Comodoro Rivadavia

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Rechazan el planteo de la defensa y confirman sentencia en contra de Velázquez

Audiencia de impugnación de sentencia por quebrantamiento de pena

En la mañana del miércoles de la semana pasada se llevó a cabo en la sala de la Cámara en lo Penal ubicada en el barrio Roca de nuestra ciudad la audiencia de impugnación de sentencia requerida por la defensa de Juvenal Andrés “Maga” Velázquez, luego de ser condenado por quebrantamiento de pena a “tres meses de prisión efectivos”. El defensor solicitó la absolución de su pupilo; en tanto que la fiscal se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria en contra de Velázquez. Finalmente el tribunal de Cámara resolvió rechazar el planteo de impugnación dela defensa y confirmar en todos sus términos la sentencia condenatoria en contra de Velázquez.

En un primer momento el defensor de Velázquez, Guillermo Iglesias, argumentó que su pupilo no fue notificado de la sentencia condenatoria en su contra, de prohibición de conducir. Respecto de la valoración de la prueba, entiende que el magistrado de juicio optó por la teoría propuesta por la fiscalía, sin tener en cuenta el in dubio pro reo, la duda favorece al imputado. Los dichos de un grupo de testigos en contra de su defendido se debieron a internas entre Marso y Zúñiga en el Municipio, aseguró el defensor, y es así como deben evaluarse. Afirmando que “con la prueba testimonial de cargo y los testigos de descargo se han compensado las fuerzas” y a esto hay que sumarle la declaración del imputado. Por todos estos argumentos “deberá dictarse la absolución de mi defendido”, concluyó el defensor.

En contraposición la fiscal, Camila Banfi, se opuso al recurso interpuesto por el defensor, entendiendo que la condena en contra de Velázquez es correcta. Se encontraba condenado mediante juicio abreviado a una pena de tres años de prisión en suspenso e inhabilitación de 6 años para conducir todo tipo de vehículos por el homicidio culposo de Ángel Domínguez. Ese procedimiento abreviado derivó en una condena firme. El conocimiento de su condena fue su firma en el juicio abreviado celebrado, pese a ello continuó comandando vehículos en diversas oportunidades. En el período desde mayo hasta febrero de 2016 Velázquez fue visto por varios testigos conduciendo estos vehículos. Es más los familiares de la víctima Ángel Domínguez, lo habían visto al Velázquez manejando y habían informado esto a sus superiores en el Municipio, agregó la fiscal. Otros testigos lo vieron al imputado llegar e irse conduciendo vehículos a esa dependencia. La tarea de Velázquez en la Secretaría de Seguridad como Jefe de Operaciones, a pesar de la condena de inhabilitación que pesaba en su contra, nunca le fue modificada. El defensor y el imputado están notificados de la sentencia condenatoria por el sistema Serconex, y en la audiencia de juicio abreviado, propiamente dicha, quedaron notificados de la sentencia condenatoria. Por todo ello la fiscal solicitó se rechace la impugnación ordinaria interpuesta por la defensa, y se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria en contra de Velázquez.

La resolución de Cámara:

Finalmente la Cámara en lo Penal pasó a deliberar y este jueves 7 de marzo, al mediodía, dio a conocer la parte resolutiva del fallo rechazando la impugnación ordinaria interpuesta por la defensa de Velázquez. Resolviendo por unanimidad no hacer lugar a la impugnación ordinaria dela defensa, confirmando en todas sus partes la sentencia condenatoria en contra de Velázquez a tres años de prisión efectivos por haber sido declarado responsable del delito de quebrantamiento de pena.

Epílogo:

Así la fiscalía lleva a juicio a una persona que cometió un delito culposo como el homicidio culposo de Domínguez y se obtiene una condena. Luego Velázquez quebranta la parte de la condena referida a la inhabilitación para conducir vehículos. Y en razón de esto se le hace un juicio por quebrantamiento que concluye en la confirmación de la pena por parte de la Cámara en lo Penal local. Ahora resta realizar la unificación de pena, solicitar que se revoque la condicionalidad y que la misma sea de efectivo cumplimiento.

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