Comodoro Rivadavia

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Mantienen la prisión preventiva de Rubén Gallardo hasta que la sentencia quede firme

Audiencia de control de la prisión preventiva por el femicidio de Valeria Vivar

En la mañana del presente miércoles se concretó la audiencia de control de la prisión preventiva que cumple Rubén Héctor Gallardo en relación al femicidio de Valeria Vivar acontecido el pasado 24 de enero de 2.016. La fiscal requirió se mantenga la medida de coerción que pesa sobre el condenado hasta que la sentencia quede firme. Por su parte la defensa consintió la medida hasta tanto se expida el Superior Tribunal de Justicia provincial.

El tribunal de control fue integrado por Daniela Arcuri y Raquel Tassello, juezas penales; por el Ministerio Público Fiscal asistió Cecilia Codina, fiscal general, en tanto que la defensa de Gallardo fue ejercida por Viviana Barillari, defensora pública.

En un primer momento la fiscal solicitó el mantenimiento de la medida de coerción que cumple el condenado Gallardo, ya que han transcurrido los 6 meses desde que se le dictó el mantenimiento por última vez. Persiste el peligro procesal de fuga ya que el pasado 2 de mayo del presente año el tribunal de juicio condenó a Rubén Gallardo a la pena de prisión perpetua por haber sido declarado penalmente responsable del delito de “homicidio doblemente agravado, por el vínculo y por haber sido perpetrado por un hombre contra una mujer, mediando violencia de género”. Dicha sentencia fue confirmada por la Cámara Penal de nuestra ciudad el 24 de septiembre del corriente año.  Asimismo la defensa interpuso impugnación contra esta sentencia, la cual fue rechazada y la causa se encuentra en consulta ante el Superior Tribunal de Justicia provincial. Existe una sentencia con doble conforme ya que la misma fue confirmada por la Cámara, por lo cual ante la posibilidad inminente de peligro de fuga, por la pena en expectativa, prisión perpetua, por lo cual Codina solicitó se mantenga la medida de coerción sobre Gallardo.

Por su parte la defensora recordó que presentó impugnación extraordinaria contra la sentencia de Cámara y dicho tribunal rechazó la impugnación. Contra éste rechazo la defensa interpone queja ante el Superior Tribunal de Justicia en Rawson. Toda la vía recursiva fue cumplida desde el Ministerio de la Defensa y la causa está a su vez en consulta como lo manifestó la fiscal, sostuvo la defensora. La única manera de objetar la prisión preventiva es si habría algún cambio en la instancia superior, que es lo que pretende la defensa. No teniendo otro argumento para oponerse hasta tanto se expida el Superior Tribunal de Justicia, concluyó la defensora.

Finalmente el tribunal de control de la prisión preventiva resolvió que “deviene abstracta la audiencia ya que la medida de coerción ha sido consentida por la defensa y por el imputado”, al ser consultado, correspondiendo el mantenimiento de la prisión preventiva de Gallardo hasta que la sentencia adquiera firmeza o dentro de 6 meses, cuando deberá ser revisada de oficio nuevamente, lo que ocurra primero.

El femicidio de Valeria Vivar:

El hecho probado en el debate fue el acontecido el día 24 de enero de 2.016, entre las 04,00 y las 4,30 horas aproximadamente, en el interior del domicilio sito en calle Saavedra N° 1.490 del Barrio Pietrobelli de esta ciudad, cuando Rubén Héctor Gallardo estranguló a Valeria Soledad Vivar presionando el cuello de la misma con su antebrazo –estrangulación antebraquial. Inmediatamente de ocurrida la muerte de Vivar, Gallardo procedió, a los fines de ocultar el hecho delictivo,  a realizarle un total de 23 cortes en ambas muñecas a Valeria Vivar, y a continuación colgar una sábana desde las vigas del techo del lavadero de la vivienda y colocar un trozo de sábana al lado del cuerpo simulando que era el trozo con el cual se anudó el cuello de Vivar, y asimismo procedió a imprimir una marca en el cuello de la víctima simulando la marca de ahorcadura. Al llegar personal policial se encuentran con una sábana colgada de una viga y no había apoyo para llegar a ese lugar. Encontrando marcas que eran compatibles con la escalera encontrada en el patio. La autopsia con sus estudios secundarios determinó que la muerte de Vivar se produce por “asfixia mecánica por compresión extrínseca del cuello, no compatible con ahorcadura, denominada por acción antebraquial”. Existen lesiones post-mortem en Vivar, por lo tanto no estamos ante un suicidio, sino ante un homicidio, aseguró la fiscal. Un suicidio imposible, una escena montada y un cuerpo que nunca estuvo colgado. Asimismo se probó en el juicio la violencia de género de Gallardo hacia Vivar ejercida a lo largo de 10 años de maltratos extremos. 

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