenado”, sostuvo el juez.

Cabe mencionar que el imputado  Orlando Nahuelmir fue condenado el pasado 4 de julio de 2011 a la pena de 8 años de prisión por habérselo declarado penalmente responsable del delito de “estupro agravado por ser cometido contra una menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente”. La causa tuvo sentencia condenatoria en primera instancia, la cual fue confirmada por la Cámara Penal local y luego por la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de la provincia.

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