Comodoro Rivadavia

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Rechazan solicitud de salidas laborales para el imputado

 

Audiencia de revisión de la prisión preventiva por el homicidio de Pablo Cantero

Así lo dispuso el juez penal, en concordancia con la solicitud del fiscal, en la audiencia celebrada la mañana del lunes en sede de los tribunales penales del barrio Roca en referencia al hecho acaecido el pasado 30 de octubre del presente año que tiene como imputado a Daniel Alejandro Lezcano Jara. La audiencia fue requerida por su defensor quién solicitó una morigeración de la prisión preventiva para su pupilo, es decir salidas laborales de lunes a sábado.

Presidió el acto, subrogando al juez natural de la causa, Hugo Juárez, juez penal; por el Ministerio Público Fiscal asistió Marcelo Cretton, fiscal general; en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por Alejandro Fuentes, abogado particular del mismo.

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El defensor solicitó, en un primer momento, autorización de salidas laborales para Lezcano Jara ya que a su entender en el legajo de investigación “no hay ninguna prueba que acredite que Lezcano Jara haya sido el autor” de los disparos que acabaron con la vida de Cantero. El video es de muy mala calidad de imagen y los testigos son de oídas, no presenciales. Solicitó las salidas laborales bajo la responsabilidad del padre, presente en la audiencia y aseguró que la ley de ejecución de pena también puede ser aplicada a las personas procesadas y no solo a los condenados. Asimismo sostuvo que de “no hacer lugar a lo solicitado sería un anticipo de pena” para Lezcano Jara.

En contraposición el fiscal general argumentó que no se encuentra fundado en derecho la petición del defensor. La ley de ejecución de pena es aplicable solo a los condenados y no a los procesados. De igual manera sostuvo que se encuentran vigentes los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación. Fuga por las características graves del hecho y la pena que se espera, en caso de ser declarado responsable, y la misma será de cumplimiento efectivo. Solicitando se rechace la petición del defensor y se continúe la causa en los términos establecidos en la audiencia de control de detención: cuatro meses de prisión preventiva (a partir del 31 de octubre) y seis meses de plazo de investigación.

Finalmente el juez penal resolvió no hacer lugar a la petición del defensor, salidas laborales del imputado, y mantener la prisión preventiva del imputado en base a los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación, tal como fuera dictado por el juez natural de la causa, cuatro meses a partir de la audiencia de control de detención el pasado 31 de octubre del presente año. Asimismo argumentó que la petición del defensor no encuadraba dentro de la ley provincial de extramuros, como así tampoco en la ley de ejecución de pena.

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